PAGO DE HABERES DEVENGADOS SIN EXIGENCIA DE JUICIO SUCESORIO RESOLUCIÓN 233-E/2017 - NUEVOS IMPORTES A PARTIR DE ENERO/2018
- Tipo
- Circular
- Número
- 086/17
- Organismo
- ANSeS
- Área
- DP
- Fecha de dictado
- 28/12/2017
- Publicación en el BO
- 06/02/2018
- Nombre
- PAGO DE HABERES DEVENGADOS SIN EXIGENCIA DE JUICIO SUCESORIO RESOLUCIÓN 233-E/2017 - NUEVOS IMPORTES A PARTIR DE ENERO/2018
Buenos Aires, 28 de diciembre de 2017 CIRCULAR DP N° 86/17 PAGO DE HABERES DEVENGADOS SIN EXIGENCIA DE JUICIO SUCESORIO RESOLUCIÓN 233-E/2017 - NUEVOS IMPORTES A PARTIR DE ENERO/2018 Se pone en conocimiento de todas las Áreas Operativas de esta Administración Nacional que en relación a lo normado en el artículo 1° de la Resolución 1178/02 por el cual se dispuso el pago a los familiares que no revisten el carácter de derechohabientes previsionales conforme el artículo 53 de la Ley N° 24.241, los haberes devengados del causante, sin la exigencia de iniciación del juicio sucesorio, se informa que: Por Resolución 233-E/2017, se dispone un nuevo monto para el pago de ese concepto, a la vez que para evitar futuras desactualizaciones, se propició que el importe se actualice en forma conjunta y simultánea con el haber mínimo.En tal sentido, la citada Resolución establece como monto máximo a abonar en concepto de haberes devengados del causante, sin la exigencia de iniciación del juicio sucesorio, el equivalente a un (1) haber mínimo previsional, vigente a la fecha de solicitud, con más el proporcional de la Prestación Anual Complementaria.Lo dispuesto en el párrafo precedente, será aplicable a las solicitudes que se interpongan a partir del 1° de enero de 2018.Respecto a la operatoria e importes a abonar para solicitudes anteriores al 01/01/2018, se deberá estar a lo normado en la PREV-15-02 y PREV-15-03.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales ConsultasPrevisional@anses.gob.ar / 19141 - 19302 - 19304 - 19331 - 19333 - 19368 www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La norma establece que, a partir del 1 de enero de 2018, los familiares no derechohabientes previsionales pueden percibir haberes devengados del causante sin necesidad de iniciar un juicio sucesorio, con un monto máximo equivalente a un haber mínimo previsional vigente más la proporción de la Prestación Anual Complementaria. La resolución 233-E/2017 actualiza estos importes y regula su actualización conjunta con el haber mínimo, diferenciando la operatoria para solicitudes anteriores a esa fecha, que deben ajustarse a las normativas PREV-15-02 y PREV-15-03.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este documento indica que, desde enero de 2018, los familiares que no tienen derecho previsional formal pueden cobrar una parte de los haberes del fallecido sin tener que pasar por un juicio de sucesión. El monto máximo que pueden recibir es igual a un sueldo mínimo previsional vigente en ese momento, más una parte proporcional de la Prestación Anual Complementaria (que es un pago adicional que recibe el jubilado). La resolución también asegura que estos importes se actualicen automáticamente con el haber mínimo, y si alguien hizo la solicitud antes de esa fecha, debe seguir las reglas anteriores establecidas en otras normativas. En términos simples, esto facilita que los familiares puedan acceder a una ayuda económica sin trámites largos, siempre dentro de ciertos límites y con montos actualizados automáticamente.
Autor: I.A.
Voces
- haberes devengados
- juicio sucesorio
- resolución
- importe
- actualización
- haber mínimo
- prestación anual complementaria
- normativa previsional
- solicitudes
- anses
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