Sistema integrado previsional argentino (sipa) base imponible - relación de dependencia reemplaza a la circular DPA Nº 06/16
- Tipo
- Circular
- Número
- 23/16
- Organismo
- ANSeS
- Área
- DPA
Buenos Aires, 07 de septiembre de 2016CIRCULAR DPA Nº 23/16SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) BASE IMPONIBLE - RELACIÓN DE DEPENDENCIA REEMPLAZA A LA CIRCULAR DPA Nº 06/16 Se informa a todas las UDAI, Delegaciones y Oficinas pertenecientes a esta Administración Nacional que fue publicada la Resolución ANSES Nº 298/2016 (B.O 05/09/16), en la cual se establecen los límites mínimo y máximo de la base imponible para la determinación de aportes para empleados en relación de dependencia.Al respecto se informa que, se fija a partir del devengado Septiembre 2016, la base imponible mínima y máxima previstas en el primer párrafo del art. 9 de la Ley Nº 24.241, texto según la Ley Nº 26.222, quedando establecida en la suma de pesos un mil novecientos sesenta y nueve con doce centavos ($ 1.969,12) y pesos sesenta y tres mil novecientos noventa y cinco con setenta y tres centavos ($ 63.995,73), respectivamente.A fin de aclarar sobre lo indicado precedentemente, en el cuadro adjunto se exponen los topes mínimos y máximos con su respectiva normativa legal y el período por el cual se aplica cada uno de los mismos: Período Norma legal Monto mínimo3AMPO/MOPRE$ Monto máximo 60 AMPO/MOPRE $ 1/2/94 al 31/3/94 Res. S.S.S. 9 --- 3660 1/4/94 al 30/9/94 Res. S.S.S. 26 189 3780 1/10/94 al 31/3/95 Res. S.S.S. 171 189 3780 1/4/95 al 30/9/95 Res. S.S.S. 126 216 4320 1/10/95 al 31/3/96 Res. S.S.S. 41 225 4500 1/4/96 al 30/9/96 Res. S.S.S. 28 228 4560 1/10/96 al 31/3/97 Res. S.S.S. 85 228 4560 1/4/97 al 30/9/97 Res. S.S.S. 27 240 4800 1/10/97 al 31/12/97 Res. Conj. M.E. y O. y S.P. 1.114 y M.T. y S.S. 661 240 4800 1/1/98 al 31/12/98 Res. Conj. M.T. y S.S. 54 y M.E. y O. y S.P. 124 240 4800 Periodo Norma Legal Monto mínimo3AMPO/MOPRE Monto máximo60AMPO/MOPRE$ 1/1/99 al 31/12/99 Res. Conj. M.T. y S.S. 99 y M.E. y O. y S.P. 330 240 4.800 1/1/00 al 31/3/07 Res. Conj. M.T.E. y F.R.H. 292/00 y M.E. 531/00 240 4.800 1/4/07 al 31/8/07 Dto. 313/07 y Ley 26.222 240 6.000 1/9/07 al 29/2/08 Dto. 1.346/07 240 6.750 1/3/08 al 30/6/08 Dto. 279/08 240 7.256 1/7/08 al 28/2/09 Dto. 279/08 240 7.800 1/3/09 al 31/8/09 Res. ANSES 135/09 268,06 8.711,82 Desde el 1/9/09 al 28/2/10 Res. ANSES 65/09 287,74 9.351,30 Desde el 1/3/10 al 31/8/10 Res. ANSES 130/10 311,36 10.119,08 Desde el 1/9/10 al 28/2/11 Res. ANSES 651/10 363,98 11.829,21 Desde el 1/3/11 al 31/8/2011 Res. ANSES 58/11 427,06 13.879,25 Desde el 1/9/11 al 29/2/12 Res. ANSES 448/11 498,89 16.213,72 Desde el 1/3/12 al 31/8/12 Res. ANSES 47/12 586,79 19.070,55 Desde el 1/9/12 al 28/2/13 Res. ANSES 327/12 653,81 21.248,45 Desde el 1/3/13 al 31/8/13 Res. ANSES 30/13 753,05 24.473,92 Desde el 1/9/13 al 28/2/14 Res. ANSES 266/13 861,57 28.000,65 Desde el 1/3/14 al 31/8/14 Res. ANSES 27/14 959,01 31.167,56 Desde el 1/9/14 al 28/2/15 Res. ANSES 449/14 1.124.06 36.531,48 Desde el 1/3/15 al 31/8/15 Res ANSES 44/15 1.329,31 43.202,17 Desde el 1/9/15 al 29/2/16 Res ANSES 396/15 1.495,34 48.598,08 Desde el 1/3/16 al 31/8/16 Res ANSES 28/16 1.724,88 56.057,93 Desde el 1/9/16 Res ANSES 298/16 1.969,12 63.995,73 En el caso de los regímenes especiales establecidos en las Leyes Nro. 24.016; 24.018; 22.731 y 22.929 y los Decretos Nro. 137/05 y 160/05, el cálculo de los aportes con destino al SIPA se efectuará sin considerar el límite máximo para su base imponible.
Sumarios
Sumario generado por IA
La norma actualiza los límites mínimo y máximo de la base imponible para la determinación de aportes en relación de dependencia en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), estableciendo que a partir de septiembre de 2016, dichos límites son de $1.969,12 y $63.995,73 respectivamente, en concordancia con el art. 9 de la Ley N° 24.241 (texto según Ley N° 26.222). Además, se detalla la evolución histórica de estos topes en función de diferentes normativas y períodos, y se aclara que en ciertos regímenes especiales, los aportes se calculan sin considerar el límite máximo de base imponible.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
La norma dice cuánto dinero debe tomarse como base para calcular los aportes a la seguridad social de un trabajador en relación de dependencia. Desde septiembre de 2016, ese monto mínimo es de aproximadamente 1.969 pesos y el máximo de unos 64.000 pesos. Esto significa que si el sueldo del trabajador es menor a 1.969 pesos, se usa esa cifra para los aportes; si es mayor a 64.000 pesos, solo se toma esa cantidad. La normativa también muestra cómo estos límites han ido cambiando con el tiempo y que, en algunos casos especiales, no se aplican estos topes y se calculan los aportes sobre todo el sueldo.
Autor: I.A.
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