Régimen Especial para Investigadores Científicos y Tecnológicos.Decreto N° 160/05 - Resolución SSS N° 41/05-Resolución D.E. N° 754/05 procedimiento para su tramitación en la Unidad de Resolución de trámite Centralizados "A","B" y "C"

Tipo
Prev
Número
33-02
Organismo
ANSeS

"Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Vigencia: 09/12/2015 PREV-33-02 nvestigadores CCCCientíficos y Especial para Investigadores Régimen Especial para I Régimen ientíficos y nvestigadores Especial para I Régimen Régimen Especial para I nvestigadores ientíficos y ientíficos y TTTTecnológicos ecnológicos ecnológicos ecnológicos 160/05 ---- Resolución SSS Nº 41/05 DDDDecreecreecreecretotototo NNNN°°°° 160/05 Resolución SSS Nº 41/05 ---- Resolución SSS Nº 41/05 160/05 160/05 Resolución SSS Nº 41/05 Resolución D.E. Nº 754/05 Resolución D.E. Nº 754/05 Resolución D.E. Nº 754/05 Resolución D.E. Nº 754/05 Procedimiento p su tramitación en la la la la UUUUnidad de Procedimiento para ara ara ara su tramitación en nidad de su tramitación en Procedimiento p Procedimiento p su tramitación en nidad de nidad de esolución de Trámites Centralizados "A", "B" y "C" RRRResoluci ón de Trámites Centralizados "A", "B" y "C" esoluci esoluci ón de Trámites Centralizados "A", "B" y "C" ón de Trámites Centralizados "A", "B" y "C" I.I.I.I. Objetivo Objetivo Objetivo Objetivo Fijar las pautas a las que se debe ajustar la Unidad de Resolución de Trámites Centralizados "A", "B" y "C", dependiente de la Dirección de Trámites Complejos, para la aplicación del suplemento "Régimen Especial para Investigadores Científicos y Tecnológicos" establecido por Decreto Nº 160/05 - Resolución SSS Nº 41/05 ? Resolución DE Nº 754/05.II.II.II.II. Alcance Alcance Alcance Alcance Desde la recepción en la Unidad de Resolución de Trámites Centralizados "A", "B" y "C" de un expediente solicitando una prestación o reajuste en el marco de lo establecido en el Dto. Nº 160/05 "Régimen Especial para Investigadores Científicos y Tecnológicos" hasta su resolución y liquidación para su puesta al pago.Consideraciones Generales III. Consideraciones Consideraciones Consideraciones Generales III. Generales Generales III.III.El Decreto Nº 160 del 25 de febrero de 2005 crea el suplemento "Régimen Especial para Investigadores Científicos y Tecnológicos", a fin de abonar a los titulares de derecho la diferencia entre el monto del haber otorgado en el marco de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias y el porcentaje establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 22.929 y sus modificatorias, considerando a tales fines los requisitos de edad y años de servicios exigidos en el artículo 3º y 4º de esta última.Asimismo establece que los investigadores científicos y tecnológicos a que refiere el artículo 1º de la Ley Nº 22.929 y sus modificatorias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de dicho decreto, deberán aportar una alícuota diferencial del DOS POR CIENTO (2%) por sobre el porcentaje vigente de acuerdo al SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) - Ley Nº 24.241 y sus modificatorias, este aporte se aplicará a partir de las remuneraciones correspondientes al mes de mayo de 2005.La Secretaria de Seguridad Social en cumplimiento de lo encomendado en el artículo 3º del Decreto Nº 160/05, dictó la Resolución Nº 41 del 11 de mayo de 2005, estableciendo las pautas para la aplicación de las disposiciones de dicho decreto, delegando en esta Administración Nacional el dictado de las normas operativas necesarias para la implementación del suplemento creado por el aludido decreto.1/10 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Vigencia: 09/12/2015 PREV-33-02 Los expedientes correspondientes a solicitudes de prestaciones o reajustes en el marco de este régimen especial iniciados en las UDAI y recepcionados en la UNIDAD DE RESOLUCION DE TRAMITES CENTRALIZADOS, deberán ser trabajados observando las pautas de determinación