ASIGNACIONES FAMILIARES

Tipo
Resolución
Número
189/01
Organismo
ANSeS
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
06/12/2001
Nombre
Apruébase transitoriamente la incorporación al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares de un empleador que desarrolla su actividad en la provincia de Tucumán.

ASIGNACIONES FAMILIARES Resolución 189/2001 Apruébase transitoriamente la incorporación al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares de un empleador que desarrolla su actividad en la provincia de Tucumán.Bs. As., 6/12/2001 VISTO el Expediente N° 024-99-80667062-2-790 con agregado 024-20-08067661-2-641-1 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 19.722, la Resolución D.E.-N N° 740 de fecha 7 de agosto del 2001; y CONSIDERANDO: Que en el expediente citado en el VISTO se tramita la incorporación transitoria de un empleador que desarrolla su actividad en la provincia de Tucumán al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.Que la Ley N° 19.722 instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.Que es facultad de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL disponer el pago de las prestaciones familiares a través del presente en atención a las modalidades de la actividad y de las relaciones de trabajo y a las posibilidades administrativas, a cuyo efecto determinará las actividades, zonas o regiones y oportunidad en que será implementado.Que sin perjuicio de lo expuesto cuando las razones que dieron lugar a su establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo o dejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones correspondientes estará a cargo de los empleadores a través del Sistema de Fondo Compensador.Que el empleador que se detalla en el ANEXO I de la presente, ha solicitado la incorporación al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.Que la zona y la actividad se encuentran aprobadas en un todo de acuerdo con las disposiciones de la Ley N° 19.722.Que habiéndose dictado con fecha 07 de agosto de 2001 la Resolución D.E.-N N° 740, que establece nuevos requisitos para la incorporación de empleadores al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares, los solicitantes cuyas actuaciones hubieren sido iniciadas con fecha anterior al dictado de la misma, serán incorporados de manera transitoria al Sistema citado debiendo cumplir, en un plazo de NOVENTA (90) días a partir de la publicación de la presente, con los requisitos estipulados en la resolución de mención.Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia mediante Dictamen N° 17.780 de fecha 26 de octubre de 2001.Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente.Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades delegadas por la Resolución DE-A N° 871/01.Por ello, EL GERENTE DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: Artículo 1° ? Apruébase transitoriamente la incorporación solicitada por el empleador que desarrolla su actividad en la provincia de Tucumán detallado en el ANEXO I que forma parte de la presente, al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.Art. 2° ? Los empleadores cuyas incorporaciones transitorias se aprobaron en el Artículo 1° deberán cumplir, dentro del plazo de NOVENTA (90) días de publicada la presente, con los requisitos exigidos por la Resolución D.E.-N N° 740/01; caso contrario será excluido del Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares.Art. 3° ? Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. ? Angel L. Andrade. ANEXO I NOMBRE DEL EMPLEADOR: LUCCA JUAN MARIO DOMICILIO LEGAL: Benjamín Villafañe S/N ? El Manantial ? Tucumán DOMICILIO DE EXPLOTACION: Tucumán NUMERO DE CUIT: 20-08067661-2 FECHA DE VIGENCIA: Septiembre de 2001

Sumarios

Sumario generado por IA

La resolución 189/2001 aprueba de manera transitoria la incorporación de un empleador de Tucumán al Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares, conforme a la Ley N° 19.722. La normativa establece que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) puede implementar el pago directo en función de las modalidades de actividad y relaciones laborales, pudiendo suspender o dejar sin efecto la medida si las circunstancias cambian. La incorporación transitoria requiere que el empleador cumpla en 90 días con los requisitos establecidos en la resolución N° 740/2001, bajo sanción de exclusión del sistema. La resolución detalla además las condiciones específicas del empleador y la vigencia de la medida, en un marco de facultades delegadas y control administrativo.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma dice que, por un tiempo limitado, un empleador en Tucumán puede recibir directamente los pagos de las asignaciones familiares, en lugar de que los haga otro sistema. Es como si la ANSES le diera permiso para gestionar estos pagos por su cuenta, pero debe cumplir ciertos requisitos en 90 días, como presentar documentación o cumplir con condiciones específicas. Si no lo hace en ese plazo, perderá ese beneficio y las asignaciones volverán a pagarse a través del sistema habitual. En la práctica, esto ayuda a que algunos empleadores puedan administrar mejor estos pagos, pero deben cumplir con las reglas para mantener esa ventaja temporal.

Autor: I.A.

Voces

  • jubilacion
  • pensiones
  • seguridad social

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