Acuerdo Marco de Cooperación entre ANSeS y las Curadurías y Tutorías Públicas (Protocolo Nº 14/2002)

Tipo
Prev
Número
16-21
Organismo
ANSeS

Vigencia: 19/10/2016 PREV-16-21 Acuerdo Marco de Cooperación entre ANSES y las Acuerdo Marco d e Cooperación entre ANSES y las Acuerdo Marco d Acuerdo Marco d e Cooperación entre ANSES y las e Cooperación entre ANSES y las durías y Tutorías Públicas (Protocolo Nº 14/2002) CuraCuraCuraCuradurías y Tutorías Públicas (Protocolo Nº 14/2002) durías y Tutorías durías y Tutorías Públicas (Protocolo Nº 14/2002) Públicas (Protocolo Nº 14/2002) I.I.I.I. Objetivo Objetivo Objetivo Objetivo En virtud del Acuerdo Marco entre ANSES y las Curadurías y Tutorías Públicas de la Defensoría General de la Nación y la Curaduría General de Alienados de la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires suscripto el 24 de julio de 2002, resulta necesario establecer pautas de trabajo para la iniciación de los trámites de beneficios previsionales, razón por la cual se normatiza el procedimiento a seguir en conformidad al Acuerdo aludido y a lo consensuado en las reuniones celebradas para la aplicación del mismo.Unificar la metodología de trabajo y clarificar la operatoria a seguir entre las UDAI de ANSES y las nombradas Curadurías y Tutorías Oficiales, adaptando la misma de acuerdo a los términos del Código Civil y Comercial, aprobado por la Ley Nº 26.994.II. Alcance II. Alcance II. II. Alcance Alcance Desde la recepción en ANSES de los oficios judiciales y/o testimonios judiciales, hasta la efectivización de los haberes, con la debida comunicación del primer depósito y número de cuenta a la Curaduría respectiva y al Juez interviniente.III. Consideraciones General III. Consideraciones Generaleseseses Consideraciones General III.III. Consideraciones General 1. Los referentes designados por la Dirección de Red Buenos Aires y Bonaerense de la UDAI más cercana a la Curaduría conforme listado que obra como Anexo I de la presente - Cláusula Quinta del Acuerdo Marco -, reciben del Curador Oficial la siguiente documentación para la iniciación del trámite respectivo: La que se detalla en las cartillas de iniciación del trámite que corresponda. El Primer Oficio y/o Testimonio de Iniciación del Trámite. Copia autenticada de la sentencia que declara la incapacidad del titular de la solicitud de la prestación, o si aún no se ha dictado la misma, la disposición judicial que ordenó las medidas establecidas en el artículo 34 del Código Civil y Comercial en el caso en que la incapacidad apareciere notoria e indudable, conforme al Código Procesal, Civil y Comercial o Código Procesal, Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires. Copia de la Pericia o Informe actualizado del médico y copia del Informe Socio- Ambiental.1/7 www.diarioprevisional.com.ar " Vigencia: 19/10/2016 PREV-16-21 2. Los Curadores y Tutores Oficiales o las personas autorizadas por éstos debidamente identificadas a través del correspondiente oficio o testimonio, o los prosecretarios; o los abogados, adscriptos o auxiliares, de las Curadurías Oficiales de la Provincia de Buenos Aires autorizados por la Resolución Nº 25/86 de la Procuración General de la Suprema Corte de la citada Provincia, que se identifiquen con la credencial que acredita dicha función, serán atendidos en los días y en el horario establecido para tal fin por la Dirección de Red Buenos Aires y Bonaerense, quedando exceptuados de la asignación de turnos.3. La dependencia económica del beneficiario al momento del fallecimiento del titular, se dará por probada con la declaración presentada por el Curador Oficial actuante.4. Debe exceptuarse de la cumplimentación del formulario de Declaración Jurada sobre el nivel de educación formal alcanzado, para iniciar un Retiro Transitorio por Invalidez o una Pensión para un hijo mayor incapacitado 5. Para la determinación del grado de incapacidad para el logro de una prestación previsional, se exime de la intervención de las Comisiones Médicas cuando la sentencia que declara la incapacidad, artículo 37 del CC o la disposición judicial que ordenó las medidas establecidas en el artículo 34 del Código Civil y Comercial, y la Pericia o Informe actualizado del médico tratante reconocen que esa patología es anterior o contemporánea al hecho generador del beneficio (cese, solicitud o fallecimiento, según corresponda a la prestación de que se trate).6. Solamente se enviará a calificar por la rutina habitual cuando: El inicio de la incapacidad es posterior a la causa que da origen al beneficio previsional, ello en atención a lo prescripto por los artículos 49 al 52 de la Ley Nº 24.241 En aquellos trámites cuyos titulares estén comprendidos en los supuestos de inhabilitación de conformidad con lo establecido en el artículo 48 del Código Civil y el juez interviniente hubiera nombrado un curador/tutor oficial.En ambos casos, se deberá indicar al Curador o Tutor oficial que el día del turno designado deberá acompañar junto con los antecedentes médicos obrantes en su poder, copia del testimonio judicial o del Oficio, a efectos de que el dictamen médico que emita la