Resolución 234/2018

Tipo
Resolución
Número
234/18
Organismo
ANSeS
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
16/05/2018
Publicación en el BO
27/05/2018
Nombre
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución 234/2018 Ciudad de Buenos Aires, 16/05/2018 VISTO el Expediente Nº 024- 99-81795770-2-798 del Registro de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), las Leyes Nros. 24.241, 25.235 y sus respectivas modificatorias, y CONSIDERANDO: Que por la Cláusula Décimo Segunda del Compromiso Federal, de fecha 06 de diciembre del año 1999, ratificado por la Ley 25.235, se refiere a que el Estado NACIONAL está financiado con recursos provenientes de Rentas. De los sistemas previsionales provinciales no transferidos hasta esa fecha.Que en contrapartida, las respectivas jurisdicciones tienen que armonizar sus sistemas de jubilaciones y pensiones en función de las pautas nacionales. Que, por su parte, la Ley 27.260 instruyó al Poder Ejecutivo Nacional a, por medio del organismo pertinente, llegó a un acuerdo con la provincias, a los sistemas previsionales, no fueron transferidos a la Nación, una fin de compensar las eventuales asimetrías que usted debe En este sentido, se trata de una base de igualdad en la materia en materia de previsión.Que en el marco de dicho Compromiso, que se celebró entre la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) y la PROVINCIA DE CORRIENTES (en adelante "LA PROVINCIA"), el CONVENIO DE ADECUACIÓN Y FINANCIACIÓN DEL SISTEMA PREVISIONAL DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES N ° 092 del Registro de Protocolos de ANSES, en la fecha 22 de diciembre del año 2016. En el marco de un estricto marco del mencionado convenio, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL se reconoce a LA PROVINCIA, en el concepto de anticipo a la cuenta del bien previsional del ejercicio 2016 para los Reglamentos de Previsión Social para el Personal de Administración General, así como el Sistema de Retiros y Pensiones de la Policía de La Provincia, la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($ 163.800.000).Que asimismo, mediante CLAUSULAS CUARTA y QUINTA se estableció como supuestos supuestos de adecuación de los resultados por parte de LA PROVINCIA, se cumplieron los estados de los Estados Unidos se asumió el compromiso de ampliar el financiamiento de los Regímenes de Previsión Social para el Personal de la Administración General, así como Como Sistema de Retiros y Pensiones de la Policía de La Provincia. Que las partes se acuerden en la CLÁUSULA NOVENA del convenio Convenio que se requiere la ratificación del mismo, a través de los mecanismos de atención pertinentes.Que mediante IF-2017-11377502-APN-DGAJ # SLYT, la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría LEGAL Y TÉCNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el "Estado del servicio del dictado" La autoridad de la facultad para avanzar en tal sentido sería titular de MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en el sentido de que si bien los Ministros no forman parte del Poder Ejecutivo, asistencia en el ejercicio de sus funciones, ello en uso de las facultades que le otorgan a la Ley de Ministerios? Que los Servicios Jurídicos permanentes de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL han tomado la intervención que les compite.Que la presente medida sea en el uso de las atribuciones conferidas por la Ley N ° 22.520 (al Decreto N ° 438/92) y sus modificatorias. Por ello, EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Ratifícate el CONVENIO DE ADECUACIÓN Y FINANCIACIÓN DEL SISTEMA PREVISIONAL DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES N ° 092, de fecha 22 de diciembre del año 2016, como si fuera el mismo. -2018-05484026-ANSES- ANSES, forma parte integrante del presente. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, esté a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivese. Alberto Jorge Triaca NOTA: El / los Anexo / s que integra / n este (a) Resolución publicada en la edición web de BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.mi. 24/05/2018 N ° 36121/18 v. 24/05/2018 (Nota informativa: Los anexos de referencia en la presente norma han sido extraídos de la edición web del Boletín Oficial. Los archivo: / // C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Resoluciones Ministerio de Trabajo, Seguridad Social, Resolución 234-2018 ANSES.html también pueden consultar en el siguiente enlace: Anexos)

Sumarios

Sumario generado por IA

La resolución ratifica el Convenio de Adecuación y Financiación del Sistema Previsional de la Provincia de Corrientes, firmado el 22 de diciembre de 2016, en el marco del compromiso federal de armonización de sistemas previsionales provinciales no transferidos a la Nación. La norma establece la incorporación de un anticipo de fondos por parte de la ANSES por la suma de 163.800.000 pesos, destinados a financiar regímenes previsionales provinciales, incluyendo el sistema de retiros y pensiones policiales. La ratificación se realiza en ejercicio de las facultades del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en cumplimiento de los mecanismos legales y jurídicos pertinentes, con el fin de garantizar la igualdad en materia previsional y la adecuada financiación de los sistemas provinciales no transferidos.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta resolución es como un acuerdo formal entre el gobierno nacional y la provincia de Corrientes para asegurar que los fondos destinados a las jubilaciones y pensiones en esa provincia estén garantizados. La ANSES, que es como la caja de jubilaciones del país, le entrega a Corrientes un dinero adelantado para que pueda pagar a quienes ya están jubilados o en proceso de jubilarse, incluyendo policías y empleados públicos. Esto ayuda a que los jubilados no queden sin sus pagos y que el sistema previsional provincial funcione bien, manteniendo la igualdad con otras provincias. En términos sencillos, es como si el gobierno nacional le prestara a la provincia un dinero para que pueda cumplir con sus obligaciones previsionales, asegurando que los jubilados reciban sus beneficios sin interrupciones.

Autor: I.A.

Voces

  • seguridad social
  • empleo
  • previsión

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