PROGRAMAS DE EMPLEO
- Tipo
- Resolución
- Número
- 802/04
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 01/11/2004
- Publicación en el BO
- 18/11/2004
- Nombre
- Créase el Programa de Inserción Laboral para Trabajadores con Discapacidad, destinado a insertar laboralmente en el sector privado a trabajadores con discapacidad y a los pertenecientes a los grupos vulnerables de desocupados, por medio de un pago directo a los mismos durante nueve meses, que podrá integrarse a la suma aportada por los empleadores a fin de alcanzar el monto de la remuneración correspondiente.
23/4/2019 Resolución 802/2004 www.diarioprevisional.com.ar Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social PROGRAMAS DE EMPLEO Resolución 802/2004 Crear el Programa de Inserción Laboral para Trabajadores con Discapacidad, destinado a insertar laboralmente en el sector privado los trabajadores durante los próximos nueve meses, la posibilidad de integrarlo a la suma aportar a los clientes a fin de alcanzar el monto de la remuneración correspondiente.Bs. As., 1/11/2004 Ver Antecedentes Normativos VISTO el Expediente del Registro del Ministerio de Trabajo, Trabajo y Seguridad Social Nº 1095452/04, y las Leyes Nº 22.431 y 24.013, los Decretos Nº 165 del 22 de enero de 2002, 725 del 3 de septiembre de 2003, y 1353 del 31 de diciembre de 2003; CONSIDERANDO: Que el Artículo 81 de la Ley Nº 24.013 se relaciona con los objetivos del MINISTERIO DE TRABAJO, EJEMPLO Y SEGURIDAD SOCIAL, los programas se establece para el fomento del empleo, los trabajadores, el presentador, la fuerza laboral. Que a través de la Ley Nº 22.431 de protección integral de los discapacitados, se establecieron medidas tendientes a promover el empleo de personas discapacitadas, teniendo en cuenta su especial prioridad frente al mercado de trabajo.Que la Ley Nº 24.013 en su Capítulo III, Título III, atribuye al MINISTERIO DE TRABAJO, EJEMPLO Y SEGURIDAD SOCIAL la puesta en marcha de los programas para el fomento del empleo, los trabajadores, el público, el presente, el empleo, el empleo de los trabajadores con discapacidad o pertenecientes a los grupos vulnerables. ¿Por qué es necesario tener en cuenta? Que los Decretos Nº 165/02 y Nº 1353/03, declaran y prorrogan la Emergencia Nacional Ocupacional respectivamente.QUE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS DEL MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le competirá. Que la presente se dicte en el ejercicio de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 725/03. Por ello, EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: Artículo 1º? Cree el Programa de INSERCIÓN LABORAL PARA TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD, destinado a insertar laboralmente en el sector privado y en el sector público, las trabajadoras y los trabajadores con discapacidad y los miembros a grupos vulnerables de desocupados.(Artículo publicado por el art. 1 ° de la Resolución N ° 343/2010 del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social BO 16/4/2010) Art. 2º? Los participantes que participen en el Programa de inspección laboral para traficantes con la disciplina en el Registro Nacional Nacional de Empleadores, una carga de la Secretaría de Estado del Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Seguridad Social.archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Resoluciones Ministerio de Trabajo, Seguridad y Seguridad Social / Resolución 802-2004 ANSES.html www.diarioprevisional.com.ar 1/3 "23/4/2019 Resolución 802/2004 www.diarioprevisional.com.ar Art. 3º? Podrán inscribirse en el citado Registro todos lo que se requiere en el Programa de INSERCIÓN LABORAL PARA TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD, y sean del sector privado. La respuesta de la solicitud de inscripción, o los que no se han registrado, no se ha incluido en la publicación. Personal por intermedio del programa.Salvo el supuesto referido en el párrafo anterior, la dotación total del personal declarar la fecha de la presentación de la solicitud de inscripción en el Registro, no será inferior a la denuncia del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) Corresponde al tercer mes anterior a dicha fecha.Art º. 4º? Los informes, una vez