de derecho y haber establecidos en la PREV-11-50 "RÉGIMEN ESPECIAL PARA INVESTIGADORES CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DTO. N° 160/05 - RESOLUCION SSS Nº 41/05 - RESOLUCION D.E. 754/05".2/10 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Vigencia: 09/12/2015 PREV-33-02 Flujograma de de de de MMMMacronivel IV. Flujograma IV. acronivel Flujograma IV. IV. Flujograma acronivel acronivel Mesa de Entradas/ Archivo Circuito Recepción y Distribución Expedientes Expediente Unidad de Resolución de Trámites Centralizados "B" Cómputos ¿Jubilación o Pensión? No 1 Coordinación Asuntos Juridicos Si Recibe Expediente Analiza Expediente Controla Expediente 6 ¿Doc. completa y correcta? No Si Circuito Deberá ¿Invalidez? No Si ¿Pensión? Si No ¿Posee dictamen médico? ¿Corresponde acreditar vinculo? sI Remite Recibe Descarga Dictamen Si No Anexa ¿Dictamen mayor o igual al 66%? Si Expediente Dictamen No 2 Expediente Expediente Circuito Acreditación de Vinculo Recibe Remite Expediente Expediente ¿Vinculo acreditado? No Circuito Supervisión Denegatoria y Protocolización No Si 3 3/10 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Vigencia: 09/12/2015 PREV-33-02 Unidad de Resolución de Trámites Centralizados "B" Mesa de Entradas/Archivo Cómputos 3 2 ¿Corresponde realizar probatoria de servicios? Si No Analiza Expediente Circuito Probatoria ¿Tiene derecho? No Cambia estado (SGT) Estado 05 Expediente Si ¿Posee aporte adicional del 2%? No Circuito Deberá Circuito Supervisión, Denegatoria y Protocolización Si ¿Presenta renuncia definitiva? No ¿Presenta renuncia condicionada? No Estado 47 Cambia estado (SGT) Expediente Si Notifica al ente donde presto servicios Circuito Notificación Liquida. PRPA Imprime Cálculos Anexa Expediente Cálculos 4 4/10 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Vigencia: 09/12/2015 PREV-33-02 Coordinación Asuntos Juridicos Unidad de Resolución de Trámites Centralizados "B" Cómputos 1 Recibe Expediente Controla Expediente ¿Es una solicitud de simultaneidad con ley 26.508? No Si Analiza Expediente Si No ¿Es un acrecimiento? No ¿Correponde otorgar reajuste? ¿Cuenta con la documentación requerida? No ¿Corresponde acreditar vinculo? Si Remite Recibe Expediente Expediente Circuito Acreditación de Vinculo Recibe Remite Expediente Expediente ¿Vinculo acreditado? No Circuito Supervisión Denegatoria y Protocolización Cambia estado No (SGT) Expediente Circuito Supervisión, Denegatoria y Protocolización Si ¿Cumple con los requisitos de servicios y edad? Circuito Deberá Si Si ¿Cuenta con la documentación necesaria? Si No Baja beneficio coparticipe Expediente Realiza cálculos (manualmente) Modifica beneficio del coparticipe Expediente Expediente No Si Imprime Cálculos 5 5/10 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Vigencia: 09/12/2015 PREV-33-02 Unidad de Resolución de Trámites Centralizados "B" Dirección de Control prestacional Control de liquidación y red de grupos móviles Computos 5 LMN Resumen Reso (1) Reso (2) Reso (3) Reso (4) Adjunta Expediente PPal Resumen Reso (1) Reso (2) Reso (3) Reso (4) OS 4 ¿Monto a pagar mayor a $200.000? Si Remite Recibe Expediente Expediente Analiza Recibe Remite No Expediente Expediente Cumplimenta observación Si ¿Tiene observación? Expediente No Circuito Supervisión, Denegatoria y Protocolización Circuito de Notificación 6/10 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Vigencia: 09/12/2015 PREV-33-02 etalle de TTTTareas V.V.V.V. DDDDetalle de areas etalle de etalle de areas areas Gestión de Beneficios Gestión de Beneficios Gestión de Beneficios Gestión de Beneficios Computista Computista Computista Computista 1. Completado el Circuito Recepción y Distribución de Expedientes Circuito Recepción y Distribución de Expedientes analiza el trámite Circuito Recepción y Distribución de Expedientes Circuito Recepción y Distribución de Expedientes asignado y si se trata de: 1.1. Jubilación o Pensión, sigue en 