SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
- Tipo
- Resolución
- Número
- 357/98
- Organismo
- ANSeS
- Área
- ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
- Fecha de dictado
- 29/05/1998
- Publicación en el BO
- 03/06/1998
- Nombre
- Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la emisión correspondiente al mes de junio de 1998 y primera cuota del Haber Anual Complementario.
Administración Nacional de la Seguridad Social SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la Vigencia Al mes de junio de 1998 y primera cuota del Haber Anual Complementario.Resolución 357/98 Bs. As., 29/5/98 BO: 03/06/98 VISTO la necesidad de establecer el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión Social para la emisión del mes de junio del presente año 1998 y efectuar el pago de la primera Cuota del Haber Anual Complementario, y CONSIDERANDO: Es necesario que sea adecuado para las fechas de pago en el pronóstico de los ingresos en el Sistema Previsional, en particular los provenientes de la recaudación y las contribuciones sobre la nómina salarial. ¿Cuáles son las condiciones financieras vigentes para atender las obligaciones previsionales en los períodos anteriores?Que tal circunstancia, ante las limitaciones, los problemas, el sistema y la magnitud de las erogaciones, determinan la necesidad de mantener el esquema de QUINCE (15) grupos de pago. Que debe aclararse que en dichas declaraciones. Prestaciones se incluyen bajo los códigos 129 ó 130, según corresponda, la liquidación del "Subsidio" se acordó por los Decretos Nº 2.627 / 92 y Nº 1.524 / 94. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91 y el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN-NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Por ello, RESUELVE: Artículo 1º-Apruébase el Calendario de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la emisión hasta el mes de junio de 1998 y primera cuota del Haber Anual Complementario , cuya fecha de inicio de pago quedaría fijada conforme se indica a continuación: I. Beneficiarios que han sido publicados por todo el concepto no superen la suma de PESOS DOSCIENTOS ($ 200). GRUPO DE PAGO 1: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 1 de julio de 1998. GRUPO DE PAGO 2: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 2 de julio de 1998. GRUPO DE PAGO 3: Documentos Terminados en 4 y 5, a partir del día 3 de julio de 1998.GRUPO DE PAGO 4: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 6 de julio de 1998. GRUPO DE PAGO 5: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de julio de 1998. II. Beneficios que han sido publicados por todo el concepto superen la suma de PESOS DOSCIENTOS ($ 200) y no superen la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 450). GRUPO DE PAGO 6: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 8 de julio de 1998. GRUPO DE PAGO 7: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 10 de julio de 1998.GRUPO DE PAGO 8: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 13 de julio de 1998. GRUPO DE PAGO 9: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 14 de julio de 1998. GRUPO DE PAGO 10: Documentos Terminados en 8 y 9, a partir del día 15 de julio de 1998. Art. 2 ° -Mantiénese en VEINTE (20) días seguidos para la fecha de inicio de pago, el plazo de vigencia para todas las Ordenes de Pago Previsional, fijándose como fecha de rendición y presentación de la documentación impaga - OPP impagas - el quinto día hábil posterior al vencimiento del plazo de pago para el Grupo de Pago 15. Art. 3º-Registrar, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese.-Saul Bouer. III. Restantes Beneficiarios.GRUPO DE PAGO 11: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 16 de julio de 1998. GRUPO DE PAGO 12: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 17 de julio de 1998. GRUPO DE PAGO 13: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 20 de julio de 1998. GRUPO DE PAGO 14: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 21 de julio de 1998. GRUPO DE PAGO 15: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 22 de julio de 1998.
Sumarios
Sumario generado por IA
La Resolución 357/98 de la Administración Nacional de la Seguridad Social establece un calendario de pagos para las prestaciones del Sistema Nacional de Previsión Social correspondiente a junio de 1998 y la primera cuota del Haber Anual Complementario. La normativa detalla la segmentación en 15 grupos de pago, diferenciando beneficiarios según montos y terminaciones de documentos, con fechas específicas para cada grupo. Se fundamenta en la necesidad de ajustar los pagos a las condiciones financieras vigentes, considerando la recaudación y contribuciones sobre la nómina salarial, y mantiene un plazo de 20 días para la emisión y rendición de órdenes de pago, en concordancia con los artículos 3º del Decreto 2741/91 y 36 de la Ley 24.241, garantizando la continuidad del esquema de pago en un contexto de limitaciones presupuestarias y operativas.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta resolución básicamente organiza cuándo y cómo se pagan las jubilaciones y pensiones en 1998. Divide a los beneficiarios en 15 grupos según cuánto cobran y cómo termina el número de su documento, y les asigna días específicos para recibir su pago. La idea es que todos reciban sus haberes en un orden establecido, respetando los límites de dinero disponibles y asegurando que las transferencias se hagan en un plazo de 20 días. Esto ayuda a que el Estado administre mejor los fondos y garantice que todos los beneficiarios cobren en tiempo y forma, aunque en un esquema que busca ajustarse a las restricciones presupuestarias y operativas del momento.
Autor: I.A.
Voces
- pensiones
- jubilacion
- seguridad social
- previsión
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