Decreto Nº 8/2006

Tipo
Decreto
Número
8/06
Área
OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO
Fecha de dictado
09/01/2006
Publicación en el BO
13/01/2006
Nombre
PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL

24/4/2019 Decreto Nº 8/2006 www.diarioprevisional.com.ar PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL Decreto Nº 8/2006 Bs. As., 9/1/2006 VISTO el Expediente N ° S01: 04422449/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y el Proyecto de Ley Registrada en el Nº 26.078 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el ejercicio 2006, sancionado por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN el 22 de diciembre de 2005, y CONSIDERANDO: El presupuesto general de la administración nacional tiene como objetivo consolidar una situación de solvencia fiscal sustentable que garantice el cumplimiento de los objetivos del gobierno, exprese la prioridad asignada al prudente de las finanzas públicas y su empleo para garantizar el logro de una situación económica y financiera estabilizada,Que también se mencionó Proyecto de Ley Procura la realización de una asignación selectiva de los gastos primarios, la preservación de los programas sociales y la máxima prioridad en la educación, la ciencia y la tecnología, la infraestructura económica y las redes sociales. del ingreso. El objetivo de la consulta es que se puede obstaculizar el cumplimiento de los mismos.Que, mediante el artículo 37 del Proyecto de Ley, está disponible el préstamo de las pensiones graciables otorgadas por la norma sancionada y por las Leyes Nos. 24.764; 24.938; 25.064; 25.237; 25.401 y 25.967, hasta el presente artículo. 1194/2003; 683/2004; 1199/2004; 748/2005, sus complementarios y modificatorios y / o los que están disponibles en el futuro. ¿Qué es el tiempo? ¿Cuál es el precio? ¿Cuántas veces?Que, tomando en cuenta que para la liquidación del mes de diciembre de 2005, se incluyó en el concepto de haberes pensionarios CIENTO VEINTITRES MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS ($ 123.700.000), para la cobertura de 427.700 usuarios, implícita para el ejercicio 2006 un total de UN MIL SEISCIENTOS OCHO MILLONES PESOS ($ 1.608.000.000). ¿Qué es lo que está en el Proyecto de Ley? ¿Se puede decir que no se han contemplado? Considerandos anteriores. Que, en consecuencia, es necesario observar el artículo 37 del Proyecto de Ley.Que los artículos 58, 59, 62, 66 y 74 del Proyecto de Ley registrada bajo el Nº 26.078 autoriza al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, para el uso en las facultades del artículo 10 y en la oportunidad de proceder a la distribución de los Créditos conforme al artículo 5º de la norma de referencia, asignaciones específicas a la Jurisdicción 01? Poder Legislativo Nacional, Jurisdicción 30? Ministerio del Interior, Jurisdicción 91? Obligaciones a cargo del Tesoro ya Entidades civiles con personería jurídica sin fines de lucro.¿Cuál es el acuerdo? ¿Cuál es el problema? ¿Cuál es el problema? ¿Cuál es el acuerdo? Se han concretado. La no definición del origen de los fondos para las reasignaciones se puede ocasionar retrasos en la puesta en marcha en la distribución de los créditos presupuestarios, razón por la cual se considera conveniente la observación en dichos artículos de la frase que se refiere a la oportunidad de su concreción.Que los artículos 63, 65 y 68 del Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 26.078 tienen la asignación de las sumas de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 250.000), TRESCIENTOS MIL PESOS ($ 300.000) y UN MILLON DE PESOS ($ 1.000.000) Los gastos de funcionamiento de la COMISION EJECUTORA DE LA LEY Nº 25.114, DE LA COMISIÓN BINACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LA ALTA CUENCA DEL RIO BERMEJO Y EL RIO GRANDE DE TARIJA Y LA COMISIÓN BICAMERAL DEL SEGUIMIENTO DE LA EMERGENCIA PUBLICACIÓN Y REFORMA DEL REGIMEN CAMBIARIO, respectivamente.archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Decretos / Decreto Nº 8_2006.html www.diarioprevisional.com.ar 1/2 "24/4/2019 Que los citados artículos Nos. 63, 65 y 68 no especifican el origen de los Recursos Que posibiliten la reasignación Dispuesta, Razón por la Cual se Estima Necesaria Do OBSERVACIÓN. Decreto Nº 8/2006 www.diarioprevisional.com.ar Que el Artículo 78 del Proyecto de Ley Registrado Bajo el Nº 26.078 Incorpora una la Ley Nº 11.672? COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO (hasta 2005), entre otros artículos, el artículo 55 de la Ley Nº 25.967.¿Qué es el título de la Ley Nº 25.152 y la razón de la modificación de la ley? El carácter de definitiva, se considera conveniente observar su incorporación. Que las medidas que se proponen no alteren el espíritu ni la unidad del Proyecto de Ley sancionado por HONORABLE CONGRESO DE LA NACION. Que la Dirección General de Asunción de Ministros del Ministerio de Economía y Producción ha tomado la decisión de competir. Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL tiene competencia para el dictamen del presente al artículo 80 de la CONSTITUCION NACIONAL.Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN EL ACUERDO GENERAL DE MINISTROS DECRETA: Artículo 1 °? Obsérvase el penúltimo párrafo del artículo 37 del Proyecto de Ley registrada bajo el N ° 26.078. Art º. 2 °? Obsérvase en los artículos 58, 59, 62, 66 y 74 del Proyecto de Ley registrada bajo el Nº 26.078 la frase: "¿y en la oportunidad de proceder a la distribución de los créditos conforme al artículo 5º de la presente ley?". Art º. 3 °? Obsérvase los artículos 63, 65 y 68 del Proyecto de Ley registrada bajo el Nº 26.078. Art º. 4 °? Obsérvase en el artículo 78 del Proyecto de Ley registrado bajo el Nº 26.078 la incorporación a la Ley Nº 11.672? COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO (hasta 2005) del artículo 55 de la Ley Nº 25.967, consignado en el referido artículo 78.Art º. 5 °? Con las salvedades en los artículos anteriores, cúmplase, promúlgase y téngase por Ley de la Nación. Art º. 6 °? Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION. Art º. 7 °? Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. ? KIRCHNER. ? Alberto A. Fernández. ? Aníbal D. Fernández. ? Felisa miceli ? Alberto JB Iribarne. ? Jorge E. Taiana. ? Juan C. Nadalich. ? Ginés González García. ? Nilda C. Garré. ? Carlos A. Tomada. ? Julio M. De Vido. ? Daniel F. Filmus.________ NOTA: Esta ley se publica sin planear las anexas. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en el archivo www.boletinoficial.gov.ar: /// C: / Users / Danny / Documents / Trabajo / Decretos / Decreto Nº 8_2006.html www.diarioprevisional.com.ar 2/2 "

