Resolución Nº 601/2011

Tipo
Resolución
Número
601/11
Organismo
ANSeS
Área
ARBITRO DEL MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
10/11/2011
Publicación en el BO
17/11/2011
Nombre
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/akM3ZWE1cG9xOGc9 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución Nº 601/2011 Bs. As., 10/11/2011 VISTO el Expediente Nº 024-99-81302794-8-790 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), el Decreto Nº 229 de fecha 8 de marzo de 2000, la Resolución D.E.- N Nº 490 de fecha 29 de abril de 2003, la Resolución D.E.-A Nº 865 de fecha 7 de agosto de 2003, la Resolución D.E.-A Nº 1186 de fecha 18 de noviembre de 2004 y la Resolución D.E.-N Nº 511 de fecha 17 de mayo de 2004 y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita un proyecto de Resolución por el cual se implementa en todo el ámbito de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) una nueva CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO (CCC) que actualiza e incorpora diferentes estándares en materia de prestaciones y servicios orientados a la población.Que el Decreto Nº 229/00 creó el Programa CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO con el objeto de instrumentar compromisos de servicio por parte de los organismos públicos, donde se informen las condiciones y modalidades operativas de las prestaciones así como los derechos que asisten a los ciudadanos.Que por Resolución D.E.-N Nº 490/03 se implementó la primera CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO en el ámbito de ANSES.Que por la misma Resolución se aprobó el procedimiento del Canal de Comunicación con el Ciudadano como una herramienta a través de la cual el ciudadano puede solicitar la activación de su trámite si hubiese superado el plazo previsto en la CCC, presentar sugerencias y/o quejas referidas al procedimiento de atención o resolución de su caso.Que a su vez la Resolución D.E.-A Nº 865/03 aprobó un esquema inicial de seguimiento de los estándares y compromisos definidos en la CCC que se ha ido mejorando a partir de las experiencias aprendidas.Que asimismo por Resolución D.E.-N Nº 1186/04 se implementó la segunda CCC en el Organismo, actualizando los estándares operativos en los servicios y prestaciones y como así también readecuando los ya existentes.Que transcurrido más de seis años desde la vigencia de la segunda CCC resulta oportuno reactualizar los compromisos de ANSES ante la ciudadanía, teniendo en cuenta los cambios ocurridos en materia de Página 1 https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/akM3ZWE1cG9xOGc9 servicios y beneficios que administra actualmente esta Administración, en especial luego de la promulgación de la Ley 26.425 que reguló el traspaso del Sistema de Capitalización al ámbito público, el Decreto 1602/09 que crea la Asignación Universal por Hijo y el Decreto 446/11 que propicia la cobertura de la Asignación por Embarazo para Protección Social.Que a su vez el PLAN ESTRATEGICO de ANSES 2009-2011 tiene entre sus objetivos centrales una política de modernización a través de la que se asumen compromisos de innovación, los cuales fueron definidos con el consenso de todas las áreas del Organismo y que redundan en una mejora en la calidad de atención al Ciudadano, que a su vez son contemplados en cada uno de los estándares definidos en esta nueva CCC.Que consecuentemente dichos objetivos son desagregados operativamente en los Planes Operativos Anuales y en los Compromisos de Resultados de Gestión de cada una de las áreas de ANSES.Que la modernización del Estado prevé la gestión por resultados, la transparencia de la gestión, la participación ciudadana y la utilización creciente de la tecnología para mejorar la prestación de los servicios.Que, en este orden de ideas, resulta oportuno efectuar distintos ajustes en la normativa tendientes a mejorar los procesos de evaluación de la CCC y al mismo tiempo adecuarlos a la actual estructura orgánico-funcional del Organismo.Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91 y el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ARTICULO 1º — Impleméntase en todo el ámbito de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL la tercera CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO (CCC), que como ANEXO I integra la presente en función de lo expuesto en los Considerandos precedentes.ARTICULO 2º — Establécese que la tercera CCC entrará en vigencia a partir del primer día hábil del mes posterior a la firma de la presente Resolución.ARTICULO 3º — Dispónese que todas aquellas áreas que tengan responsabilidad en cuanto a los procesos y los estándares comprometidos en la tercera CCC deberán proporcionar la información pertinente a la Gerencia Planeamiento, con la periodicidad definida en cada estándar, para la confección de reportes e informes.ARTICULO 4º — La Gerencia Planeamiento, a través de la Gerencia Control de Gestión, estará a cargo del análisis del nivel de cumplimiento de los compromisos en base a la información remitida por las Página 2 https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/akM3ZWE1cG9xOGc9 gerencias, sin perjuicio de dejar sentado que en lo referente a los datos remitidos resulta de aplicación el criterio previsto en el Artículo 1º de la Resolución D.E.-A Nº 512/03, siendo la gerencia remitente de la información responsable por los datos consignados.ARTICULO 5º — La metodología de evaluación de los compromisos asumidos en la CCC estará regulada en función de lo establecido en la Resolución D.E.-A Nº 864/03 y los acuerdos que se arriben en conjunto con la Secretaría de Gabinete y Gestión Publica dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros.ARTICULO 6º — Dispónese que la Gerencia Secretaría General preverá la política de comunicación tendiente a facilitar el conocimiento por parte de la ciudadanía de los compromisos asumidos en la tercera CCC.ARTICULO 7º — La Gerencia Atención de Reclamos Prestacionales, dependiente de la Gerencia Prestaciones Centralizadas de la Subdirección de Prestaciones, estará a cargo del Canal de Comunicación con el Ciudadano de ANSES. Los trámites que pueden ser objeto de tratamiento por este Canal son aquellos previstos en el Anexo I de la presente.ARTICULO 8º — Deróganse los artículos 5º, 6º, 7º y 10 de la Resolución D.E.-A Nº 490/03.ARTICULO 9º — Abróganse las Resoluciones D.E.-A Nº 865/03 y D.E.-N Nº 511/04.ARTICULO 10. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y, oportunamente, archívese. — Lic. DIEGO LUIS BOSSIO, Director Ejecutivo.NOTA: El Anexo I no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar e. 17/11/2011 Nº 151074/11 v. 17/11/2011 Fecha de publicacion: 17/11/2011 Página 3

