SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Tipo
Resolución
Número
1001/97
Organismo
ANSeS
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
03/10/1997
Publicación en el BO
08/10/1997
Nombre
Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la emisión correspondiente al mes de octubre de 1997.

Administración Nacional de Seguridad Social SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Resolución 1001/97 Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para La emisión corresponde al mes de octubre de 1997. Bs. As .. 3/10/97 BO: 8/10/97 VISTO la necesidad de establecer el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión Social para la emisión del mes de octubre del presente año 1997, y CONSIDERANDO: Que es necesario Adecuado en las fechas de pago en el pronóstico de los ingresos en el Sistema Previsional, en particular, los orígenes de la recaudación de las contribuciones y las contribuciones sobre la nómina salarial.¿Cuáles son las condiciones financieras vigentes para atender las obligaciones previsionales en los períodos anteriores? ¿Qué es la circunstancia, ante las limitaciones, los problemas, el sistema y la magnitud de las erogaciones, la necesidad de mantener el esquema de QUINCE (15) grupos de pago. Que debe aclararse que en dichas declaraciones. Prestaciones se incluyen bajo los códigos 129 o 130, según corresponda, la liquidación del "Subsidio" y los Decretos Nº 2627/92 y Nº 1524/94. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91 y por el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: Artículo 1º-Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la emisión correspondiente al mes de octubre de 1997, fecha en la que conforme se indica a continuación: I. Beneficios que han sido mensuales por todo el concepto no superen la suma de DOSCIENTOS PESOS ($ 200.-). GRUPO DE PAGO 1: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 3 de noviembre de 1997. GRUPO DE PAGO 2: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 4 de noviembre de 1997. GRUPO DE PAGO 3: Documentos Terminados en 4 y 5, a partir del día 5 de noviembre de 1997. GRUPO DE PAGO 4: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 6 de noviembre de 1997.GRUPO DE PAGO 5: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 7 de noviembre de 1997. II. Beneficiarios que han sido publicados por todo el concepto superen los DOSCIENTOS PESOS ($ 200.-) y no superen la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 450.-). GRUPO DE PAGO 6: Documentos terminados en O y 1, a partir del día 10 de noviembre de 1997. GRUPO DE PAGO 7: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 11 de noviembre de 1997. GRUPO DE PAGO 8: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 12 de noviembre de 1997. GRUPO DE PAGO 9: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 13 de noviembre de 1997. GRUPO DE PAGO 10: Documentos terminados en 8 y 9 , a partir del día 14 de noviembre de 1997. III. Restantes Beneficiarios. GRUPO DE PAGO 11: Documentos terminados en O y 1, a partir del día 17 de noviembre de 1997. GRUPO DE PAGO 12: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 18 de noviembre de 1997. GRUPO DE PAGO 13: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 19 de noviembre de 1997. GRUPO DE PAGO 14: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 20 de noviembre de 1997. GRUPO DE PAGO 15: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 21 de noviembre de 1997.Art º. 2º-Mantiénese en VEINTE (20) días corridos contados a partir de la fecha de inicio de pago, el plazo de vigencia para todas las Ordenes de Pago Previsional, fijándose como fecha de rendición y presentación de la documentación impaga, OPP impagas, el quinto día El artículo 15 del art. 3º-Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archivese.-Alejandro Bramer Markovic.

Sumarios

Sumario generado por IA

La resolución 1001/97 aprueba el calendario de pagos del Sistema Nacional de Previsión para octubre de 1997, estableciendo un esquema de distribución en quince grupos según montos y terminaciones de documentos, con fechas específicas de pago. La normativa considera las condiciones financieras vigentes, la necesidad de mantener un esquema organizado de pagos y la inclusión de prestaciones bajo códigos 129 y 130, incluyendo subsidios y decretos relacionados. La resolución se fundamenta en facultades del Decreto 2741/91 y la Ley 24.241, y regula los plazos de vigencia y presentación de documentación para las órdenes de pago previsional.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma básicamente dice que en octubre de 1997, la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) organizó un calendario para pagar las jubilaciones y pensiones. Dividieron a los beneficiarios en diferentes grupos según cuánto cobran y el número de su documento, y asignaron días específicos para pagarles. Además, establecieron que las órdenes de pago tienen un plazo de 20 días para ser cumplidas y que los pagos se hacen en etapas ordenadas para mantener el sistema organizado y evitar retrasos. En términos sencillos, es como si la ANSES planificara quién recibe su dinero y cuándo, para que todos cobren en orden y sin confusiones, asegurando que las obligaciones previsionales se cumplan en tiempo y forma.

Autor: I.A.

Voces

  • jubilacion
  • seguridad social
  • pensiones
  • previsión

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