PRESTACIONES PREVISIONALES

Tipo
Resolución
Número
580/06
Organismo
ANSeS
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
06/07/2006
Nombre
Porrógase el plazo establecido en el Artículo 11 de la Resolución Nº 158/2006, para que las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones incorporen a través del Sistema de Iniciación, Cómputo y Ajustes (SICA), la totalidad de los trámites previsionales en su poder pendientes de ingreso efectivo ante la ANSES.

Administración Nacional Administración Nacional de la Seguridad Social PRESTACIONES PREVISIONALES Resolución 580/2006 Porrógase el plazo para el año 11 de la Resolución Nº 158/2006, para las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones incorporadas a través del Sistema de Iniciación, Cómputo y Ajustes (SICA), la totalidad de los trámites previsionales en su poder de ingreso efectivo ante la ANSES.Bs. As., 7/7/2006 VISTO el Expediente Nº 024-99-81047791-8-790 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL, la Ley Nº 24.241, sus complementarias y modificatorias, y la Resolución DE-N Nº 158 de fecha 20 de Febrero de 2006, y CONSIDERANDO: Que el artículo 11 de la resolución citada en el VISTO para las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones hasta el 31 de julio de 2006, incorporado al Sistema de Iniciación, Cómputo y Ajustes (SIGA La totalidad de los trámites previsionales en su poder de ingreso efectivo en esta administración nacional al 30 de abril de 2006, y los fines de posibilitar el seguimiento en la tramitación de los mismos.La Unión de Administradores de Fondos de Jubilaciones y Pensiones solicitó a esta Administración Nacional, la Prórroga del plazo de publicación en el Informe precedente, Habida cuenta de la imposibilidad de la Administración de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, de dar cuenta en el lapso A la tarea encomendada. ¿Cuántas razones de índole administrativa y técnica, tornado conveniente prorrogar por sesenta (60) días corridos, plazo de entrega en el artículo 11 de la Resolución DE-N Nº 158/06, prorrogable en caso de ser necesario por noventa (90) días corridos .Que en la inteligencia y en el tratamiento de los aspectos meramente operativos, no se convierta en una nueva intervención de la Gerencia, Asuntos Jurídicos, atento a la misma, se haya expedido mediante Dictamen Nº 31.532 del 17 de febrero de 2006, sobre el proyecto que dio origen a la Resolución DE-N Nº 158/06. Que se presente en el uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº 24.241, 3º del Decreto Nº 2741/91, y Decreto Nº 106/03. Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: Artículo 1º? Prorrógase el plazo establecido en el artículo 11 de la Resolución NÚM. 158/06 por el término de sesenta (60) días corridos, por las razones expuestas en los Considerandos de la presente.Art º. 2º? El plazo previsto en el artículo precedente será prorrogado por noventa (90) días, por razones administrativas y técnicas que así lo ameriten. Art º. 3º? Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivese. ? Sergio T. Massa.

Sumarios

Sumario generado por IA

La resolución prorroga por 60 días el plazo establecido en el artículo 11 de la Resolución N° 158/2006, referente a la presentación de trámites previsionales en poder de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones incorporadas al Sistema de Iniciación, Cómputo y Ajustes (SICA). Además, prevé una prórroga adicional de 90 días por razones administrativas y técnicas, en virtud de las facultades del artículo 36 de la Ley N° 24.241 y decretos vinculados. La medida busca garantizar la continuidad y seguimiento de los trámites en curso, considerando dificultades operativas y de gestión, sin que ello implique una modificación sustancial en los procedimientos previstos. La norma se fundamenta en la necesidad de extender los plazos para asegurar la correcta tramitación y cumplimiento de los procedimientos previsionales, en un marco de facultades discrecionales del órgano rector de la seguridad social.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta resolución básicamente dice que se extienden los plazos para que las Administradoras de Fondos de Jubilaciones puedan presentar ciertos trámites ante la ANSES. La idea es darles más tiempo, en total 150 días (60 + 90), porque enfrentan dificultades administrativas y técnicas que dificultan cumplir con los plazos originales. Esto es como cuando uno pide una prórroga para entregar un trabajo en la escuela; en este caso, la autoridad reconoce que necesita más tiempo para hacer las gestiones sin que eso afecte los derechos de los jubilados o pensionados. La medida busca asegurar que todos los trámites se puedan completar correctamente, sin apurarse, y sin que ello implique cambios en las reglas o procedimientos ya establecidos.

Autor: I.A.

Voces

  • seguridad social
  • prestaciones
  • jubilacion
  • pensiones
  • previsión

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