ASIGNACIONES FAMILIARES

Tipo
Resolución
Número
474/12
Organismo
ANSeS
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
26/10/2012
Nombre
Prorróguese para el ciclo lectivo 2012, la fecha límite de presentación de los Certificados Escolares a efectos de la percepción de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual.

Administración Nacional de la Seguridad Social ASIGNACIONES FAMILIARES Resolución 474/2012 Prorróguese para el ciclo lectivo 2012, la fecha límite de presentación de los Certificados Escolares a efectos de la percepción de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual.Bs. As., 26/10/2012 VISTO el Expediente Nº 024-99-81412104-2-790 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley Nº 24.714, el Decreto Nº 1245 de fecha 1º de noviembre de 1996, la Resolución SSS Nº 14 de fecha 30 de julio de 2002, la Resolución D.E.-N Nº 1289 de fecha 10 de diciembre de 2002, la Resolución SSS Nº 60 de fecha 30 de noviembre de 2004, la Resolución Ss.P.S.S. Nº 2 de fecha 17 de marzo de 2006, la Resolución DE.-N Nº 292 de fecha 8 de abril de 2008 y la Resolución D.E.-N Nº 606 de fecha 22 de noviembre de 2011, y CONSIDERANDO: Que en el expediente citado en el VISTO tramita un proyecto de Resolución para modificar el plazo para la presentación de los Certificados Escolares para la percepción de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual.Que la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual se liquida a los Trabajadores en Relación de Dependencia, a los Beneficiarios de la Ley de Riesgos del Trabajo, a los Beneficiarios del Seguro por Desempleo y a los Beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino.Que el objetivo de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual es solventar las erogaciones del inicio del ciclo lectivo y también los gastos de la estimulación temprana, la enseñanza especial y/o la rehabilitación de un hijo con discapacidad.Que la Resolución D.E.-N Nº 606/11 dispuso un procedimiento para la presentación de los Certificados Escolares a los fines de acreditar la escolaridad para la percepción de dicha Asignación.Que la mencionada resolución establece que la presentación del certificado deberá concretarse desde el inicio del ciclo lectivo hasta el 31 de Octubre de cada año.Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan necesario prorrogar la fecha de presentación de los Certificados Escolares hasta el 28 de diciembre de 2012, teniendo en cuenta el cambio operado para este año y considerando que una cantidad considerable de beneficiarios aún no ha realizado la presentación de los mismos.Que vencido dicho plazo sin la presentación de los Certificados Escolares los titulares no percibirán la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual en la liquidación masiva del año siguiente.Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia, mediante Dictamen DGAJ Nº 53406.Que en consecuencia corresponde dictar la pertinente Resolución.Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 3º del Decreto Nº 2741 de fecha 26 de diciembre de 1991, Artículo 13 del Decreto Nº 1245 de fecha 1º de noviembre de 1996 y el Artículo 1º de la Resolución Ss.P.S.S Nº 2 de fecha 17 de marzo de 2006.Por ello, El DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: Artículo 1º ? Prorróguese para el ciclo lectivo 2012, la fecha límite de presentación de los Certificados Escolares hasta el 28 de diciembre de 2012 a efectos de la percepción de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual.Art. 2º ? Los titulares que no cumplan con la presentación del Certificado Escolar del ciclo lectivo 2012 hasta el 28 de diciembre de 2012 no percibirán la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual en la liquidación masiva del año 2013.Art. 3º ? Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. ? Diego L. Bossio.

Sumarios

Sumario generado por IA

La resolución prorroga hasta el 28 de diciembre de 2012 el plazo para la presentación de los Certificados Escolares, requisito indispensable para que los beneficiarios de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual puedan percibir dicho beneficio en el ciclo lectivo 2012. La normativa establece que la presentación del certificado acredita la escolaridad y la condición del beneficiario, y su incumplimiento implica la pérdida del derecho a la asignación en la liquidación del año siguiente. La prórroga responde a razones de oportunidad, mérito y conveniencia, considerando la cantidad de beneficiarios que aún no han presentado los certificados y la necesidad de garantizar la percepción del beneficio durante el ciclo lectivo en curso.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta resolución básicamente dice que, para que los padres o responsables puedan seguir recibiendo la ayuda económica para la escuela de sus hijos, tienen hasta el 28 de diciembre de 2012 para entregar un certificado que acredite que sus hijos están en la escuela. Si no entregan ese certificado en ese plazo, no podrán cobrar la ayuda en el próximo año. La idea es que, si no cumplen con este requisito, pierden ese beneficio, pero la prórroga les da más tiempo para cumplir con la obligación y evitar perder la ayuda. Es como si se extendiera el plazo para presentar un documento importante, para que más personas puedan seguir recibiendo el apoyo económico para la educación de sus hijos.

Autor: I.A.

Voces

  • jubilacion
  • previsión
  • pensiones
  • seguridad social

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