Resolución Nº 227

Tipo
Resolución
Número
227/99
Organismo
ANSeS
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
12/04/1999
Nombre
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución Nº 227 Bs. Como., 12/4/99. VISTO el Expediente Nº 024-99-80433303-3-790 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), y CONSIDERANDO: Que en el expediente mencionado en el VISTO es la copia autenticada del Acta. que el Organismo Interjurisdiccional de la Nación y de la Provincia elaboró ​​para la corriente del año suscripta por el señor Luis Eduardo GONZALEZ, en representación de esta Administración Nacional.Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de esta Administración Nacional mediante Dictamen Nº 11.928, entendió que, tanto el presupuesto como la fuente de financiamiento aludidos, como los razonables en función de las tareas asignadas al Organismo Interjurisdiccional de la Nación y el gobierno de la Provincia, Creada por la Cláusula Cuarta del Convenio Modificatorio del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de La Rioja al Estado Nacional, ratificada por la Ley Nº 6494/98 de la Provincia de La Rioja y por el Decreto Nº 1321/98 del Poder Ejecutivo Nacional.Que la Unidad Técnica Especial Previsional (UTEP) de esta Administración, hasta el 6 de abril de 1999, informa que el Organismo Interjurisdiccional carece de presupuesto, que ha perjudicado su normal desenvolvimiento y conspira, en definitiva, contra el interés directo de ANSeS. UTEP solicita, como medida de carácter urgente y de excepción, adelantar los fondos necesarios para integrar la participación del Estado Nacional comprometido por el Acta citada en el primero de los Considerandos. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, por Dictamen Nº 12.141 de fecha 14 de abril de 1999, no formuló una objeción en contra de un adelanto a la vez que recomendó la intervención que corresponde a la Secretaría de Seguridad Social.Que, en consecuencia, se dicte el acto administrativo pertinente. La presente resolución se traduce en el uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91 y por el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ARTICULO 1º? Convalídase lo actuado por el señor Luis Eduardo GONZALEZ (DNI Nº 14.273.713), en representación de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), al suscribir el Acta del 4 de enero de 1999 en el seno del Organismo Interjurisdiccional de la Nación y la Provincia, en tanto se refiere al Presupuesto de Gastos de Financiamiento del Organismo Interjurisdiccional de la Nación y de la Provincia. Se trata de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS ($ 747.396.-), y se acordó que el Estado Nacional soporte el CINCUENTA por ciento (50%) del total de ese presupuesto.ARTICULO 2º? Anticípese al Organismo Interjurisdiccional de la Nación y la Provincia, la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO ($ 373.698.-) para ayudar a solventar la CINCUENTA Porcentaje (50%). Curso y estética, en definitiva, a lo que resuelva la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL a este respecto. ARTICULO 3º? Infórmese a la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL y requiera una información precisa sobre el estado nacional, la suma comprometida.ARTICULO 4º? Gírese las actividades a la Gerencia de Presupuesto y Finanzas a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2º de la presente Resolución. ARTICULO 5º? Regístrese, comuníquese, hágase sabre al GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA y la SECRETARIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL DEL REGISTRO NACIONAL Publicación, y archivese.? Lic. LEOPOLDO VAN CAUWLAERT, Director Ejecutivo.mi. 23/4 Nº 274.475 v. 23/4/99

Sumarios

Sumario generado por IA

La resolución valida la actuación de un representante de la ANSeS en la firma de un acta interjurisdiccional, autorizando un adelanto financiero para la participación del Estado Nacional en el financiamiento del Organismo Interjurisdiccional de La Rioja. Se aprueba un desembolso de fondos equivalente al 50% del presupuesto acordado, con instrucciones para su ejecución y comunicación a las partes involucradas, en un marco de competencia y facultades delegadas por la normativa vigente, incluyendo el Decreto Nº 2741/91 y la Ley Nº 24.241. La resolución busca garantizar la disponibilidad presupuestaria y el cumplimiento de los compromisos financieros asumidos en el convenio de transferencia del sistema previsional provincial, en un contexto de coordinación interjurisdiccional y financiamiento compartido.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta resolución básicamente aprueba que un representante de la ANSeS firmó un acuerdo con la provincia de La Rioja para financiar parte del sistema de seguridad social. Como la provincia no tenía fondos en ese momento, la ANSeS decidió adelantarle la mitad del dinero acordado para que pueda cumplir con sus compromisos. Esto es como cuando alguien pide un préstamo para pagar una deuda importante y la institución que lo presta aprueba el adelanto, siempre y cuando esté dentro de las reglas y autorizaciones legales. La medida busca asegurar que los fondos estén disponibles y que el acuerdo se cumpla, garantizando que el dinero llegue a tiempo y en forma, para que la provincia pueda seguir brindando servicios sociales sin interrupciones.

Autor: I.A.

Voces

  • seguridad social
  • previsión

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