SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
- Tipo
- Resolución
- Número
- 1166/97
- Organismo
- ANSeS
- Área
- ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
- Fecha de dictado
- 04/11/1997
- Publicación en el BO
- 07/11/1997
- Nombre
- Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la emisión correspondiente al mes de noviembre de 1997.
Administración Nacional de la Seguridad Social SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Resolución 1166/97 Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión Para la emisión correspondiente al mes de noviembre de 1997. Bs. As., 4/11/97 BO: 7/11/97 VISTO la necesidad de establecer el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión Social para la emisión del mes de noviembre del presente año 1997, y CONSIDERANDO: Que es necesario Adecuado en las fechas de pago en el pronóstico de los ingresos en el Sistema Previsional, en particular, los orígenes de la recaudación de las contribuciones y las contribuciones sobre la nómina salarial.¿Cuáles son las condiciones financieras vigentes para atender las obligaciones previsionales en los períodos anteriores? ¿Qué es la circunstancia, ante las limitaciones, los problemas, el sistema y la magnitud de las erogaciones, la necesidad de mantener el esquema de QUINCE (15) grupos de pago. Que debe aclararse que en dichas declaraciones. Prestaciones bajo los códigos 129 o 130, según corresponda, la liquidación del "Subsidio" se encuentra en los Decretos Nº 2627/92 y Nº 1524/94. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91 y por el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: Artículo 1º-Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la emisión correspondiente al mes de noviembre de 1997, fecha en la que conforme se indica a continuación: I. Beneficios que han sido mensuales por todo el concepto no superen la suma de DOSCIENTOS PESOS ($ 200.-). GRUPO DE PAGO 1: Documentos terminados en 0 y I, a partir del día 1 de diciembre de 1997. GRUPO DE PAGO 2: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 2 de diciembre de 1997. GRUPO DE PAGO 3: Documentos Terminados en 4 y 5, a partir del día 3 de diciembre de 1997. GRUPO DE PAGO 4: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 4 de diciembre de 1997.GRUPO DE PAGO 5: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 5 de diciembre de 1997. II. Beneficiarios que han sido publicados por todo el concepto superen los DOSCIENTOS PESOS ($ 200.-) y no superen la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 450.-). GRUPO DE PAGO 6: Documentos terminados en 0 y I, a partir del día 9 de diciembre de 1997. GRUPO DE PAGO 7: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 10 de diciembre de 1997. GRUPO DE PAGO 8: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 11 de diciembre de 1997. GRUPO DE PAGO 9: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 12 de diciembre de 1997. GRUPO DE PAGO 10: Documentos terminados en 8 y 9 , a partir del día 15 de diciembre de 1997. III. Restantes Beneficios. GRUPO DE PAGO 11: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 16 de diciembre de 1997. GRUPO DE PAGO 12: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 17 de diciembre de 1997. GRUPO DE PAGO 13: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 18 de diciembre de 1997. GRUPO DE PAGO 14: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 19 de diciembre de 1997. GRUPO DE PAGO 15: Documentos terminados en 8 y 9, A partir del día 22 de diciembre de 1997.Art º. 2º-Mantiénese en VEINTE (20) días de la fecha de inicio de pago, el plazo de vigencia para todas las Ordenes de Pago Previsional, fijándose como fecha de rendición y presentación de la documentación impaga - OPP impagas - el quinto día hábil posterior al vencimiento del plazo de pago para el Grupo de Pago 15. Art. 3º-Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y archivese. -Alejandro Bramer Markovic.
Sumarios
Sumario generado por IA
La resolución 1166/97 de la Administración Nacional de la Seguridad Social establece el calendario de pago de las prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para noviembre de 1997, segmentando los beneficiarios en grupos según montos y terminaciones de documentos, con fechas específicas para cada grupo. La normativa detalla las condiciones para la emisión de pagos, incluyendo los límites de montos y los plazos de vigencia de las órdenes de pago, en un contexto de restricciones financieras y de recaudación previsional, en concordancia con los decretos 2627/92 y 1524/94. La resolución se fundamenta en las facultades del Decreto 2741/91 y la Ley 24.241, buscando mantener la regularidad en los pagos previsionales y garantizar la gestión administrativa del sistema.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta resolución básicamente organiza cuándo y cómo se pagarán las jubilaciones y pensiones en noviembre de 1997. Divide a los beneficiarios en diferentes grupos según cuánto cobran y cómo termina su número de documento, asignándoles fechas específicas para recibir su dinero. Además, establece que los pagos para montos menores a $200 se hacen primero, y luego los que cobran entre $200 y $450, y por último los demás beneficios. También fija que las órdenes de pago tienen un plazo de 20 días para ser gestionadas y que deben presentarse ciertos documentos en un plazo de 5 días hábiles después del vencimiento del pago. Todo esto ayuda a que los pagos se realicen de manera ordenada, considerando las limitaciones financieras del sistema previsional en ese momento, para asegurar que los jubilados y pensionados reciban sus haberes en tiempo y forma.
Autor: I.A.
Voces
- jubilacion
- pensiones
- seguridad social
- previsión
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