2.1.2. Reajuste, sigue en 11.JUBILACIÓN O PENSIÓN JUBILACIÓN O PENSIÓN JUBILACIÓN O PENSIÓN JUBILACIÓN O PENSIÓN 2. Verifica que la documentación se encuentre en un todo de acuerdo con la normativa vigente y si: 2.1. La documentación se encuentra completa y correcta, continúa en punto 3.2.2. La documentación se encuentra incompleta y/o incorrecta, procede con Circuito Deberá. Circuito Deberá Circuito Deberá Circuito Deberá 3. Verifica qué tipo de prestación se trata, pudiendo ocurrir que se trate de una 3.1. IIIInvalidez nvalidez, verifica si en el expediente obra dictamen médico y si: nvalidez nvalidez 3.1.1. Posee dictamen médico, sigue en 3.1.3.3.1.2. No posee dictamen médico, descarga dictamen del SADIL, lo agrega al expediente principal y sigue en 3.1.3.3.1.3. Verifica la incapacidad determinada en el dictamen y si: 3.1.3.1. La incapacidad es mayor o igual al 66%, sigue en 4 3.1.3.2. La incapacidad es menor al 66%, ingresa al ANME, cambia el estado del expediente a 05-Denegado y sigue en 10.3.2. Pensión Pensión, verifica si corresponde realizar acreditación de vinculo y si : Pensión Pensión 3.2.1. Corresponde realizar acreditación de vinculo, procede con el Circuito de Circuito de Circuito de Circuito de Acreditación de Vínculo Acreditación de Vínculo Acreditación de Vínculo Acreditación de Vínculo 3.2.1.1. Vinculo acreditado, sigue en 4.7/10 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Vigencia: 09/12/2015 PREV-33-02 3.2.1.2. Vinculo no acreditado, ingresa al ANME cambia el estado del expediente a 05-Denegado y sigue en 10.3.2.2. No corresponde acreditación de vínculo, sigue en 4.3.3. Jubilación Jubilación, sigue en 4. Jubilación Jubilación 4. Verifica si corresponde realizar probatoria de servicios y si: Circuito Probatoria de Servicios y 4.1. Corresponde realizar probatoria, completa el Circuito Probatoria de Servicios Circuito Probatoria de Servicios Circuito Probatoria de Servicios sigue en el punto 5 4.2. No corresponde realizar probatoria, continúa en 5.5. Analiza el expediente verificando si el titular acredita derecho a la prestación solicitada y si: 5.1. Acredita derecho, sigue en 6.5.2. No acredita derecho cambia el estado del expediente en ANME a 05-Denegado y sigue en 10.6. Analiza si posee aporte adicional del 2% y si: 6.1. Posee aporte adicional, sigue en 7.6.2. No posee el aporte adicional, inicia el Circuito Deberá Circuito Deberá. Circuito Deberá Circuito Deberá 7. Verifica si posee Renuncia Condicionada o Cese Definitivo y si : 7.1. Posee Renuncia Condicionada, notifica al empleador el otorgamiento de la prestación y sigue en 8.7.2. Posee Cese Definitivo, sigue en 8.7.3. No posee Renuncia Condicionada o Cese definitivo, modifica el estado del expediente en ANME por 47- Espera cese de actividad y procede con Circuito Circuito Circuito Circuito Deberá Deberá Deberá Deberá 8. Liquida la prestación por Sistema PRPA 9. Imprime y agrega al expediente el cálculo realizado en punto anterior, sigue en 19.10. Eleva jerárquicamente para proceder con el circuito de Supervisión y Protocolización.8/10 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Vigencia: 09/12/2015 PREV-33-02 REAJUSTES REAJUSTES REAJUSTES REAJUSTES 11. Controla expediente y si se trata de una: 11.1. Solicitud de reajuste con cese definitivo, sigue en 12.11.2. Solicitud de reajuste por Simultaneidad Ley Nº 26.508, sigue en 12.11.3. Solicitud de Acrecimiento, sigue en 14 11.4. Solicitud de Inclusión, siguen en 16 12. Analiza el expediente y verifica la documentación presentada y si: 12.1. La documentación se encuentra correcta y completa, sigue en 13 12.2. La documentación se encuentra incorrecta e/o incompleta, procede con el Circuito Deberá Circuito Deberá Circuito Deberá Circuito Deberá 13. Verifica si acredita el derecho al reajuste solicitado y si 13.1. Acredita derecho, sigue en 18 13.2. No tiene derecho al reajuste, sigue en 20 14. Analiza el expediente y verifica la documentación presentada para el