Resolución 650/97

Tipo
Resolución
Número
650/97
Organismo
ANSeS
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
14/07/1997
Publicación en el BO
22/07/1997
Nombre
Amplíase el plazo fijado por el artículo 2° de la Resolución N° 451/97 para la suscripción del convenio base.

Resolución 650/97 del 14/07/97 ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución 650/97 Amplíase el plazo fijado por el artículo 2° de la Resolución N° 451/97 para la suscripción del convenio base.Bs. As., 14/7/97.B.O.: 22/7/97.VISTO las Resoluciones D.E. N° 157/97 y N° 451/97, y las presentaciones formuladas por diversas entidades, requiriendo modificaciones en el convenio base establecido en el Anexo I de la primera de ellas, y CONSIDERANDO: Que el análisis de las diversas propuestas recibidas requiere de un estudio minucioso, tendiente a la elaboración de un texto definitivo de dicho convenio base.Que, sin perjuicio de la validez de los acuerdos ya suscriptos con diversas entidades, resulta conveniente ampliar el plazo fijado por el artículo 2° de la Resolución D.E. N° 451/97, para llevar a cabo esos actos.Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 3° del Decreto N° 2741/91 y del artículo 36 de la Ley N° 24.241.Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: Artículo 1°- Prorrógase hasta el día 29 de agosto de 1.997 el plazo establecido en el artículo 2° de la Resolución N° 451/97 para la suscripción del convenio base.Art.2°- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Alejandro Bramer Markovic.

Sumarios

Sumario generado por IA

La Resolución 650/97 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), publicada el 22 de julio de 1997, amplía el plazo establecido en el artículo 2° de la Resolución N° 451/97 para la suscripción del convenio base relacionado con la implementación de acuerdos con entidades en materia de seguridad social. La norma justifica la extensión por la necesidad de realizar un análisis exhaustivo de las propuestas recibidas y perfeccionar el texto del convenio, garantizando la validez de los acuerdos ya suscriptos. La resolución se fundamenta en las facultades otorgadas por el Decreto N° 2741/91 y la Ley N° 24.241, y prorroga el plazo hasta el 29 de agosto de 1997, estableciendo además las formalidades de registro y comunicación correspondientes.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta resolución básicamente dice que la ANSES decidió dar más tiempo, hasta el 29 de agosto de 1997, para que las entidades puedan firmar un acuerdo importante llamado 'convenio base'. Esto es como cuando un profesor extiende la fecha de entrega de un trabajo para que los estudiantes puedan revisarlo mejor y hacer mejoras. La razón es que la ANSES necesita más tiempo para estudiar las propuestas y asegurarse de que el acuerdo sea claro y correcto, sin afectar los acuerdos que ya se firmaron. En la práctica, esto significa que las entidades tienen más tiempo para ponerse de acuerdo con la ANSES y formalizar sus compromisos en materia de seguridad social, evitando que se pierdan oportunidades por falta de plazo.

Autor: I.A.

Voces

  • jubilacion
  • seguridad social
  • previsión
  • pensiones

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