Pichersky Alberto Raul c/ANSeS s/Reajustes Varios

Expediente
80278/2012/1/RH1
Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tribunal inferior
Sala N° 1
Fecha del fallo
23/05/2017
Juez firmante
Ricardo Luis Lorenzetti - Juan Carlos Maqueda - Horacio Rosatti

www.diarioprevisional.com.ar CSS 80278/20l2/l/RHl Piehersky, varios.Alberto Raúl el ANSeS si reajustes Buenos Aires, ¿3 ~ ~r ~ &;)/~.vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el actor en la causa Pichersky, Alberto Raúl c/ ANSeS s/ reaj ustes va- riosu , para decidir sobre su procedencia.Considerando: Que los agravios del actGr suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en la causa CSJ 111/2012 (48-C)/CS1 "Ciuti, Pablo c/ ANSeS s/ reajustes variosu , fallada el 30 de junio de 2015, a cuyas consideraciones corresponde remitir por razón de brevedad.Por ello, el Tribunal resuelve: tener por admisible la que- ja, procedente el recurso extraordinario deducido por el peti- cionario y dejar sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado en el precedente "CiutiU citado.Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a la presente.Notifíquese, agréguese la ex ediente principal y, oportunamente, de- vuélva~ RICARDO LUIS LORENZrm \ -1- www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Recurso presentado de quej.a Raúl por el Dr. Sergio Norberto Armesto,' por Alberto interpuesto Pichersky, actor en autos, re- Tribunal de origen: Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social.Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social nO 7.-2- www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

El recurso de queja interpuesto por Alberto Raúl Pichersky contra la sentencia del Tribunal de origen, que confirmó la inadmisibilidad del recurso extraordinario, fue considerado por la Cámara Federal de la Seguridad Social. La Corte decidió mantener la decisión del tribunal inferior, remitiendo las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a la jurisprudencia de la CSJ 111/2012, que trata sobre la admisibilidad de recursos extraordinarios en materia previsional. La fundamentación se basa en la interpretación del artículo 14 de la Constitución Nacional y la ley 48, en relación con la inoponibilidad de la vía extraordinaria en ciertos casos de reajustes previsionales, y la doctrina consolidada en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia. La resolución reafirma la competencia del tribunal de origen para resolver sobre la procedencia de los reajustes y la inadmisibilidad del recurso extraordinario en este contexto, en línea con la doctrina de autos y precedentes jurisprudenciales relevantes.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

En términos sencillos, el fallo indica que el recurso presentado por Pichersky no puede avanzar a nivel superior porque la ley y la jurisprudencia establecen que no siempre es posible apelar en casos de reajustes de beneficios previsionales. La Corte confirmó que el tribunal inferior actuó correctamente al no aceptar el recurso extraordinario y que debe ser el tribunal de origen quien decida nuevamente, siguiendo las reglas y precedentes que regulan estos procedimientos. Esto significa que, en la práctica, si alguien reclama un reajuste en sus beneficios sociales, primero debe acudir a los tribunales de primera instancia y, si no está de acuerdo con su decisión, solo podrá apelar en los casos permitidos por la ley y la jurisprudencia, sin que siempre exista una instancia superior que revise automáticamente esas decisiones.

Autor: I.A.

Voces

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  • inoponibilidad
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