Resolución Nº 1012/2010
- Tipo
- Resolución
- Número
- 1012/10
- Organismo
- ANSeS
- Área
- ARBITRO DEL MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 27/12/2010
- Publicación en el BO
- 05/01/2011
- Nombre
- ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/WnZlMVBEeW9ReFk9 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1012/2010 Bs. As., 27/12/2010 VISTO el Expediente Nº 024-99-81284464-0-790 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el VISTO tramita un proyecto de resolución que aprueba un esquema de planificación para administrar las prestaciones y servicios pasibles de ser atendidas durante el mes de enero de 2011 por las unidades de atención al público de este organismo. Que esta Administración Nacional, con el fin de lograr la recuperación psicofísica del trabajador, debe otorgar las correspondientes licencias por vacaciones a su personal, de acuerdo a lo dispuesto en el Plan de Licencia Anual Reglamentaria 2010. Que, como consecuencia de lo expuesto en el considerando anterior, resulta imprescindible elaborar un Plan Integral de atención de los trámites que se gestionarán durante este período, atendiendo como fundamento en la naturaleza alimentaria, asistencial y prioritaria de las prestaciones y servicios que este organismo administra. Que en esa inteligencia, en función de las prioridades administrativas y funcionales asignadas, corresponde esquematizar los grupos de atención al público durante este período de modo de no afectar el despacho resolutivo de las coberturas asistenciales, adecuándolo a la capacidad operativa de las distintas dependencias de esta Administración. Que, en concordancia con las circunstancias descriptas, la recepción de trámites relacionados con solicitudes de jubilaciones, pensiones, reconocimientos de servicios y aquellos reclamos derivados de tales beneficios, como así también los trámites de Asistencia Previsional, Subsidio de Contención Familiar web, todos los trámites correspondientes a las Areas Prestaciones Activas y Beneficiarios que se encuentran previstos en el sistema de turnos, estará condicionada a la capacidad operativa disponible en cada Unidad de Atención. Que, en cuanto a las restantes prestaciones y servicios brindados por las Unidades de Atención, y sólo durante el mes de enero de 2011, se dará curso exclusivamente a los trámites que se mencionan a continuación: acreditación de datos en el Sistema Base Administrador de Personas (ADP), recepción de apoderamiento para el cobro de un beneficio previsional, cambio de Obra Social, trámites correspondientes a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y Asignaciones Familiares Extraordinarias —sólo novedades producidas en los meses de enero de 2009, octubre y noviembre de 2010—, generación de Clave Unica de Identificación Laboral (CUIL) y Clave de Seguridad Social. Que, en relación con la tramitación de las prestaciones cuya recepción se halla suspendida por parte de las Areas citadas, debe establecerse que los días hábiles comprendidos en el mes de enero de 2011 no serán computables a los fines de los plazos procesales administrativos. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) ha tomado la intervención que le compete mediante el dictamen pertinente. Que en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente.Página 1 Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91 y el artículo 36 de la Ley Nº 24.241. Por ello, https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/WnZlMVBEeW9ReFk9 EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ARTICULO 1º — Establécese que a partir del día 3 y hasta el día 31 de enero del año 2011, todas las áreas funcionales de atención de público dependientes de la GERENCIA PRESTACIONES CENTRALIZADAS y de la GERENCIA PRESTACIONES DESCENTRALIZADAS de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) atenderán servicios y resolverán trámites conforme al esquema de prestaciones detallado en el artículo segundo de la presente, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.ARTICULO 2º — Dispónese que durante el período citado en el artículo precedente, la recepción de trámites relacionados con solicitudes de jubilaciones, pensiones, reconocimientos de servicios y los reclamos derivados de tales beneficios, Asistencia Previsional, Subsidio de Contención Familiar web, y todos los trámites de las Areas Prestaciones Activas y Beneficiarios que se encuentran previstos en el sistema de turnos, estará supeditada a la efectiva capacidad operativa disponible en cada unidad de atención, de acuerdo al personal que preste funciones laborativas.ARTICULO 3º — Determínase que las Unidades operativas recepcionarán, además de los trámites detallados en el artículo precedente, durante el período mencionado en el artículo 1º, las siguientes prestaciones y servicios: Acreditación de Datos en el Sistema Base Administrador de Personas (ADP), Poderes para el cobro de un beneficio previsional, cambio de Obra Social, trámites correspondientes a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, Asignaciones Familiares Extraordinarias (novedades producidas en los meses de enero de 2009, octubre y noviembre de 2010), generación de Clave Unica de Identificación Laboral (CUIL) y Clave de Seguridad Social.ARTICULO 4º — Establécese que, con relación a la tramitación de las prestaciones cuya recepción se halla suspendida por parte de las Areas citadas en el artículo que antecede, los días hábiles comprendidos en el mes de enero del año 2011, no serán computados a los fines de los términos procesales administrativos.ARTICULO 5º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. DIEGO LUIS BOSSIO, Director Ejecutivo.e. 05/01/2011 Nº 164034/10 v. 05/01/2011 Fecha de publicacion: 05/01/2011 Página 2
Sumarios
Sumario generado por IA
La Resolución Nº 1012/2010 de la ANSES establece un esquema de atención y gestión de trámites durante enero de 2011, en el contexto de licencias por vacaciones del personal. Dispone que las unidades de atención pública deben priorizar la recepción de solicitudes relacionadas con jubilaciones, pensiones, reconocimientos de servicios, beneficios asistenciales y otros trámites específicos, limitando la contabilización de los plazos administrativos en ese período. Además, regula la suspensión de los plazos procesales y la organización de los servicios, en concordancia con las facultades del Decreto Nº 2741/91 y la Ley Nº 24.241, con el fin de garantizar la continuidad de las prestaciones y servicios esenciales, ajustando la capacidad operativa y estableciendo mecanismos de comunicación institucional.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta resolución básicamente dice que, durante enero de 2011, la ANSES organizó cómo atenderá a las personas que necesitan tramitar jubilaciones, pensiones y otros beneficios, debido a que su personal tomará vacaciones. Es como si en una oficina, en ese mes, solo se atendiera lo más urgente y se ajustaran los tiempos para no afectar los derechos de los beneficiarios. Además, los plazos para hacer trámites no se contarán en ese período, para que nadie pierda derechos por el tiempo en que la oficina estuvo con menos personal. En la práctica, esto significa que si alguien necesita hacer un trámite, debe tener en cuenta que los tiempos de respuesta pueden ser más largos y que la atención será prioritaria en los casos más importantes, asegurando que los beneficios no se interrumpan y que la gestión siga funcionando de manera ordenada y eficiente, incluso en un período de menor disponibilidad de personal.
Autor: I.A.
Voces
- seguridad social
- previsión
- jubilacion
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