Comisión Médica sea puesto en conocimiento del Juzgado que lleva la causa, por tratarse de un incapaz.7. Si una vez analizado el derecho a la prestación solicitada, surge que corresponde su denegatoria, se dictará la resolución pertinente la cual será puesta en conocimiento del juzgado interviniente en la forma estilo.8. Si del estudio de las actuaciones se desprende que cabe el otorgamiento de la prestación gestionada, procede depositar los haberes del beneficio otorgado, conforme se trate de un pedido formulado con intervención de: 2/7 www.diarioprevisional.com.ar " Vigencia: 19/10/2016 PREV-16-21 La Curaduría y Tutoría Pública, con Jurisdicción en la Ciudad de Buenos Aires, en una cuenta judicial en la sucursal Tribunales del Banco de la Nación Argentina, a nombre de los autos correspondientes y a la orden del Juzgado interviniente los haberes retroactivos.incluyéndose en dicho depósito (Anexo II), Las Curadurías Oficiales de la Provincia de Buenos Aires, en una cuenta fiscal abierta a esos efectos en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, como perteneciente a la Curaduría zonal o departamental de la citada provincia, o bien en una cuenta judicial en la sucursal de la institución bancaria mencionada designada para tal fin como perteneciente a los autos respectivos y a la orden del Juzgado correspondiente, según lo informado en cada caso por el Juez interviniente a través del pertinente oficio o testimonio judicial y de acuerdo al detalle que obra en el Anexo II. Los importes retroactivos siempre se depositarán en la cuenta de autos a la orden del Juez interviniente.9. Luego de efectivizar los haberes respectivos, a que se hace referencia el apartado 8, en los casos que se tramiten en la Ciudad de Buenos Aires y en el Conurbano, la comunicación del primer depósito efectuado por la Dirección de Tesorería y del número de cuenta pertinente, a la Curaduría y Tutoría Pública o a la Curaduría Oficial que en cada caso corresponda, como así también al Juez interviniente, se realizará con intervención de la Dirección de Despachos y Oficios y para el resto de los supuestos tramitados en el interior de la Provincia de Buenos Aires, la referida comunicación se hará a través del área legal de la UDAI.10. En caso que exista un antecedente de un pedido de pensión emergente de un mismo causante, iniciado con anterioridad al que tramita el curador o tutor oficial, deberá unificarse la tramitación de ambas solicitudes en la UDAI correspondiente a la jurisdicción de la Curaduría Oficial que señala el ANEXO I.Las UDAI y Oficinas dependientes de esta Administración Nacional, deben brindar toda la información requerida, a los funcionarios que debidamente autorizados lo soliciten, mientras actúen en representación de personas judicializadas, sujetas a incapacidad.3/7 www.diarioprevisional.com.ar " Vigencia: 19/10/2016 PREV-16-21 Anexo I Anexo I Anexo I Anexo I Curadurías Públicas Oficiales de la Defensoría General de La Nación Curadurías Públicas Oficiales de la Defensoría General de La Nación Curadurías Públicas Oficiales de la Defensoría General de La Nación Curadurías Públicas Oficiales de la Defensoría General de La Nación Iniciación de Trámites: UDAI Monserrat Iniciación de Trámites: UDAI Monserrat Iniciación de Trámites: UDAI Monserrat Iniciación de Trámites: UDAI Monserrat Curaduría Pública Oficial Nº 1 Curaduría Pública Oficial Nº 2 Curaduría Pública Oficial Nº 3 Curaduría Pública Oficial Nº 4 Curaduría Pública Oficial Nº 5 Curaduría Pública Oficial Nº 6 Curaduría Pública Oficial Nº 7 Curaduría Publica Oficial Nº 8 Curaduría Pública Oficial Nº 9 Curaduría Pública Oficial Nº 10 Curaduría Pública Oficial Nº 11 Curadurías Oficiales de la Provincia de Buenos Aires Curadurías Oficiales de la Provincia de Buenos Aires Curadurías Oficiales de la Provincia de Buenos Aires Curadurías Oficiales de la Provincia de Buenos Aires Curaduría Oficial de Alienados con sede en la ciudad de La Plata, y competencia los Departamentos Judiciales de: La Plata, Azul y Zárate - Campana.Iniciación de Trámites: UDAI La Plata Iniciación de Trámites: UDAI La Plata Iniciación de Trámites: UDAI La Plata Iniciación de Trámites: UDAI La Plata Curaduría Oficial de Alienados con sede en el Departamento Judicial de Bahía Blanca y competencia en los Departamentos Judiciales de Bahía Blanca y Trenque Lauquen.Iniciación de Trámites: UDAI Bahía Blanca Iniciación de Trámites: UDAI Bahía Blanca Iniciación de Trámites: UDAI Bahía Blanca Iniciación de Trámites: UDAI Bahía Blanca Curaduría Oficial de Alienados con sede y competencia en el Departamento Judicial de San Martín.Iniciación de Trámites: UDAI San Martín Iniciación de Trámites: UDAI San Martín Iniciación de Trámites: UDAI San Martín Iniciación de Trámites: UDAI San Martín Curaduría Oficial de Alienados con sede y competencia en el Departamento Judicial de Quilmes 4/7 www.diarioprevisional.com.ar " Vigencia: 19/10/2016 PREV-16-21 Iniciación de Trámites: UDAI Quilmes Iniciación de Trámites: UDAI Quilmes Iniciación de Trámites: UDAI Quilmes Iniciación de Trámites: UDAI Quilmes Curaduría Oficial de Alienados con sede y competencia en