Resolución Nº 352/2006

Tipo
Resolución
Número
352-2006/06
Organismo
ANSeS
Área
ARBITRO DEL MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
02/05/2006
Nombre
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución Nº 352/2006 Bs. As., 2/5/2006 VISTO el Expediente Nº 024-99-81024920-6-790 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), el Decreto Nº 2741 del 26 de diciembre de 1991, ratificado por el artículo 167º de la Ley Nº 24.241, la Resolución D.E. -N Nº 1127 del 02 de noviembre de 2004, y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución D.E. -N Nº 1127/04 se aprobó el desarrollo en sus distintas etapas del Sistema Iniciación, Cómputo y Ajuste (SICA) conforme a los parámetros y etapas detalladas en su ANEXO I.Que por la Resolución mencionada en forma precedente, se encomendó a las Gerencias Prestaciones, Sistemas y Telecomunicaciones, Normatización de Prestaciones y Servicios y Control, en el marco de sus respectivas competencias, el cumplimiento de las acciones encaminadas al desarrollo e implementación de la totalidad de las etapas previstas en su ANEXO I.Que en agosto de 2004 se concretaron las acciones de formación destinadas a presentar el Sistema SICA y a capacitar sobre las funcionalidades correspondientes al primer módulo del mismo: "Determinación de Derecho en PBU-PC-PAP, Edad Avanzada, Reconocimiento de Servicios para Reparto y Capitalización, Retiro Transitorio por Invalidez y Pensiones Directa por Reparto".Que se ha generado el contexto necesario a través de las sucesivas etapas de implementación, para la incorporación definitiva de la denominada "marca de derecho" en el Sistema SICA.Que todos los Jefes de UDAI de las respectivas Unidades, han completado un formulario para el relevamiento sobre la utilización del sistema "SICA" indicando que a la fecha están aplicando el módulo determinación de derecho.Que de acuerdo al informe de fecha 14 de febrero de 2006 presentado a la Gerencia Prestaciones de acuerdo a las visitas de asistencia realizadas en las UDAI, el rol "iniciador" se encuentra "aplicando en su totalidad el módulo SICA Determinación de Derecho, en cada una de las solicitudes previsionales antes de dar de alta las mismas en ANME" y, que han sido vehiculizadas todas las consultas y observaciones correspondientes al mencionado módulo de Determinación de Derecho.Que en consecuencia corresponde formalizar la incorporación definitiva para todas las UDAI de la red operativa dependiente de la Gerencia Prestaciones, de una marca por sistema obligatoria en el cruce de los sistemas SICA y ANME.Que por lo expuesto, procede dictar el acto administrativo pertinente.Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741/ 91 y el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ARTICULO 1º ? Considérese implementada la incorporación al sistema SICA de una "Marca de Derecho" que imposibilite caratular expedientes, si previamente no se declaró la cantidad de años de servicios y la edad necesaria para acceder a la prestación solicitada en el módulo "Determinación de Derecho" de dicho sistema.ARTICULO 2º ? Utilícese de manera obligatoria el Sistema SICA de acuerdo a lo aprobado en el artículo anterior, en todas las Unidades de Atención Integral (UDAI) y sus oficinas dependientes, en los siguientes tipos de trámites: 004, 008, 157, 159, 834, 855 y 924.ARTICULO 3º ? Encomiéndese a las Gerencias Prestaciones, Sistemas y Telecomunicaciones, Normatización de Prestaciones y Servicios y Control, en el marco de sus respectivas competencias, la ejecución de las acciones necesarias para dar cumplimiento dispuesto en el artículo precedente. ARTICULO 4º ? Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. SERGIO T. MASSA, Director Ejecutivo.e. 10/5 Nº 512.205 v. 10/5/2006

Sumarios

Sumario generado por IA

La resolución establece la incorporación obligatoria de una 'Marca de Derecho' en el Sistema Iniciación, Cómputo y Ajuste (SICA) de la ANSES, que impide la tramitación de expedientes sin la declaración previa de los años de servicios y la edad requeridos para la prestación solicitada en el módulo 'Determinación de Derecho'. Además, determina que esta marca debe aplicarse en ciertos trámites específicos en todas las Unidades de Atención Integral (UDAI). La normativa enmarca la implementación en el marco de las facultades del Decreto Nº 2741/91 y la Ley Nº 24.241, delegando en las gerencias correspondientes las acciones necesarias para su cumplimiento.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma manda que en el sistema digital SICA, que usan las oficinas de la seguridad social, se agregue una marca o señal que indique si la persona cumple con los requisitos básicos (como años de trabajo y edad) para acceder a una pensión o beneficio. Sin esta marca, no se puede tramitar la solicitud. Es como si en un formulario digital se colocara un sello que dice 'cumple requisitos', y sin ese sello, no se puede seguir con el trámite. Esto ayuda a que las decisiones sean más rápidas y seguras, evitando errores o trámites innecesarios. La medida se aplica en varias gestiones específicas y en todas las oficinas, y las gerencias responsables deben asegurarse de que esto se implemente correctamente.

Autor: I.A.

Voces

  • seguridad social
  • previsión
  • jubilacion

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