SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
- Tipo
- Resolución
- Número
- 338/98
- Organismo
- ANSeS
- Área
- ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
- Fecha de dictado
- 26/05/1998
- Publicación en el BO
- 28/05/1998
- Nombre
- Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la emisión correspondiente al mes de mayo de 1998.
Resolución 338/98 Bs. As., 26/05/98. BO: 28/05/98. CONSIDERANDO: 17/4/2019 Resolución 338/98 del 26/05/98 Administración Nacional de la Seguridad Social SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la emisión correspondiente al mes de mayo de 1998. VISTO la necesidad de establecer el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión Social para la emisión de mes de mayo del presente año 1998, y Que es necesario adecuar las fechas de pago al pronóstico de ingresos en el Sistema Previsional, en particular los orígenes de la recaudación de aportes y contribuciones sobre la nómina salarial.¿Cuáles son las condiciones financieras vigentes para atender las obligaciones previsionales en los períodos anteriores? Que tal circunstancia, ante las limitaciones, los problemas, el sistema y la magnitud de las erogaciones, determina la necesidad de mantener el esquema de QUINCE (15) grupos de pago. Que debe aclararse que en dichas declaraciones. Prestaciones se incluyen bajo los códigos 1290130, según corresponda, la liquidación del "Subsidio" se acordó por los Decretos N ° 2627/92 y N ° 1524/94. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3 ° del Decreto N ° 2741/91 y el artículo 36 de la Ley N ° 24.241.EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Por ello, RESUELVE: Artículo 1 ° - Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la emisión correspondiente al mes de mayo de 1998, cuya fecha de inicio de pago sería fijada conforme se indica a continuación: I. Beneficios que han sido mensuales por todo el concepto no superen la suma de PESOS DOSCIENTOS ($ 200). GRUPO DE PAGO 1: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 1 de junio de 1998. GRUPO DE PAGO 2: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 2 de junio de 1998. GRUPO DE PAGO 3: Documentos Terminados en 4 y 5, a partir del día 3 de junio de 1998. GRUPO DE PAGO 4: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 4 de junio de 1998.GRUPO DE PAGO 5: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 5 de junio de 1998. II. Beneficios que han sido publicados por todo el concepto no superen la suma de PESOS DOSCIENTOS ($ 200) y no superen la suma de PESOS CUATROSCIENTOS CINCUENTA ($ 450). GRUPO DE PAGO 6: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 9 de junio de 1998. GRUPO DE PAGO 7: Documentos terminados en 2 y 3 a partir del día 10 de junio de 1998. 17/4/2019 GRUPO DE PAGO 8: Documentos terminados en 4 y 5, a partir de del día 11 de junio de 1998. GRUPO DE PAGO 9: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 12 de junio de 1998.GRUPO DE PAGO 10: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 16 de junio de 1998. Resolución 338/98 del 26/05/98 III. Restantes Beneficiarios. GRUPO DE PAGO 11: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 17 de junio de 1998. GRUPO DE PAGO 12: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 18 de junio de 1998. GRUPO DE PAGO 13: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 19 de junio de 1998. GRUPO DE PAGO 14: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 22 de junio de 1998. GRUPO DE PAGO 15: Documentos terminados en 8 y 9, A partir del día 23 de junio de 1998.Art º. 2 ° - Mantiénese en VEINTE (20) días de la fecha de inicio de pago, el plazo de vigencia para todas las Ordenes de Pago Previsional, fijándose como fecha de rendición y presentación de la documentación impaga -OPP impagas- el quinto día hábil posterior al vencimiento del plazo de pago para el Grupo de Pago 15. Art. 3 ° - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. - Saúl Bouer.
Sumarios
Sumario generado por IA
La resolución 338/98 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) establece el calendario de pagos de prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para mayo de 1998, segmentando los beneficiarios en quince grupos según montos y terminaciones de documentos, con fechas específicas de pago. La normativa busca ajustar las fechas de pago a la recaudación de aportes y contribuciones, considerando las limitaciones financieras y la estructura del sistema previsional, incluyendo beneficios y subsidios bajo códigos específicos. La resolución también fija un plazo de veinte días para la vigencia de las órdenes de pago y establece la obligación de rendición y presentación de documentación impaga en un plazo de cinco días hábiles posteriores.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta resolución básicamente organiza cuándo y cómo se pagarán las jubilaciones y pensiones en mayo de 1998. Divide a los beneficiarios en diferentes grupos según el monto y el número de documento, y les asigna fechas específicas para recibir su pago. La idea es que los pagos se hagan en orden y de manera ordenada, ajustándose a las capacidades de recaudación del sistema previsional. Además, establece que las órdenes de pago tienen un plazo de vigencia de veinte días y que, si hay pagos pendientes, la documentación debe presentarse en un plazo de cinco días hábiles. En términos simples, es como un calendario de pagos que ayuda a que todos reciban su dinero en el momento correcto, respetando las limitaciones financieras del sistema y asegurando que las gestiones administrativas se cumplan en tiempo y forma.
Autor: I.A.
Voces
- jubilacion
- pensiones
- seguridad social
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