el Departamento Judicial de San Isidro.Iniciación de Trámites: UDAI San Isidro Iniciación de Trámites: UDAI San Isidro Iniciación de Trámites: UDAI San Isidro Iniciación de Trámites: UDAI San Isidro Curaduría Oficial de Alienados con sede en el Departamento Judicial de Mar del Plata, y competencia en el Departamento Judicial de Mar del Plata, Necochea y Dolores.Iniciación de Trámites: UDAI Mar del Plata Iniciación de Trámites: UDAI Mar del Plata Iniciación de Trámites: UDAI Mar del Plata Iniciación de Trámites: UDAI Mar del Plata Curaduría Oficial de Alienados con sede en el Departamento Judicial de San Nicolás y competencia en el Departamento Judicial de San Nicolás, Pergamino y Junín. Iniciación Iniciación Iniciación Iniciación de Trámites: UDAI San Nicolás de Trámites: UDAI San Nicolás de Trámites: UDAI San Nicolás de Trámites: UDAI San Nicolás Curaduría Oficial de Alienados con sede en el Departamento Judicial de Morón y competencia en el Departamento Judicial de Morón y La Matanza.Iniciación de Trámites: UDAI Morón Inicia ción de Trámites: UDAI Morón Inicia Inicia ción de Trámites: UDAI Morón ción de Trámites: UDAI Morón Curaduría Oficial de Alienados con sede y competencia en el Departamento Judicial de Mercedes Iniciación de Trámites: UDAI Mercedes Iniciación de Trámites: UDAI Mercedes Iniciación de Trámites: UDAI Mercedes Iniciación de Trámites: UDAI Mercedes Curaduría Oficial de Alienados con sede y competencia en el Departamento Judicial de Lomas de Zamora Iniciación de Trámites: UDAI Lomas de Zamora Iniciación de Trámites: UDAI Lomas de Zamora Iniciación de Trámites: UDAI Lomas de Zamora Iniciación de Trámites: UDAI Lomas de Zamora 5/7 www.diarioprevisional.com.ar " Vigencia: 19/10/2016 PREV-16-21 Anexo II Anexo II Anexo II Anexo II Curadurías Públicas Oficiales de la Defen soría General de la Nación Nros. 1 al Curadurías Públicas Oficiales de la Defensoría General de la Nación Nros. 1 al soría General de la Nación Nros. Curadurías Públicas Oficiales de la Defen Curadurías Públicas Oficiales de la Defen soría General de la Nación Nros. 1 al 1 al 11111111 Depósito de Haberes: en el Banco de la Nación Argentina sucursal Tribunales Provincia de Buenos Aires Curadurías Oficiales de la Provincia de Buenos Aires Curadurías Oficiales de la Curadurías Oficiales de la Curadurías Oficiales de la Provincia de Buenos Aires Provincia de Buenos Aires Curaduría Oficial de Alienados con sede en la ciudad de La Plata, y competencia los Departamentos Judiciales de: La Plata, Azul y Zárate - Campana.Cuenta Fiscal Nº 734/6 - Casa Matriz del Bco. de la Pcia. de Bs. As. A la orden de la Curaduría Oficial de Alienados - Procuración General Pcia. de Bs. As.Curaduría Oficial de Alienados con sede en el Departamento Judicial de Bahía Blanca y competencia en los Departamentos Judiciales de Bahía Blanca y Trenque Lauquen.Cuenta Fiscal Nº 42482/8 del Bco. de la Pcia. de Bs.As. sucursal Tribunales (6206), a la orden de la Curaduría Oficial de Alienados de los Departamentos Judiciales de Bahía Blanca y Trenque Lauquen.Curaduría Oficial de Alienados con sede y competencia en el Departamento Judicial de San Martín.No posee cuenta fiscal, opera con cuentas judiciales en el Bco. Provincia de Buenos Aires sucursal Tribunales.Curaduría Oficial de Alienados con sede y competencia en el Departamento Judicial de Quilmes.Cuenta Fiscal: Opera con cuentas judiciales del Banco Provincia de Buenos Aires Sucursal Quilmes Centro (5087).Curaduría Oficial de Alienados con sede y competencia en el Departamento Judicial de San Isidro.Cuenta Fiscal: NO posee, opera con cuentas judiciales del Banco Provincia de Buenos Aires, Sucursal Tribunales (5099).Curaduría Oficial de Alienados con sede en el Departamento Judicial de Mar del Plata, y competencia en el Departamento Judicial de Mar del Plata, Necochea y Dolores.Cuenta Fiscal nro. 207/5 Gerencia Departamental Mar del Plata Banco Provincia de Buenos Aires.6/7 www.diarioprevisional.com.ar " Vigencia: 19/10/2016 PREV-16-21 Curaduría Oficial de Alienados con sede en el Departamento Judicial de San Nicolás, y competencia en el Departamento Judicial de San Nicolás, Pergamino y Junín.Cuenta Fiscal nro.17.457/0 a la orden de la Curaduría Oficial de Alienados del Departamento Judicial de San Nicolás del Banco de la Provincia de Buenos Aires Sucursal Centro.Curaduría Oficial de Alienados con sede en el Departamento Judicial de Morón y competencia en el Departamento Judicial de Morón y La Matanza.Cuenta Fiscal nro.19355 a la orden de la Curaduría Oficial de Alienados de los Departamento Judiciales de Morón-Mercedes del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Morón.Curaduría Oficial de Alienados con sede y competencia en el Departamento Judicial de Mercedes.Cuenta Fiscal. no posee cuenta propia, comparte la cuenta anterior (19355).Curaduría Oficial de Alienados con sede y competencia en el Departamento Judicial de Lomas de Zamora.Cuenta Fiscal: no posee se maneja con cuentas judiciales del Banco Provincia sucursal Tribunales de Lomas de Zamora.7/7 www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Explicación asistida por IA

