Cálculo de la Prestación Compensatoria Servicios sucesivos y/o simultáneos en Relación de Dependencia y Autónomos con más de 35 años de aportes.

Tipo
Prev
Número
05-06
Organismo
ANSeS

www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 06/07/1998 PREV-05-06 Cálculo de la Prestación Compensatoria Servicios sucesivos y/o simultáneos en Relación de Dependencia y Autónomos con más de 35 años de aportes.1. Se consideran las últimas 120 remuneraciones mensuales sujetas a aportes y contribuciones inmediatamente anteriores al cese o a la solicitud, en caso de continuar en actividad. Si el período con aportes en relación de dependencia fuera inferior a 120 meses se considerarán la totalidad de los meses aportados como trabajador dependiente.2. Se actualizan las remuneraciones conforme al mecanismo establecido por la Resolución D.E.Nro. 140/95.3. Se considera todo el tiempo con aportes computado en cada una de las categorías en que revistó el afiliado.4. Se actualizan los montos o rentas de referencia correspondientes a las categorías en que revistó el afiliado considerando los valores vigentes a la fecha de solicitud de la prestación.5. Si en alguno de los meses posteriores a Enero/1994: 5.1. la remuneración actualizada fuese superior a 20 veces la base mínima imponible fijada en el Art. 9no. de la Ley 24241, se considerará este último monto para el cálculo final.5.2. existiese simultaneidad entre los meses considerados en relación de dependencia y autónomos, se sumarán las remuneraciones y rentas correspondientes, y si tal suma supera 20 veces la base mínima imponible fijada en el Art. 9no. de la Ley 24241, el excedente resultante se descontará en forma proporcional de las remuneraciones y rentas de cada uno de los meses considerados.6. Se calculan por separado el promedio de las remuneraciones en relación de dependencia y el promedio de los montos o rentas de las categorías de autónomos.7. Con los promedios así obtenidos se seleccionarán los tiempos a utilizar en el cálculo del haber de la Prestación Compensatoria, limitando a 35 años la cantidad seleccionada de servicios.8. Si el Promedio en Relación de Dependencia (PRD) es mayor al Promedio de autónomos (PAU) la totalidad de meses seleccionados corresponderá a servicios bajo relación de dependencia y/o servicios simultáneos, completando a 420 meses, con los meses computados bajo el régimen autónomo.9. Si el Promedio de Autónomos (PAU) es mayor al Promedio en Relación de Dependencia (PRD), la totalidad de meses seleccionados corresponderá a servicios autónomos y/o servicios simultáneos, completando a 420 meses, con los meses computados bajo relación de dependencia.1/4 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 06/07/1998 PREV-05-06 10. Situaciones resueltas con anterioridad a la vigencia de ésta instrucción de trabajo: 10.1. Ante un reclamo de la parte interesada se recalculará el haber de la Prestación Compensatoria teniendo en cuenta el método de cálculo descripto en la presente y de resultar favorable el mismo, la fecha inicial de pago a considerar deberá estar sujeta a las disposiciones contenidas en el Artículo 82 de la Ley 18.037/76 ratificada por el Artículo168 de la Ley 24.241 (prescripción bienal a partir de la solicitud de reclamo).10.2. Los casos en los cuales recayó resolución denegatoria fundada en el método anterior de cálculo de la Prestación Compensatoria, podrán ser revisados a pedido expreso del interesado, considerándose éste nuevo pedido a los efectos de la determinación de la fecha inicial de pago (con los alcances del Artículo 82 de la Ley 18.037).11. Ejemplos: 11.1. Caso 1 : Servicios sucesivos.Haber promedio en relación de dependencia superior al haber promedio de autónomos.Período Anteriores al 30/06/1994 Posteriores al 30/06/1994 Total de Servicios Rel. Dependen.R. Dependencia Años Meses Días 00 00 30 00 00 00 Servicios Autónomos Mixtos Años Meses Días 00 00 07 03 00 00 Años Meses Días 00 00 00 00 00 00 40 00 00 30 años en Rel. de Dependencia 10 Años en Autónomos 30/06/94 P.R.D. = 1000,00 P.AU. = 100,00 1000,00 ( 360 + 0 ) + 100,00 ( 60 + 0 ) 360 + 60 + 0 Autónomos 2/4 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 06/07/1998 PREV-05-06 11.2. Caso 2 : Servicios sucesivos.Haber