SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
- Tipo
- Resolución
- Número
- 789/98
- Área
- ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
- Fecha de dictado
- 28/10/1998
- Publicación en el BO
- 02/11/1998
- Nombre
- Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la emisión correspondiente al mes de octubre de 1998.
Resolución 789/98 del 28/10/98 Administración Nacional de la Seguridad Social SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Resolución 789/98 Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión Para la emisión correspondiente al mes de octubre de 1998. Bs. As., 28/10/98 BO: 2/11/98 VISTO la necesidad de establecer el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión Social para la emisión del mes de octubre del presente año 1998, y CONSIDERANDO: Que es necesario Adecuado en las fechas de pago en el pronóstico de los ingresos en el Sistema Previsional, en particular, los orígenes de la recaudación de las contribuciones y las contribuciones sobre la nómina salarial.¿Cuáles son las condiciones financieras vigentes para atender las obligaciones previsionales en los períodos anteriores? ¿Qué es la circunstancia, ante las limitaciones, los problemas, el sistema y la magnitud de las erogaciones, la necesidad de mantener el esquema de QUINCE (15) grupos de pago. Que debe aclararse que en dichas declaraciones. Prestaciones se incluyen bajo los códigos 129 ó 130, según corresponda, la liquidación del "Subsidio" se acordó por los Decretos N ° 2627/92 y N ° 1524/94. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3 ° del Decreto N ° 2741/91 y el artículo 36 de la Ley N ° 24.241.Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: Artículo 1 ° -Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la emisión a partir del mes de octubre de 1998, cuya fecha de inicio de pago sería fijada conforme se indica a continuación: I. Beneficios que han sido mensuales por todo el concepto no superen la suma de PESOS DOSCIENTOS ($ 200). GRUPO DE PAGO 1: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 2 de noviembre de 1998. GRUPO DE PAGO 2: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 3 de noviembre de 1998. GRUPO DE PAGO 3: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 4 de noviembre de 1998. GRUPO DE PAGO 4: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 5 de noviembre de 1998.GRUPO DE PAGO 5: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 6 de noviembre de 1998. II. Beneficios que han sido publicados por todo el concepto superen la suma de PESOS DOSCIENTOS ($ 200) y no superen la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 450). GRUPO DE PAGO 6: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 9 de noviembre de 1998. GRUPO DE PAGO 7: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 10 de noviembre de 1998. Resolución 789/98 del 28/10/98 GRUPO DE PAGO 8: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 11 de noviembre de 1998. GRUPO DE PAGO 9: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 12 de noviembre de 1998. GRUPO DE PAGO 10: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 13 de noviembre de 1998 . III. Restantes Beneficiarios. GRUPO DE PAGO 11: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 16 de noviembre de 1998. GRUPO DE PAGO 12: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 17 de noviembre de 1998. GRUPO DE PAGO 13: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 18 de noviembre de 1998. GRUPO DE PAGO 14: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 19 de noviembre de 1998. GRUPO DE PAGO 15: Documentos terminados en 8 y 9, A partir del día 20 de noviembre de 1998.Art º. 2 ° -Mantiénese en VEINTE (20) días seguidos para la fecha de inicio de pago, el plazo de vigencia para todas las Ordenes de Pago Previsional, fijándose como fecha de rendición y presentación de la documentación impaga - OPP impagas - el quinto día hábil posterior al vencimiento del plazo de pago para el Grupo de Pago 15. Art. 3 ° -Registrarse, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese.-Saúl Bouer.
Sumarios
Sumario generado por IA
La resolución 789/98 de la ANSES establece el calendario de pagos de prestaciones del Sistema Nacional de Previsión Social para octubre de 1998, segmentando los beneficiarios en grupos según montos y terminaciones de documentos, con fechas específicas para cada grupo. La normativa considera las condiciones financieras vigentes, la estructura de recaudación y la necesidad de mantener 15 grupos de pago, además de definir los plazos de vigencia y presentación de documentación impaga, en conformidad con el Decreto N° 2741/91 y la Ley N° 24.241. La resolución busca garantizar una distribución ordenada y eficiente de los pagos, ajustada a las limitaciones presupuestarias y operativas del sistema previsional.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta resolución básicamente dice que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) organizó un calendario para pagar las jubilaciones y pensiones en octubre de 1998. Dividieron a los beneficiarios en diferentes grupos según cuánto dinero reciben y el número final de su documento, y establecieron fechas específicas para que cada grupo reciba su pago. Además, fijaron un plazo de 20 días para completar todos los pagos y un período para presentar cualquier documentación pendiente. La idea es que los pagos se hagan de forma ordenada, considerando cuánto dinero ingresa al sistema y las limitaciones del presupuesto, para que todos los beneficiarios puedan cobrar en tiempo y forma sin afectar la estabilidad del sistema previsional.
Autor: I.A.
Voces
- jubilacion
- seguridad social
- pensiones
- previsión
Descargar PDF (requiere iniciar sesión)