Resolución N° 1160/2005
- Tipo
- Resolución
- Número
- 1160/05
- Organismo
- ANSeS
- Fecha de dictado
- 30/11/2005
- Publicación en el BO
- 06/12/2005
- Nombre
- ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución N ° 1160/2005 Bs. As., 30/11/2005 VISTO el Expediente N ° 024-99-81024053-5-790 del Registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley N ° 24.241 y reglamentaciones, y, CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el VISTO se convierte en un proyecto de Resolución del Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) con el objeto de la implementación de la información. Su historia laboral a través de Internet,Que es, técnicamente, es factible a través de la página "WEB" que esta Administración Nacional posee en INTERNET. Que el ingreso y la aplicación en la cuestión, que tanto el trabajador como el beneficiario, el acceso a dichos servicios las 24 horas de los 365 días del año y en cualquier momento y lugar. Lo que se ha mencionado anteriormente es posible gracias a un trabajo planificado de relevancia, registro y actualización que viene a un cabo durante años ANSES.Que dicho trabajo se encuentra reflejado en la Base Única de Seguridad Social (BUSS), la cual se encuentra conformada por la estructura de los registros, los estados, los datos, los materiales, los datos, las relaciones personales, Sociales o funcionales, como fuente insustituible de identificación. La implementación de los proyectos en cuestión, la utilización de estas alternativas de la comunicación con el ciudadano, la mejora de los resultados de la operación. Que la información que se obtiene con el usuario, no se ha mostrado como sensible, que se trata de las fuentes de acceso público irrestricto.El código único de identificación laboral (CUIL). Que entre las responsabilidades primarias de la GERENCIA NORMATIZACIÓN DE PRESTACIONES Y SERVICIOS se encuentran las de interpretar, analizar y aplicar los principios formales de la misma referir a los procedimientos y los servicios que otorgan Organismo, participar en el diseño y prueba de que informáticos cuando sean necesarios para la aplicación de la normativa y participar en el diseño y la implementación de nuevas prestaciones y servicios elaborando los requisitos informáticos pertinentes y su normatización.Lo que se debe tener en cuenta para tener en cuenta lo que es correcto. Que un cuento efectos, resulta necesario que la Gerencia de Normatización de Prestaciones y Servicios y la Gerencia de Sistemas y Telecomunicaciones tenga en cuenta las normas para el cumplimiento de dicha función. Que la Gerencia Asuntos Jurídicos de ANSES ha tomado la intervención para competir. Que está presente en el uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3 ° del Decreto N ° 2741/91 y el artículo 36 de la Ley N ° 24.241 y el Decreto 106/03.Por ello, archive: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / resoluciones anses InfoLeg / Resolución N ° 1160-2005 ANSES.html EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL MINISTERIO DE TRABAJO, EJEMPLO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ARTÍCULO 1 °? Apruébase la implementación y el funcionamiento en el servicio de la instalación del producto "SISTEMA INTERACTIVO DE REGISTRO INDIVIDUAL (SIRI)" . ARTICULO 2 °? Apruébase la Implementación y puesta en Funcionamiento del aplicativo denominado "OPCION POR EL SISTEMA DE REPARTO A TRAVES DE INTERNET". ARTICULO 3 °? Apruébase la Implementación y puesta en Funcionamiento del aplicativo "CONSULTA A LOS CODIGOS DE Remuneraciones Y DESCUENTOS DEL COMPROBANTE DE PAGO ".ARTICULO 4 °? Establecimiento de acceso a los servicios aplicados, el usuario debe ingresar su Código Único de Identificación Laboral (CUIL) ARTICULO 5 °? Instrumentación a la Gerencia de Normatización de Prestaciones y Servicios a la Gerencia de Sistemas y Telecomunicaciones a instrumentar las medidas necesarias para llevar a cabo a cabo la aplicación de los aplicativos en los artículos 1 °, 2 ° y 3 ° de la presente. ARTICULO 6 °? Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. ? SERGIO T. MASSA, Director Ejecutivo. mi. 6/12 N ° 499.324 v. 6/12/2005 2 / 2 "
Sumarios
Sumario generado por IA
La resolución del 30 de noviembre de 2005 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, mediante la cual la ANSES aprueba la implementación y funcionamiento del Sistema Interactivo de Registro Individual (SIRI), la opción por el sistema de reparto vía Internet y la consulta de códigos de remuneraciones y descuentos, establece la utilización del CUIL como clave de acceso. La normativa se fundamenta en la Ley N° 24.241 y reglamentaciones, promoviendo la digitalización de servicios previsionales mediante plataformas web, garantizando el acceso irrestricto y la protección de datos no sensibles, en línea con la base de datos BUSS y los principios de seguridad y eficiencia en la gestión de información social.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta resolución básicamente dice que la ANSES ha creado y puesto en marcha varias herramientas digitales para que los trabajadores y beneficiarios puedan acceder a su información laboral y previsional por Internet en cualquier momento. Para hacerlo, usan el CUIL, que es como una especie de DNI laboral que identifica a cada persona. Esto significa que ahora puedes consultar tus datos, tus aportes y otros detalles sin tener que ir en persona a una oficina, lo que facilita y agiliza el acceso a la información. Es como si la ANSES hubiera puesto en línea tu historial laboral y tus aportes, para que puedas revisarlos desde tu computadora o teléfono, siempre que tengas tu CUIL. Esto ayuda a que la gestión sea más moderna, segura y eficiente, sin poner en riesgo datos sensibles, ya que solo se comparte información pública y de acceso general.
Autor: I.A.
Voces
- seguridad social
- previsión
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