inscriptos en el Registro, que se inscriben ante la GERENCIA DE EMPLEO Y CAPACITACIÓN LABORAL, se traducen en el lugar de la operación, que se han convertido en el personal, en la CONVENIO DE ADHESIÓN al Programa de INSERCIÓN LABORAL PARA LOS TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD, en el que constarán necesariamente: a) La cantidad de beneficiarios a incorporar; b) La jornada del trabajo, entendiendo por la jornada regulada en el artículo 92, primer párrafo de la Ley Nº 20.744; c) El expreso compromiso de pago a los beneficiarios de la diferencia en el plazo de pago del mismo grado de empleo de la categoría de que se trate en el Convenio de Trabajo aplicable a la actividad o empresa, que no será inferior al correspondiente a un OCHO ( 8) horas diarias cuando se trata de personal jornalizado; d) El pago de las correspondientes contribuciones patronales sobre el salario a su carga, referido en el inciso anterior y en el acuerdo con los beneficios que las leyes les otorgan; e) La obligación de aplicar las condiciones de trabajo de su categoría en el convenio de trabajo aplicable y en los acuerdos de empresa; f) El término de la duración del Convenio de Adhesión, que será de hasta NUEVE (9) meses.Art º. 5º? Será optativo para los resultados, la instrumentación durante el primer mes del trabajo, el período de inducción y el reentrenamiento laboral. Durante este período, el trabajador debe cumplir una jornada de CUATRO. (4) horas diarias. Y...). El artículo anterior, una excepción de la obligación de otorgar la cobertura de los riesgos del trabajo. . Asimismo, durante dicho mes, el empleador deberá abonar los gastos de traslado del trabajador a su domicilio en el lugar de trabajo.Art º. 6º? A los beneficiarios que cumplan actividades para un acuerdo en virtud de la celebración de un acuerdo de Adhesión al Programa, se trata de la igualdad de oportunidades de trato y gozarán de todos los derechos y cumplirán todas las obligaciones de la normativa laboral y de seguridad social responde a Los trabajadores. Art º. 7º? El empleo tiene que cumplir como condición de vigencia del convenio y durante todo su término, una dotación total de personal no inferior a la declarada o estimada, según el caso, el momento de su inscripción en el Registro de Empleadores, sin computar a los beneficiarios del Componente.Art º. 8º? Si el beneficiario percibió un suplemento inferior a TRES (3) MOPRES (a) (en inglés) a (a) (s) (3) MOPRES, a los efectos de Que el trabajador acceda a la prestación de la obra social.Art º. 9º? Los beneficiarios del Programa recibirán una ayuda económica mensual de PESOS SEISCIENTOS ($ 600) a través de un pago directo a los trabajadores durante el plazo de hasta NUEVE (9) meses en el sector privado, y una ayuda económica mensual de PESOS SEISCIENTOS ($ 600 ) a través del pago directo a los trabajadores durante el plazo de hasta DOCE (12) meses en el sector público, los resultados en la remuneración correspondiente, el cumplimiento de las mismas.(Artículo publicado por el art. 2 ° de la Resolución N ° 343/2010 del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social BO 16/4/2010) Art. 10.? El pago de la ayuda económica que se efectúa el Estado Nacional, los derechos que se incluyen en el trabajo, la virtud de la celebración, el estado nacional, los derechos laborales, los empleados, los empleados, los empleados, los empleados, los empleados, los empleados y los empleados. Los grupos vulnerables no se pueden aplicar por tanto a lo largo del artículo 30 de la Ley de Control de Trabajo.archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Resoluciones Ministerio de Trabajo, Seguridad y Seguridad Social / Resolución 802-2004 ANSES.html www.diarioprevisional.com.ar 2/3 "23/4/2019 Arte 11. El vínculo laboral que se establece entre el afiliado y el beneficiario incorporado en la empresa, en el marco de un convenio de adhesión, se regirá por los tipos de contrato de trabajo establecido en la Ley Nº 20.744, a excepción de los Previsto en los artículos 92 ter, 93, 96 y 99 de dicha Ley o de las Leyes Nº 22.248 o 22.250, según el caso.Resolución 802/2004 www.diarioprevisional.com.ar Finalizado el plazo de vigencia del Convenio de Adhesión Respetivo, cuando los