ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
- Tipo
- Resolución
- Número
- 733/02
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 29/10/2002
- Publicación en el BO
- 06/11/2002
- Nombre
- Prorróganse los plazos establecidos en la Resolución N° 61/2002-MTEFRH, mediante la cual se encomendó a la Secretaría de Seguridad Social la elaboración de un proyecto normativo para la creación de una instancia de revisión administrativa de las resoluciones que recaigan en trámite de petición de prestaciones de la Seguridad Social.
23/4/2019 Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social www.diarioprevisional.com.ar Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución 733/2002 Prorróganse los plazos establecidos en la Resolución N ° 61/2002 -MTEFRH, mediante la cual se encomendó a la Secretaría de Seguridad Social la elaboración de un proyecto normativo para la creación de una instancia de revisión administrativa de las respuestas que se recuerdan en la petición de las prestaciones de la Seguridad Social.Bs. As., 29/10/2002 VISTO las Resoluciones del ex-MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Nros. 964 de fecha 28 de diciembre de 2001 y 61 de fecha 28 de enero de 2002, y CONSIDERANDO: A través de la cartilla de resolución, citada en la sección de la Comisión Administrativa de Revisión de la Seguridad Social creada por la Resolución MTE y FRH N ° 456/99. Que dicha decisión se fundó en la necesidad, en un contexto de grave emergencia, se restringieron los gastos de las estructuras administrativas del Ministerio y los organismos de su jurisdicción.Una relación adecuada en la sede administrativa, rápida, efectiva y económica, y por otro lado, disminuir el alto índice de litigiosidad que registra la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, se dictó la Resolución MTE y FRH N ° 61/02. ¿Qué es lo mismo que la seguridad social, la elaboración de un proyecto normativo para la creación de una instancia de revisión, la gestión de la seguridad social, el acorde a los principios señalados en sus Considerandos ya las pautas previstas en su articulado.Que razones de restricción presupuestaria impidieron proyectar y concretar la creación de la nueva instancia de revisión en la Secretaría de Seguridad Social de esta Cartera de Estado. Que no se sigue y se subsiste con las razones que llevan al dictado de la citada Resolución Resolución MTE y FRH N ° 61/02 es posible que la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL elabore los proyectos encomendados en dicha norma. Que corresponde la facultad a la citada SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL para que en el lapso que medie hasta la aprobación de los proyectos encomendados, resulte la dependencia con la competencia en la organización y la estructura de la Comisión Administrativa de Revisión de la Seguridad Social.Que se presente en el uso de las facultades conferidas por las Leyes N ° 22.520 (A por Decreto N ° 438/92) y N ° 24.241 y sus modificatorias. Por ello, LA MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: Artículo 1 °? Prorróganse hasta el 31 de diciembre de 2002 los plazos establecidos en los artículos 2 ° y 3 ° de la Resolución MTE y FRH N ° 61/2002. Art º. 2 °? Autoricease a la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL y dictar las normas que resultarán útiles para la organización y funcionamiento de la Comisión Administrativa de Seguridad Social, hasta tanto se aprueben los proyectos normativos incluidos en la Resolución MTE y FRH N ° 61/2002. Art º. 3 °? Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. ? Graciela Camaño.archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Resoluciones Ministerio de Trabajo, Seguridad y Seguridad Social / Resolución 733-2002 ANSES.html www.diarioprevisional.com.ar 1/1 "
Sumarios
Sumario generado por IA
La resolución prorroga los plazos establecidos en la Resolución N° 61/2002 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, para la creación y organización de una Comisión Administrativa de Revisión de prestaciones de la Seguridad Social. La prórroga se extiende hasta el 31 de diciembre de 2002, permitiendo a la Secretaría de Seguridad Social dictar normas provisionales para su funcionamiento, en un contexto de restricciones presupuestarias y con la finalidad de reducir litigiosidad y mejorar la gestión administrativa. La norma se fundamenta en facultades legales conferidas por las Leyes N° 22.520 y N° 24.241, y busca garantizar la continuidad de la organización institucional en espera de la aprobación de los proyectos normativos definitivos.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta resolución básicamente dice que, debido a limitaciones de presupuesto, el gobierno decidió extender el plazo para crear una especie de 'comité de revisión' que controle las respuestas y decisiones relacionadas con las prestaciones de la Seguridad Social. Mientras tanto, la Secretaría de Seguridad Social puede seguir preparando las reglas y procedimientos para que ese comité funcione, sin que aún esté formalmente en marcha. Esto ayuda a que el proceso sea más eficiente y menos litigioso, asegurando que las personas puedan tener una vía de revisión de sus casos en un plazo razonable, sin que se interrumpa la gestión mientras se terminan los proyectos definitivos.
Autor: I.A.
Voces
- seguridad social
- empleo
- previsión
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