Sumarios

Sumario generado por IA

La Resolución Nº 601/2011 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en el ámbito de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), implementa la tercera versión de la Carta Compromiso con el Ciudadano (CCC), estableciendo un marco de responsabilidad y estándares de calidad en la atención y prestación de servicios. La norma actualiza y refuerza los mecanismos de comunicación, evaluación y control de los compromisos asumidos por las distintas áreas del organismo, en línea con la política de modernización, transparencia y participación ciudadana. Se derogan normativas previas (artículos 5º, 6º, 7º y 10 de la Resolución DE-A Nº 490/03 y las Resoluciones DE-A Nº 865/03 y DE-N Nº 511/04), consolidando un sistema de gestión de calidad y atención al usuario basado en la evaluación del cumplimiento de los estándares de servicio, con la responsabilidad en la Gerencia de Atención de Reclamos Prestacionales y la supervisión por la Gerencia Control de Gestión, en concordancia con la normativa de la Ley 24.241 y el Decreto 2741/91.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta resolución básicamente dice que la ANSES ha actualizado su compromiso de mejorar la atención a los ciudadanos, asegurando que todos los departamentos cumplan con ciertos estándares de calidad y responsabilidad en sus servicios. Es como si la institución firmara un acuerdo para ser más transparente y eficiente, y además, establece quién se encarga de verificar que se cumpla y cómo comunicar estos avances a la gente. En la práctica, esto significa que si usted hace un trámite o presenta una queja, la ANSES tiene que responder en los plazos y formas acordadas, y debe informar claramente los compromisos que asume para mejorar su atención. También se eliminan algunas reglas anteriores para unificar y fortalecer este sistema de atención y control, con el objetivo de que los beneficiarios tengan una experiencia más confiable y transparente en sus gestiones con la seguridad social.

Autor: I.A.

Voces

  • seguridad social
  • previsión
  • jubilacion

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