trabajadores continúen desempeñando en el mismo sentido que en el mismo sentido. superior a la suma total que se percibió durante la vigencia de dicho Convenio de Adhesión, incluido el monto del subsidio abonado por el Programa. Art º. 12.? Los empleados que han sido suscritos o que suscriben a CONVENIO DE ADHESION al componente. .Si el empleador se ha incorporado definitivamente al total de los beneficiarios se habrá comprometido a superar la cantidad en el párrafo precedente. Art º. 13.? PROGRAMA DE TRABAJAR EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por el término de TRES (3) años. Art º. 14.? LA UNIDAD PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y GRUPOS VULNERABLES tendrá su propia carga la ejecución del PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD. Art º. 15. ? Facúltasa a la SECRETARIA DE EMPLEO, para que las normas relativas a la implementación, desarrollo y operación del presente Programa.Art º. dieciséis. ? Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución se imputará a la Jurisdicción 75, Programa 16 - Acciones de empleo, Partida 514 "Ayudas sociales a personas", Fuente de Financiamiento 11 "Tesoro Nacional". Art º. 17.? Regístrese, comuníquese, diríjase a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada de la presente en el Departamento Biblioteca y archivese. ? Carlos A. Tomada. Antecedentes normativos - Artículo 1 °. 1 ° de la Resolución N ° 802/2004 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social BO 17/8/2007; - Artículo 9 ° proporcionar por art. 2 ° de la Resolución N ° 802/2004 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social BO 17/8/2007.archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Resoluciones Ministerio de Trabajo, Seguridad y Seguridad Social / Resolución 802-2004 ANSES.html www.diarioprevisional.com.ar 3/3 "
Sumarios
Sumario generado por IA
La Resolución 802/2004 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social establece la creación del Programa de Inserción Laboral para Trabajadores con Discapacidad, con el objetivo de promover su inserción en el sector privado y público mediante incentivos económicos y beneficios laborales. El programa contempla la incorporación de beneficiarios en registros específicos, la firma de convenios de adhesión con empleadores, y la asignación de ayudas económicas mensuales por hasta nueve meses en el sector privado y doce en el sector público. Además, regula las condiciones de contratación, las obligaciones de los empleadores, y la continuidad del vínculo laboral bajo modalidades específicas, enmarcadas en la normativa laboral vigente, incluyendo la Ley 20.744 y leyes complementarias sobre discapacidad y empleo vulnerable. La implementación está facultada a la Secretaría de Empleo, con financiamiento del Tesoro Nacional, y contempla la protección de derechos laborales y sociales de los beneficiarios, en un contexto de emergencia ocupacional declarado por los decretos 165/02 y 1353/03.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este programa busca ayudar a las personas con discapacidad a conseguir trabajo en empresas privadas y públicas, ofreciéndoles un apoyo económico y beneficios especiales. La idea es que los empleadores puedan contratar a estas personas con incentivos, como ayuda económica mensual y facilidades en las condiciones laborales, por hasta nueve meses en el sector privado y un año en el sector público. Además, los empleadores deben cumplir con las leyes laborales habituales y mantener una cantidad mínima de empleados durante toda la vigencia del acuerdo. El programa también establece que, durante el primer mes, los trabajadores pueden recibir una inducción y entrenamiento con jornadas reducidas, y que su relación laboral seguirá las reglas del contrato típico, salvo algunas excepciones. En la práctica, esto significa que una persona con discapacidad tendrá más oportunidades de empleo y protección social, y que las empresas que los contraten recibirán beneficios para facilitar su integración laboral, en un marco legal que busca promover la igualdad y la inclusión en el mercado laboral.
Autor: I.A.
Voces
- seguridad social
- inserción
- previsión
- empleo
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