Acrecimiento y si 14.1. La documentación se encuentra correcta y completa sigue en 15.14.2. La documentación se encuentra incorrecta e/o incompleta, procede con el Circuito Deberá Circuito Deberá Circuito Deberá Circuito Deberá 15. Verifica el derecho al Acrecimiento y si: 15.1. Acredita derecho al Acrecimiento: 15.1.1. Recalcula los importes de los coparticipes que acrecieron sus haberes en función a los nuevos porcentajes de coparticipación.15.1.2. Realiza la baja en el copartícipe sin vigencia y continúa en 18.15.2. No acredita derecho al Acrecimiento, modifica el estado del expediente en ANME a 05-Denegado y sigue en 20.16. Verifica si corresponde realizar acreditación de vínculo y si: 9/10 www.diarioprevisional.com.ar " "Año del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" 2015 Vigencia: 09/12/2015 PREV-33-02 16.1. Corresponde acreditación de vínculo, procede con el Circuito de Circuito de Circuito de Circuito de Acreditación de Vínculo Acreditación de Vínculo. Acreditación de Vínculo Acreditación de Vínculo 16.1.1. Vínculo acreditado sigue en 17.16.1.2. Vínculo no acreditado, ingresa al ANME cambia el estado del expediente a 05-Denegado y sigue en 20.16.2. No corresponde acreditación de vínculo, sigue en 17.17. Analiza si cumple con los requisitos para la Inclusión y si 17.1. Cumple con los requisitos, genera el alta en el sistema para el nuevo copartícipe, realiza las modificaciones, de corresponder, en el beneficio de cada uno de los copartícipes que se encontraban percibiendo la prestación y sigue en 18.17.2. No cumple con los requisitos, modifica estado en SGT ? 05 Denegado y continúa en 20 18. Ingresa las novedades en el sistema LMN 19. Verifica si corresponde liquidar un monto mayor a $ 200.000 y si 19.1. Corresponde pagar un monto mayor a $200.000: 19.1.1. Remite el expediente a Dirección de Control Prestacional ? Control de Liquidación y Red de Grupos Móviles 19.1.2. Recepcionado el expediente remitido en el punto 19.1.1, verifica si posee observación y si 19.1.2.1. Posee observación, cumplimenta de acuerdo a lo observado y vuelve a 19.1.1.19.1.2.2. No posee observación, continúa en 20.19.2. No corresponde liquidar un monto mayor a $200.000, continúa en el punto 20.20. Eleva jerárquicamente para completar el Circuito Supervisión, Denegatoria y Circuito Supervisión, Denegatoria y Circuito Supervisión, Denegatoria y Circuito Supervisión, Denegatoria y Protocolización. Protocolización. Protocolización. Protocolización.10/10 www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Explicación asistida por IA

Esta norma explica cómo los organismos de seguridad social deben gestionar las solicitudes de beneficios para investigadores científicos y tecnológicos, desde que reciben un expediente hasta que se realiza el pago. Incluye pasos claros para verificar documentación, determinar si la persona cumple con los requisitos, acreditar vínculos laborales, calcular montos y realizar ajustes. En términos sencillos, es como un manual paso a paso para asegurarse de que los investigadores reciban lo que les corresponde, siguiendo reglas precisas y procedimientos administrativos ordenados.

Autor: I.A.

Sumario generado por IA

La norma establece el procedimiento y las pautas para la aplicación del suplemento 'Régimen Especial para Investigadores Científicos y Tecnológicos' creado por el Decreto N° 160/05. Define el alcance desde la recepción de solicitudes en las unidades de trámite centralizadas hasta su resolución, incluyendo criterios de evaluación de documentación, acreditación de vínculos, derechos, y cálculos de beneficios, así como los circuitos administrativos para reajustes, invalidez, pensiones y jubilaciones, asegurando la correcta liquidación y pago de las prestaciones conforme a la normativa vigente y los requisitos específicos del régimen especial.

Autor: Inteligencia Artificial

Voces

  • investigadores cientificos

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