promedio de autónomos superior al haber promedio en relación de dependencia.Período Anteriores al 30/06/1994 Posteriores al 30/06/1994 Total de Servicios Rel. Dependen.R. Dependencia Años Meses Días 00 00 30 00 00 00 Servicios Autónomos Mixtos Años Meses Días 00 00 07 03 00 00 Años Meses Días 00 00 00 00 00 00 40 00 00 30 años en Rel. de Dependencia 10 Años en Autónomos 30/06/1994 Autónomos 11.3. Caso 3 : Servicios sucesivos y simultáneos.P.R.D. = 500,00 P.AU. = 800,00 500,00 ( 336 + 0 ) + 800,00 ( 84 + 0 ) 336 + 84 + 0 Haber promedio en relación de dependencia superior al haber promedio de autónomos.Período Anteriores al 30/06/1994 Posteriores al 30/06/1994 Total de Servicios Rel. Dependen.R. Dependencia Años Meses Días 00 00 10 00 00 00 Servicios Autónomos Mixtos Años Meses Días 00 00 08 03 00 00 Años Meses Días 00 00 15 00 00 00 36 00 00 10 años en Rel. Dependencia 15 años Simultáneos 11 años en Autónomos 30/06/1994 P.R.D. = 1000,00 P.AU. = 500,00 1000,00 ( 120 + 180 ) + 500,00 ( 96 + 180 ) 120 + 96 + 180 Autónomos 3/4 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Vigencia: 06/07/1998 PREV-05-06 11.4. Caso 4 : Servicios Simultáneos.Haber promedio en relación de dependencia superior al haber promedio de autónomos.Período Anteriores al 30/06/1994 Posteriores al 30/06/1994 Total de Servicios Rel. Dependen.R. Dependencia Años Meses Días 00 00 00 00 00 00 Servicios Autónomos Mixtos Años Meses Días 00 00 00 03 00 00 Años Meses Días 00 00 37 03 00 00 40 00 00 40 años Simultáneos 30/06/1994 Autónomos 11.5. Caso 5 : Servicios Simultáneos.P.R.D. = 1000,00 P.AU. = 800,00 1000,00 ( 0 + 420 ) + 800,00 ( 0 + 420 ) 0 + 0 + 420 Haber promedio en relación de dependencia superior al haber promedio de autónomos.Período Anteriores al 30/06/1994 Posteriores al 30/06/1994 Total de Servicios Rel. Dependen.R. Dependencia Años Meses Días 00 00 04 00 00 00 Servicios Autónomos Mixtos Años Meses Días 00 00 00 00 00 00 Años Meses Días 00 00 35 03 00 00 42 00 00 4 años en Rel. Dependencia 38 años Simultáneos 30/06/1994 Autónomos P.R.D. = 1000,00 P.AU. = 800,00 1000,00 ( 0 + 420 ) + 800,00 ( 0 + 420 ) 0 + 0 + 420 4/4 www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La norma establece el método de cálculo de la Prestación Compensatoria para beneficiarios con servicios en relación de dependencia y/o autónomos con más de 35 años de aportes, considerando las últimas 120 remuneraciones, actualizadas según la Resolución D.E. Nro. 140/95. Se computan los períodos en cada categoría, ajustando los montos si las remuneraciones superan 20 veces la base mínima imponible, y se seleccionan los tiempos de mayor valor promedio, limitados a 35 años. La norma también regula la revisión de casos anteriores y la determinación de la fecha de inicio del pago, en función de los métodos de cálculo y los reclamos presentados, incluyendo ejemplos ilustrativos de diferentes situaciones de servicios sucesivos y simultáneos.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma indica cómo calcular la prestación adicional que recibe un trabajador que ha aportado durante más de 35 años, ya sea en relación de dependencia o como autónomo. Para ello, se toman en cuenta las últimas 120 remuneraciones, ajustándolas si alguna fue muy alta, y se promedian los períodos en cada categoría. Luego, se eligen los períodos con los promedios más altos, sin superar los 35 años, y se determina si la mayor parte del tiempo fue en relación de dependencia o en autónomos, para calcular el monto final. Además, si alguien ya había reclamado antes de esta norma, se puede revisar y ajustar su pago, siempre respetando los plazos de prescripción. Los ejemplos incluidos muestran diferentes combinaciones de servicios, ayudando a entender cómo se aplican estas reglas en la práctica, como cuando alguien trabajó en ambos tipos de empleo o en ambos en diferentes momentos, y cómo se suman o comparan los promedios para definir el cálculo final.

Autor: I.A.

Voces

  • prestación compensatoria
  • servicios sucesivos
  • servicios simultáneos
  • relación de dependencia
  • autónomos
  • remuneraciones
  • cálculo
  • promedios
  • base mínima imponible
  • actualización
  • montos
  • período

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