ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Decreto 2105/2008

Tipo
Decreto
Número
2105/08
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
04/12/2008
Publicación en el BO
23/12/2008
Nombre
Modifícase la estructura organizativa funcional.

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Decreto 2105/2008 Modifícase la estructura organizativa funcional. Bs. As., 12/12/2008 VISTO la Leyes Nros. 24.156 y sus modificatorias, 24.241 y sus modificatorias, 26.222 y 26.425 y el Decreto Nº 893 del 10 de julio de 2001, y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 26.425 se establecieron como elementos sustanciales en el sistema de seguridad social por la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias.Que tengamos en cuenta la finalización del Régimen de Capitalización, la redacción de la Administración de la Administración Social de la Seguridad Social (ANSES), contemplando los artículos 14 y 15 de la Ley Nº 26.425, a los fines de concluir con la implementación de las previsiones contenidas en dicha Ley. Cuentan con la importancia singular del FONDO DE GARANTIA DE SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO ARGENTINO PREVISIONAL (FGS) para la política social de la Nación es conveniente para el manejo y control que garantiza un nivel de seguridad y un seguro de seguridad. .La administración general de la seguridad social de la seguridad social (ANSES), la edición del Decreto Nº 893 del 10 de julio de 2001, la GERENCIA GENERAL y las GERENCIAS que le responden, por TRES (3 ) unidades de estructura con nivel de SUBDIRECCION, dependientes de la DIRECCION EJECUTIVA de dicha Entidad, con el fin de administrar las cuestiones prestacionales, administrativas y de la operación del FGS, un cargo de la citada Entidad.Que las disposiciones del artículo 14 de la Ley Nº 26.425 se adapten a la subsecretaria de administración y obra pública de la Secretaría de Justicia y Administración Pública de la Jefatura de Gobierno de los Ministros. Directivos no jerárquicos de las ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES. Que ha tomado en cuenta el Servicio Jurídico competente. Que la presente medida se dicte en el uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL.Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º? Sustitución en la estructura organizativa funcional de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), aprobada por el Decreto Nº 893 del 10 de julio de 2001, la GERENCIA GENERAL y las GERENCIAS que la dependencia por TRES (3) SUBDIRECCIONES, dependientes de la DIRECCION EJECUTIVA denominadas: a) SUBDIRECCION DE PRESTACIONES b) SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION c) SUBDIRECCION DE OPERACION DEL FGS. a) La SUBDIRECCION DE PRESTACIONES se relaciona con la responsabilidad primaria y las actividades de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), se relaciona con el otorgamiento de prestaciones y servicios, la ejecución de dichos procesos y el control de las operaciones prestacionales.Soluciones informáticas y normatización de los aspectos prestacionales y de apoyo. Concentrará la actividad relativa a la administración de los recursos humanos.c) La SUBDIRECCIÓN DE OPERACIÓN DEL FGS se convertirá en una carga de la ejecución de las decisiones de los empleados en la relación con el FONDO DE GARANTIA DE SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (FGS) y la adopción de las medidas para el cumplimiento de las directivas, Estrategias y planos adoptados. Deberemos asegurar la redacción y el cumplimiento de los manuales normativos que aseguran el funcionamiento, el coordinado de las áreas, la carga, la carga, la información, el análisis económico y el financiamiento de los instrumentos de inversión, el impacto y las externalidades que generarán los proyectos, en función de los fines específicos para los que ha sido creado el FONDO DE GARANTIA DE SUSTENTABILIDAD DEL SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (FGS).Art º. 2º? Facúltasa al Director Ejecutivo de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) y aprobar las aperturas con el nivel inferior a SUBDIRECCION de dicha Entidad, estableciendo las responsabilidades primarias y las acciones y la dotación de una carga de cada una de las unidades de la misma. Hasta ahora se concluye con la reestructuración de las áreas de actividad de la red de acción, se mantendrán vigentes las aperturas de las áreas primarias, acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus niveles y grados de revista. .Art º. 3º? Transfiérese la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES (SAFJP) en el ámbito de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), con las salvedades en el artículo 15 de la Ley De las previsiones contenidas en dicha ley. Art º. 4º? LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) La transferencia de los bienes inmuebles, los muebles y el equipamiento son necesarias para el funcionamiento. Las tareas se relacionan con la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES (SAFJP).La actividad médica a cargo hasta la fecha del art. 5º? LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) adoptará los impuestos pertinentes a los efectos de la comunicación en la planta permanente de los agentes de la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES no incluidos en las previsiones del artículo 15 de la Ley Nº 26.425 art. 6º? Asignanse a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) todas las competencias de la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES (SAFJP) que no han sido las derogadas por la Ley Nº 26.425 MEDICAS Y LA COMISION MEDICA CENTRAL creadas por el artículo 51 de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias,Art º. 7º? La Subsecretaría de Administración Pública de la Secretaria de Gobernación y la Administración Pública de la Federación de Ministros de la Secretaría de Estado de la República de Colombia. Los contratos de trabajo se han extinguido por despido directo como parte de las prescripciones de la Ley Nº 26.425. Art º. 8º? Faciltasa a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) para las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación del presente Decreto.Art º. 9º? Autorízase a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) a las autoridades de la seguridad operativa y de la redacción de la ley. su transición administrativa asociada. Art º. 10.? Excluyese a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) de las disposiciones establecidas en el Decreto Nº 2219 del 6 de julio de 1971 y sus modificatorios. Art º. 11.? El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.Art º. 12.? Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. ? FERNANDEZ DE KIRCHNER. ? Sergio T. Massa. ? Carlos A. Tomada.

Sumarios

Sumario generado por IA

El Decreto 2105/2008 reorganiza la estructura funcional de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), estableciendo una división en tres subdirecciones (Prestaciones, Administración y Operación del FGS) para optimizar la gestión de las prestaciones, recursos y el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS). Además, transfiere la competencia y funciones de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (SAFJP) a la ANSES, incluyendo bienes y actividades relacionadas, y regula aspectos administrativos, normativos y de recursos humanos. La normativa también excluye a la ANSES de disposiciones anteriores, y autoriza acciones complementarias para la implementación del decreto, asegurando la continuidad de las funciones y la adecuación normativa necesaria para la gestión del sistema previsional argentino, en línea con las leyes 24.156, 24.241, 26.222 y 26.425.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este decreto básicamente reorganiza cómo funciona la ANSES, que es la entidad que administra las jubilaciones y pensiones en Argentina. La divide en tres áreas principales: una para gestionar las prestaciones y servicios a los beneficiarios, otra para administrar los recursos humanos y procesos internos, y una tercera para encargarse del Fondo de Garantía de Sustentabilidad, que es como un ahorro que asegura la estabilidad del sistema previsional. Además, transfiere a la ANSES las funciones y bienes que antes estaban en la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (SAFJP), que ahora pasa a depender de la ANSES. Esto significa que la ANSES tendrá más responsabilidades y control sobre todo lo relacionado con las jubilaciones y pensiones, simplificando y fortaleciendo la gestión del sistema previsional. La medida también aclara que ciertas leyes y normativas anteriores ya no aplican, y que la ANSES podrá hacer las gestiones necesarias para poner en marcha estos cambios sin problemas. En términos prácticos, esto busca que la administración de las jubilaciones sea más eficiente, coordinada y segura, beneficiando a los jubilados y a quienes trabajan en el sistema previsional.

Autor: I.A.

Voces

  • seguridad social
  • previsión

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