Resolución N° 236/2002

Tipo
Resolución
Número
236/02
Organismo
ANSeS
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
04/04/2002
Publicación en el BO
10/04/2002
Nombre
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución N ° 236/2002 Bs. As., 4/4/2002 VISTO el Decreto N ° 2741 del 26 de diciembre de 1991, ratificado por el artículo 167 de la Ley N ° 24.241; el Decreto N ° 893 del 10 de julio de 2001; ANTES DE LA NÚMEROS N ° 25 del 8 de febrero de 2002, Sus complementarias y modificatorias y CONSIDERANDO: ¿Cuáles son los principios legales y las citas en el VISTO, la configuración de la estructura de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES)? ).Que uno de los objetivos prioritarios de esta conducción, se conforma un cuerpo gerencial coherente, que gestione la técnica y organice operativamente las metas que se encomienden, con el sustento en el pleno conocimiento de la naturaleza de las prestaciones y servicios encomendados a la ANSES, En función de sus recursos humanos y materiales reales. Que al efecto, las máximas categorías de los funcionarios, que se deben seguir y evaluar el desarrollo de su actividad mediante la percepción directa del impacto, el mar en forma lineal o tangencial, las acciones en particular, las áreas operativas con la atención del público, en orden a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción.¿Por qué otra parte? Es imprescindible atenuar los efectos negativos observados en una buena gestión. Los agentes en el servicio en los lugares de gran presión social, y en la base de instrucciones. No contemplan las situaciones contingentes a los que están sometidos. Que consecuentemente, una interacción que propicie una participación y comunicación entre los diversos estamentos de la Organización, conduzca de manera natural un proyecto de fortalecimiento institucional.Que a cuentos finos, es aconsejable establecer un PLAN FORMATIVO ORGANIZACIONAL, en la primera etapa los gerentes de primer y segundo nivel de su situación de la revista en el Organismo a la fecha de la presente, desempeñado durante el período no inferior a 2 ( DOS) semanas al año en una UDAI, Oficina o Delegación de la jurisdicción en la que prestamos servicios o cerca a esta. A partir de la fecha de esta resolución, se aplicará al personal, sin importar el tipo de contratación y / o plazo temporal que la relación con la permanencia en una UDAI, Oficina o Delegación por el plazo de 1 (ONU) mes.¿Cuáles son los finos de implementar lo señalado en los considerandos que anteceden, el Gerente de Prestaciones, la coordinación con los gerentes de primer y segundo nivel y con la Gerencia de Recursos Humanos, según corresponda, el UDAI, Oficina o Delegación asignada y las fechas y horarios de la prestación de servicios, un efecto que le confiere las facultades necesarias para resolver problemas conflictos que se plantean. Que el Gerente de Prestaciones en su carácter de Coordinador del PLAN FORMATIVO ORGANIZACIONAL, debe cursar un informe por un mes vencido los primeros 5 (CINCO) días hábiles subsiguientes a cada uno uno, a la Gerencia General para el seguimiento y control de la actividad en el que Además constará, la planificación del mes siguiente.El primer informe, el 15 de abril de 2002, con la planificación de la segunda quincena de ese mes y el mes de mayo. Que esta primera etapa del PLAN FORMATIVO ORGANIZACIONAL (fase presencial), que será sin perjuicio de los otros tramos de capacidad de carácter general y de especialización que se integra en el futuro y que corresponda a las actividades que resulten en los agentes y los funcionarios de ANSES . Que se presente en el uso de las facultades conferidas por el artículo 3 ° del Decreto N ° 2741/91 y el artículo 36 de la Ley N ° 24.241. Por ello, DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ARTICULO 1 °? Establece el plan FORMATIVO ORGANIZACIONAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) etapa de gerentes de primer y segundo nivel a la fecha del presente, que se desempeñó durante un período no inferior a 2 (DOS) semanas al año en una UDAI, Oficina o Delegación de la lengua en el que prestamos servicios o relacionamos .ARTICULO 2 °? La información personal que se incluye en la fecha de esta resolución, de cualquier grado y / o tipo de contratación y / o plazo temporal de vinculación con ANSES, debe desempeñarse durante un período no inferior a 1 (UN) mes en una UDAI, Oficina o delegación de la ciudadanía. ARTICULO 3 °? Desafnase al Gerente de Prestaciones, Coordinador del PLAN FORMATIVO ORGANIZACIONAL DE ANSES (fase presencial), los términos y las condiciones precisas en los considerandos de la presente, con plenas facultades para resolver cualquier eventual conflicto que pudiere generar en su cuenta.ARTICULO 4 °? La Gerencia General, el seguimiento y el control del PLAN FORMATIVO ORGANIZACIONAL DE ANSES (fase presencial), a través de un informe escrito del Sr. Coordinador, por mes vencido los primeros 5 (CINCO) días hábiles subsiguientes a cada uno uno, en el que Además constará, la planificación del mes siguiente. La única excepción será el primer informe, el 15 de abril de 2002, y el tema de la segunda quincena de ese mes y el mes. de mayo completo.ARTICULO 5 °? Aclárase que el Plan FORMATIVO ORGANIZACIONAL DE ANSES (fase presencial), lo que será sin perjuicio de los derechos de capacitación de carácter general o de especialización que se integra en el futuro y que corresponda a las actividades para los resultados. ARTICULO 6 °? Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y, oportunamente, archívese. ? SERGIO T. MASSA, Director Ejecutivo. mi. 10/4 N ° 379.980 v. 10/4/2002 2 / 2 "

Sumarios

Sumario generado por IA

La resolución establece un Plan Formativo Organizacional para la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), dirigido a gerentes de primer y segundo nivel, con el objetivo de fortalecer la gestión institucional mediante rotaciones en unidades descentralizadas (UDAIs, Oficinas o Delegaciones). La normativa define que estos funcionarios deben realizar una rotación anual mínima de dos semanas en dichas unidades, independientemente de su modalidad contractual, y que durante un mes deben desempeñarse en dichas sedes. Además, se asignan facultades al Gerente de Prestaciones, en calidad de coordinador del plan, para resolver conflictos y elaborar informes mensuales para el seguimiento del proceso. La implementación busca mejorar la interacción, comunicación y eficiencia en la gestión de prestaciones sociales, promoviendo un fortalecimiento institucional y una capacitación continua, sin afectar derechos adquiridos de formación especializada futura.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta resolución busca que los gerentes y funcionarios de la ANSES pasen un tiempo en las oficinas o delegaciones donde atienden al público, para entender mejor cómo funciona el día a día y mejorar su gestión. Piensa en ello como si un gerente de una tienda pasara unos días trabajando en la caja o en el mostrador para entender mejor las necesidades de los clientes y mejorar el servicio. La idea es que, aunque tengan contratos diferentes, todos pasen al menos un mes en esas oficinas para fortalecer su conocimiento y comunicación con el personal y los beneficiarios. Además, el gerente de prestaciones tiene la responsabilidad de coordinar esta rotación, hacer informes mensuales y resolver problemas que puedan surgir. Esto ayuda a que la organización sea más eficiente, con empleados mejor capacitados y una atención más cercana y efectiva para quienes dependen de sus servicios.

Autor: I.A.

Voces

  • seguridad social
  • previsión
  • pensiones

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