Sumarios

Sumario generado por IA

El Decreto Nº 8/2006 aprueba modificaciones y observaciones al Proyecto de Ley Nº 26.078 de Presupuesto Nacional 2006, específicamente en relación con la asignación y distribución de créditos presupuestarios, la incorporación de fondos y la autorización para el uso de facultades del Poder Ejecutivo en la reasignación de recursos. La norma busca garantizar la solvencia fiscal, la continuidad de programas sociales y la correcta ejecución presupuestaria, mediante la observación de artículos que carecen de especificación del origen de fondos y que podrían afectar la agilidad en la implementación de los créditos. Además, incorpora disposiciones de la Ley Nº 11.672 y modifica aspectos relacionados con la distribución de recursos a distintas jurisdicciones y entidades, asegurando la coherencia normativa y la compatibilidad con el marco constitucional y presupuestario vigente.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este decreto es como una revisión o corrección que hace el gobierno a un proyecto de presupuesto para 2006. Básicamente, dice que hay que tener cuidado con cómo se asignan y usan los fondos públicos, asegurando que haya suficiente dinero para pagar las pensiones, programas sociales, y otras actividades importantes. También indica que algunos artículos del proyecto necesitan ser ajustados para aclarar de dónde salen los recursos, para que no haya retrasos o confusiones en la ejecución del presupuesto. Es como cuando uno planifica un gasto y necesita asegurarse de que sabe exactamente de dónde sale el dinero y en qué momento se puede gastar, para que todo funcione sin problemas y se cumplan las metas del gobierno en materia económica y social.

Autor: I.A.

Voces

  • seguridad social
  • previsión
  • presupuesto

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