Resolución N° 916/98

Tipo
Resolución
Número
916/98
Organismo
ANSeS
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
07/12/1998
Publicación en el BO
18/12/1998
Nombre
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución N ° 916/98 Bs. As., 7/12/98 BO: 18/12/98 Visto el Expediente N ° 024-99-803958757 / 790 del registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), y CONSIDERANDO: Que el artículo 8 °, inciso a) de la Ley 24.156 sistemas de control de la administración financiera y de los sistemas de control del sector público de la ley central y de la administración central de la seguridad social. de los recursos para el pago de las prestaciones para la seguridad social.Que dentro de las citadas condiciones están comprendidas en el régimen previo público en el marco del SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES instituido por la ley 24.241. Que el artículo 190 de la Ley 24.241 encomienda al Poder Ejecutivo remitir al Honorable Congreso de la Nación y de la manera conjunto con el presupuesto general de la administración nacional, un informe detallado de la situación financiera del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, incluyendo la del régimen previsional público desagregado en las diversas prestaciones que lo componen, como así también, las proyecciones financieras de lo menos cinco ejercicios presupuestarios.AESES adoptó una serie de medidas como la creación de un Manual de Procedimientos conformados con las normas claras y por escrito; mejoras en los sistemas informáticos; la nueva política de verificaciones y probatoria de servicios para brindar mayor certeza a la verdadera prestación de los servicios que dan origen a las prestaciones; Los grupos de control en las Unidades de Atención Integral (UDAI) se encargan del control y la validación de la incorporación de las novedades en los sistemas vigentes; el programa de capacitación general a nivel técnico para todo el personal operativo para homogeneizar sus conocimientos sobre los beneficios que la Organización otorga;La red de seguridad social mediante la Resolución N ° 19/94 proporcionará una base con la calidad suficiente para servir de soporte a la actualización permanente de los datos de los pasivos y la carga de ANSES. Que las acciones se encarguen por la Gerencia Control y Prevención del Fraude de ANSES están encaminadas a la verificación de la existencia del titular del beneficio, el derecho de asistencia a la percepción y la cuantía de la prestación de servicios con el ajuste a la aplicación aplicable en la materia previsional .Que la Auditoría General de la Nación en su carácter de órgano rector de los sistemas de control del sector público formuló en el expediente N ° 024-99-80357454-1-790 recomendaciones de los estados contables de esta Administración Nacional y en especial sobre La falta de validación del stock de beneficios previsionales otorgados en su ámbito. La concordancia con la recomendación se realizó, se realizó un operativo de validación de beneficios aplicando las reglas elaboradas por el área Reingeniería de la Gerencia Productos y Servicios, el cual es llevado a cabo por la Gerencia Control y Prevención del Fraude a partir del 7 de septiembre próximo pasado y por un lapso aproximado de 90 días.Que en el mérito a lo que se encuentra, se le da, se le da, se le da, se aconseja, a las gerencias, Operaciones y Servicios, Control y Prevención del Fraude, Sistemas y Telecomunicaciones, Presupuesto y Finanzas, y la Unidad de Auditoría Interna para la realización la operación del informe final que contiene las conclusiones de la validación efectuada. Que se presente en el uso de las facultades conferidas por el artículo 3 ° del Decreto N ° 2741/91 y el artículo 36 de la ley N ° 24.241. Por ello, DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ARTÍCULO 1 ° -Apruébalo el programa de las gerencias de Operaciones, Productos y Servicios, Control y Prevención Seguridad, Sistemas y Telecomunicaciones, Presupuesto y Finanzas y la Unidad de Auditoría Interna para la realización del sistema operativo de validación del stock de beneficios previsionales, incluyendo las acciones encaminadas para su realización. y la contratación del personal necesario para su desarrollo).ARTICULO 2 ° - Encomiéndase a la Gerencia de Control y Prevención del Fraude en la elaboración del informe final que contiene las conclusiones de la validación efectuada. ARTICULO 3 ° -Regístrase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archivese.- Dr. SAUL BOUER, Director Ejecutivo. mi. 18/12 N ° 259.816 v. 18/12/98 2 / 2 "

Sumarios

Sumario generado por IA

La Resolución N° 916/98 de la ANSES establece un programa de validación del stock de beneficios previsionales, en cumplimiento con las disposiciones de la Ley 24.156 y la Ley 24.241. La norma instruye a diversas gerencias y unidades internas a implementar un sistema operativo para verificar la existencia, cuantía y legitimidad de las prestaciones otorgadas, con el fin de fortalecer los controles internos y prevenir fraudes. Además, encomienda a la Gerencia de Control y Prevención del Fraude la elaboración de un informe final con los resultados de la validación, en línea con recomendaciones de la Auditoría General de la Nación, y en ejercicio de facultades delegadas por el marco normativo vigente, incluyendo el Decreto N° 2741/91 y la Ley 24.241.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta resolución básicamente manda a la ANSES a hacer una especie de 'revisión general' de todos los beneficios previsionales que ha otorgado, para asegurarse de que todos sean correctos y que nadie esté cobrando sin derecho. Es como si un banco revisara todas las cuentas para detectar errores o fraudes. Para eso, se crea un sistema y se asigna personal para verificar quiénes están cobrando, cuánto y si tienen derecho. Esto ayuda a que el sistema de jubilaciones sea más confiable y evita que haya pagos indebidos, protegiendo así los recursos del Estado y de los jubilados que realmente corresponden.

Autor: I.A.

Voces

  • jubilacion
  • seguridad social
  • previsión

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