Esta norma funciona como un manual para que los trámites de beneficios previsionales de personas con incapacidad judicializada sean más claros y coordinados. Es como un paso a paso para que los abogados, curadores y la ANSES trabajen en conjunto sin confusiones. Desde que un juez declara a alguien incapaz y envía la documentación a ANSES, se establecen los procedimientos para gestionar los pagos de sus pensiones o jubilaciones, asegurando que los fondos se depositen en cuentas especiales y que todas las partes estén informadas. Además, si alguien ya había pedido una pensión antes, se deben juntar los trámites para evitar duplicidades. En resumen, la norma busca que estos procesos sean más ordenados, transparentes y ajustados a la ley civil, beneficiando a las personas que necesitan protección especial por su incapacidad.

Autor: I.A.

Sumario generado por IA

La norma establece un procedimiento coordinado entre la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y las Curadurías y Tutorías Públicas, en el marco del acuerdo suscripto en 2002, para la tramitación de beneficios previsionales de personas con incapacidad judicialmente declarada. Se regulan los pasos desde la recepción de oficios judiciales hasta la efectivización de haberes, incluyendo la documentación requerida, la identificación de los responsables, la gestión de depósitos en cuentas judiciales o fiscales, y la comunicación de los movimientos financieros a las partes intervinientes. La normativa también define la unificación de trámites en casos de solicitudes previas y detalla la distribución territorial de las Curadurías y las cuentas bancarias correspondientes, en consonancia con el Código Civil y Comercial (Ley Nº 26.994).

Autor: Inteligencia Artificial

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