Decreto 2744/92

Tipo
Decreto
Número
2744/92
Área
MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION
Fecha de dictado
29/12/1992
Publicación en el BO
03/01/1992
Nombre
Prorrógase la vigencia del Decreto 1074/92.

MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACIÓN Decreto 2744/92 Prorrógase la vigencia del Decreto 1074/92. Bs. As., 29/12/92 VISTO los Decertos Nros. 2476 del 26 de noviembre de 1990, 1230 del 26 de junio de 1991 y 1074 del 29 de junio de 1992, y CONSIDERANDO: Que actualmente algunos trámites jubilatorios se encuentran en su documentación para el acceso con la ordenación de la condición de los jubilables de Los agentes comprendidos en los decretos citados.Lo que es necesario es continuar preservando la percepción de tener un lapso razonable y un último principio, los agentes alcanzados por las normas aludidas, evitando los principios esenciales de la seguridad social y la generación de conflictos de alto costo. ¿Qué es lo que se dice en este libro? ¿Es así? ¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿¿ jubilatorio.¿A la luz de lo anterior? ¿Por qué? ° 2476 del 26 de noviembre de 1990, cuando todavía dependemos de la resolución de la función de la función del Organo Previsional. Que la presente medida se dicte en uso de las facultades conferidas por el artículo 86 inciso 1 °) de la Constitución Nacional.Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 ° - Prorrógase la vigencia del Decreto 1074 del 29 de junio de 1992 por el término de seis (6) meses contados a partir del 1 ° de enero de 1993, respecto de Agentes que han iniciado los trámites correspondientes al 31 de diciembre de 1991. Art. 2 ° - Dentro del plazo anterior a la Administración Nacional de la Seguridad Social, la expedición, los recibos con la documentación completa, originados en el Decreto N ° 2476/90 y pendientes de resolución, cuando esto dependa de la actuación del oficio del Organo Previsional.Art º. 3 ° - El Ministerio de Educación y Educación y el Consejo Nacional de Educación Tecnológica reglamentará el estado de la administración, la redacción y la comunicación. de los agentes del pago por esta prórroga. Art º. 4 ° - El gasto que se cumple El presente decreto, se publicará con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente del Ministerio de Educación y Educación Nacional y de la Educación Nacional. Art º. 5 ° - Déjase establecido en la presente medida.Art º. 6 ° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. - MENEM. - Jorge A. Rodríguez. - Enrique O. Rodríguez. - Domingo F. Cavallo.

Sumarios

Sumario generado por IA

El Decreto 2744/92 prorroga por seis meses la vigencia del Decreto 1074/92, extendiendo la gestión de trámites jubilatorios iniciados antes del 1 de enero de 1993 y pendientes de resolución por parte de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). La norma busca garantizar la continuidad en la percepción de beneficios previsionales, preservando la seguridad jurídica y evitando conflictos de alto costo, mediante la extensión temporal de procedimientos administrativos y la reglamentación correspondiente por parte del Ministerio de Educación y del Consejo Nacional de Educación Tecnológica. La prórroga se financia con partidas presupuestarias específicas y se comunica oficialmente para su cumplimiento.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este decreto básicamente dice que, por seis meses más, se mantiene vigente una norma anterior que regula los trámites para obtener jubilaciones, especialmente para quienes empezaron esos trámites antes del 1 de enero de 1993. La idea es que esas personas puedan seguir gestionando sus beneficios sin que se interrumpan o generen problemas, ya que la administración todavía está trabajando en esos casos. Es como si se extendiera un plazo para terminar de tramitar algo importante, para evitar que las personas pierdan derechos o tengan que empezar de nuevo. Además, se indica quién debe reglamentar estos procedimientos y cómo se deben financiar, asegurando que todo siga en orden y con respaldo presupuestario.

Autor: I.A.

Voces

  • cultura
  • educación
  • jubilacion

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