SEGURIDAD SOCIAL

Tipo
Resolución
Número
319/06
Organismo
ANSeS
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
20/04/2006
Nombre
Apruébanse las "Normas Complementarias y Aclaratorias para la Aplicación de la Ley Nº 24.476 (Capítulo II) —Texto Según Decreto Nº 1454/05—"

Administración Nacional de la Seguridad Social SEGURIDAD SOCIAL Resolución 319/2006 Apruebe las "Normas Complementarias y Aclaratorias para la Aplicación de la Ley Nº 24.476 (Capítulo II)? Decreto Nº 1454/05? " Bs. As., 20/4/2006 VISTO el Expediente Nº 024-99-81036642-3-790 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las Leyes Nº 24.241, Nº 24.476, Nº 25.865 y Nº 25.994, sus Complementarias y modificatorias, el Decreto Nº 1454 del 25 de noviembre de 2005 y las Resoluciones AFIP Nº 2017 de 17 de marzo de 2006, DE N ANSES Nº 253 y Nº 254, ambas del 23 de marzo de 2006, y CONSIDERANDO: Que el artículo 5º de la Ley Nº 24.476 determina que: "¿Cuál es el mismo modo? El derecho a inscribirse en el precitado régimen. Los derechos de vida del trabajador autónomo fallecido, afiliado al SIJP, con el objeto de lograr la pensión por fallecimiento enunciada en el inciso d) del artículo 17 de la ley Nº 24.241.Que el artículo 9º de la precitada norma (texto de acuerdo con el Decreto Nº 1454/05) determina la percepción de los beneficios por el artículo que antecede por parte del trabajador autónomo o de sus derechos humanos. Cuotas de la deuda reconocida. Una vez otorgado el beneficio respectivo, sus titulares se convierten en el descuento de las cuotas mensuales de la regularización voluntaria de la deuda que se ha optado, hasta el límite establecido por el artículo 14, inciso d) de la Ley Nº 24.241.¿ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS se aplica a la Resolución Nº 2017/06 se publican las normas de resultado se aplican a la práctica de regularización prevista en el Capítulo II de la Ley Nº 24.476 y su modificación, se refiere a los importes adeudados en concepto de aportes personales Con destino a la seguridad social, hasta el día 30 de septiembre de 1993, ambos inclusive.Que, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 9º de la Ley Nº 24.476, este Administración Nacional, mediante Resolución DE N Nº 253/06 determinó que a partir del mensual JUNIO de 2006, actuará como agente de retención de las cuotas mensuales del plan de regularización de la deuda por el que habría optado por el afiliado, el causante o el derecho a vivir, el vencimiento no se operó hasta la fecha del inicio del trámite de beneficio y hasta el vencimiento de la última cuota del plan mencionado.Que a fin de llevar a cabo un cabo lo expuesto, a través de la Resolución N º 254/06, se aclaró que las cuotas mensuales del plan de regularización de la deuda por el que había optado por el afiliado, el causante o sus derechos de los habitantes, que No hay ninguna declaración de interés en el tema. La administración pública debe incluir las normas complementarias y las interpretaciones aplicables a las prestaciones de carga del RÉGIMEN PREVISIONAL PUBLICO que se otorga a la aplicación de lo dispuesto en el Capítulo II de la Ley Nº 24.476 y su modificatorio.Que la Gerencia Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención, mediante el Dictamen Nº 32.028 del 7 de abril de 2006. Que se presente en el uso de las facultades conferidas por los artículos 36 de La Ley Nº 24.241, 3º del Decreto Nº 2741/91, 6º del Decreto Nº 1454 / 05 y el Decreto Nº 106/03. Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: Artículo 1º? Apruébanse las "Normas Complementarias y Aclaradas para la Aplicación de la Ley Nº 24.476 (Capítulo II)? Texto Según Decreto Nº 1454/05? ", que forman parte del ANEXO de la presente.Art º. 2º? La Gerencia Normatización de Prestaciones y Servicios está facultada para aprobar las normas de los procedimientos para la aplicación de lo que se ha establecido en el artículo precedente, como así también, las consultas que se respetan la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL, sobre el temperamento a favor de Tramitar y otorgar el "Retiro Transitorio por Invalidez", un favor de los afiliados al Régimen de Capitalización y la "Pensión por Fallecimiento de Afiliado en la Actividad" para los derechos de los contribuyentes incorporados a dicho régimen, y la Prestación Anticipada por Desempleo a que Se refiere a los artículos 1º a 5º de la Ley Nº 25.994, todo ello en el marco de la moratoria Ley 24.476 (Capítulo II)? Texto según Decreto Nº 1454/05 ?.Art º. 3º? La presente resolución entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial. Art º. 4º? Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente, archivese. ? Sergio T. Massa. ??? NOTA: Esta Resolución se publica en Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en el archivo www.boletinoficial.gov.ar: /// C: / Users / Danny / Documents / Trabajo / resoluciones anses InfoLeg / Resolución 319-2006 ANSES.html 2/2 "

Sumarios

Sumario generado por IA

La Resolución 319/2006 de la ANSES aprueba las 'Normas Complementarias y Aclaratorias para la Aplicación de la Ley N° 24.476 (Capítulo II)', estableciendo directrices para la implementación de la moratoria previsional y la regularización de deudas en aportes previsionales. La norma detalla procedimientos para la percepción de beneficios, la retención de cuotas, y la interpretación de las disposiciones del Capítulo II de la Ley N° 24.476, en línea con el Decreto N° 1454/05 y otras normativas relacionadas. Además, faculta a la Gerencia de Normatización para definir procedimientos y consultas, asegurando la correcta aplicación del régimen previsional público en el marco de la moratoria, con énfasis en la regularización de aportes adeudados hasta septiembre de 1993 y la gestión de beneficios asociados.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta resolución básicamente establece las reglas para que los afiliados puedan regularizar sus deudas en aportes previsionales, especialmente aquellos que tienen atrasos en sus pagos hasta 1993. También aclara cómo la ANSES debe gestionar los beneficios como pensiones y retiros transitorios en este contexto, y quién tiene la responsabilidad de definir los procedimientos. En la práctica, si una persona tiene deudas en sus aportes, esta norma ayuda a entender cómo puede ponerse al día y qué beneficios puede obtener, asegurando que la administración pública aplique las reglas de manera clara y uniforme, como si fuera un plan para que las personas puedan regularizar su situación y acceder a sus derechos previsionales sin complicaciones excesivas.

Autor: I.A.

Voces

  • jubilacion
  • pensiones
  • seguridad social

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