Resolución 346/2004

Tipo
Resolución
Número
346/04
Organismo
ANSeS
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
01/04/2004
Nombre
Impleméntanse los Reglamentos Generales de Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional, Publicidad de la Gestión de Intereses en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional, Elaboración Participativa de Normas, Acceso a la Información Pública para el Poder Ejecutivo Nacional y sus correspondientes formularios.

RESOLUCIONES ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución 346/2004 Implemente a los Reglamentos Generales de Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional, Publicidad de la Gestión de Intereses en el Poder Ejecutivo Nacional, Elaboración Participativa de Normas, Acceso a la Información Pública para el Poder Ejecutivo Nacional y sus correspondientes formularios.Bs. As., 1/4/2004 VISTO el Decreto N ° 1172 del 3 de diciembre de 2003, y CONSIDERANDO: Que por el decreto citado en el VISTO, llamado "ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA", se aprueban cinco Reglamentos Generales de Audiencias Publicaciones para el Poder Ejecutivo Nacional, Publicidad de la Gestión de Intereses en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional, Elaboración Participativa de las Normas, Acceso a la Información Pública para el Poder Ejecutivo Nacional y Reuniones Abiertas de los Entes Reguladores de los Servicios Públicos, con sus Inscritos en los formularios.Que el precitado decreto reafirma la voluntad de PODER EJECUTIVO NACIONAL de lograr un saneamiento institucional a través de los mecanismos que incrementa la transparencia de los actos de gobierno, facilitando el acceso igualitario a la información y ampliando la participación de la sociedad en los procesos decisorios de la administración Que la Administración Nacional de Seguridad Social, como organismo descentralizado, que se desempeñe bajo la autoridad del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el Sector Público Público Nacional, debe, por ende, instrumentar, celerity, and, more .¿Qué es, sin perjuicio de ello, esta ANSES no tiene una competencia como regulador de servicios públicos, por lo tanto el Reglamento General de Reuniones Abiertas en este tipo de organismos no es aplicable a esta Administración Nacional. Como responsable de la administración del Régimen Público, de la Reparto y de otros programas de la Seguridad Social, ANSES guarda un compromiso de transparencia ineludible con la ciudadanía, por lo que debe ir con el máximo grado de rigor el cumplimiento de los Reglamentos que a ella le incumben, aprobado por el aludido decreto. Que la Subsecretaria de Reforma Institucional y Profesional de la Democracia dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS es la unidad que coordina la implementación de la normativa aludida, a través de "enlaces" en cada uno.Que los enlaces dependan de los "subenlaces", que se descentralizarán, el funcionamiento y la implementación del Decreto N ° 1172/2003. Que, en esta inteligencia, es necesario establecer el responsable como "subenlace" que coordinará la implementación de los Reglamentos. Que, en la atención a la experiencia en la instrumentación de los mecanismos de participación, como lo es la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO, aprobado por la Resolución DE-N ° 490/03, es el mismo que la Gerencia de Planeamiento, el "subenlace" Respecto a la norma mencionada.Que es lo Referente al REGLAMENTO GENERAL PARA LA PUBLICIDAD DE LA GESTION DE INTERESES EN EL AMBITO DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL, habida Cuenta de la sistematicidad Necesaria para su Implementación y El Grado de la eventual recurrencia en su consulta, deviene imperiosa la Intervención de la Gerencia de Sistemas y telecomunicaciones y efectos de crear un sistema de información "retroalimentar" en forma periódica el calendario de reuniones llevadas a cabo en el marco del Reglamento en cuestión y de esta forma otorgará mayor dinamismo y facilidad de acceso.Que, también, es conveniente formar un comité con representantes de cada una de las Gerencias de Primer Nivel para determinar qué es la forma de implementar el Reglamento General de Acceso a la Información Pública para el Poder Ejecutivo Nacional, cuya vigencia , atento a su complejidad, será a partir del 20 de abril de 2004. Que hasta tanto entre en vigencia el Reglamento aludido, el Comité sesionará una vez por semana, antes del 20 de abril de 2004 emitir, como objetivo último, un informe final, instruyendo a la Oficina correspondiente Como debe instrumentar el Reglamento de que se trata. RESOLUCIONES Se trata de crear una Oficina que administre e instrumente el Reglamento sobre el tema precedente, que debe funcionar bajo la dependencia de la Gerencia Administrativa y Técnica. Que se presente en el uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley N ° 24.241 y el artículo 3 ° del Decreto N ° 2741/91.Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ¿Artículo 1 °? Implicación en el ámbito de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), los Reglamentos Generales de Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional, la Gestión de Intereses en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional, Elaboración Participativa de Normas, Acceso a la Información pública para el Poder Ejecutivo y sus correspondientes informes, como ANEXOS I, II, III, IV, V, VI y VII, por el Decreto N ° 1172/03, por las razones y en todo lo que está de acuerdo con lo expuesto en Los considerandos de la presente.Art º. 2 °? Establecimiento de la Gerencia de Planeación será la coordinadora de todo lo referente al Decreto N ° 1172/03, como "subenlace" referente a esta Administración Nacional, por los motivos en los Considerandos de la presente. Art º. 3 °? La Administración de Sistemas y Telecomunicaciones a efectos de informatizar la consulta del Reglamento General para la Gestión de Intereses en el Ambito del Poder Ejecutivo Nacional. Art º. 4 °? Confórmese un Comité, que sesionará las relaciones, con representantes de cada una de las Gerencias de Primer Nivel de una manera de determinar que se convertirá en la forma de la aplicación del Reglamento General del Acceso a la Información Pública para el Poder Ejecutivo Nacional.Art º. 5 °? La Oficina, la dependencia de la Gerencia Administrativa y Técnica, la encargada de instrumentar el Reglamento se publicará en el ARTÍCULO 4 ° de acuerdo con las instrucciones. Art º. 6 °? Administración de Comunicaciones y Relaciones Institucionales, mediante el uso de todos los medios de difusión, impulsos de una política de comunicación externa e interna, tendencia a poner en conocimiento de este Organismo y de la ciudadanía, la vigilancia de los Reglamentos apropiados por decreto n ° 1172/03. Art º. 7 °? Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y, oportunamente, archívese. ? Sergio T. Massa.

Sumarios

Sumario generado por IA

La Resolución 346/2004 de la ANSES establece la implementación de los Reglamentos Generales relacionados con la transparencia, participación ciudadana y acceso a la información pública en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional, en cumplimiento del Decreto N° 1172/2003. La norma delimita la competencia de la ANSES, organismo descentralizado bajo el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, excluyendo su regulación en servicios públicos, y asigna responsabilidades específicas a diversas gerencias y unidades, incluyendo la creación de una oficina especializada y un comité de coordinación para garantizar la instrumentación efectiva de dichos reglamentos. Además, se establecen mecanismos de comunicación y difusión de las acciones institucionales, con énfasis en la transparencia y participación ciudadana en los procesos administrativos y de gestión.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta resolución básicamente dice que la ANSES, que es la entidad encargada de administrar varias prestaciones sociales, debe seguir ciertas reglas para ser más transparente y permitir que la ciudadanía tenga acceso a la información y participe en las decisiones. Aunque no regula servicios públicos, debe crear una oficina y un comité para coordinar cómo cumplir con estas reglas, y usar medios de comunicación para informar a la gente. Es como si la ANSES tuviera que abrir sus puertas y explicar qué hace, cómo lo hace y permitir que las personas puedan consultar y participar en su gestión, asegurando mayor claridad y participación en sus actividades.

Autor: I.A.

Voces

  • pensiones
  • seguridad social
  • previsión

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