SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
- Tipo
- Decreto
- Número
- 96/99
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 11/02/1999
- Publicación en el BO
- 15/02/1999
- Nombre
- Dispónese la disminución de las contribuciones a cargo de los empleadores sobre la nómina de salarios con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social. Alícuotas aplicables para las actividades de producción primaria e industria.
SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Decreto 96/99 Dispónese la disminución de las contribuciones a cargo de los empleadores sobre la nómina de salarios con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social. Alícuotas aplicables para las actividades de producción primaria e industria.Bs. As., 11/2/99 B.O: 15/02/99 VISTO el Decreto N° 1520 del 24 de diciembre de 1998, y CONSIDERANDO: Que el decreto citado en el Visto dispuso un cronograma de disminución de las contribuciones patronales a cargo de los empleadores sobre la nómina salarial.Que la crisis financiera internacional exige profundizar las acciones tendientes a mejorar la competitividad en el sector de la producción de bienes transables, a cuyo fin resulta necesario instrumentar medidas que coadyuven a la reducción de los costos en el proceso económico.Que con miras a los objetivos antes señalados es necesario adelantar para este sector el cronograma de disminución de la presión tributaria sobre la nómina salarial establecido por el decreto citado en el Visto.Que la reducción que se dispone por el presente decreto, se encuadra en lo dispuesto en los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 5063.Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1°- Dispónese la disminución de las contribuciones a cargo de los empleadores sobre la nómina de salarios con destino al Sistema Unico de la Seguridad Social, las que quedarán fijadas en las alícuotas que, para las distintas áreas y regiones que se categorizan en el Anexo I del Decreto N° 1520 del 24 de diciembre de 1998, se detallan en el Anexo que forma parte integrante del presente decreto.Art. 2°- Las nuevas alícuotas indicadas en el Anexo citado en la última parte del artículo 1 ° sólo serán de aplicación para las actividades referidas a la producción primaria y a la industria, respecto de las remuneraciones que se devenguen desde el 1° de febrero hasta el 31 de julio de 1999.Art. 3°- Mantienen su plena vigencia las disposiciones del Decreto N° 2609 del 22 de diciembre de 1993, sus modificatorios y complementarios, y del Decreto N° 1520 del 24 de diciembre de 1998, en tanto no se opongan al presente decreto.Art. 4°- La ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, dictará las normas complementarias necesarias para la aplicación y control del presente régimen.Art. 5°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- MENEM.- Jorge A. Rodríguez.- Antonio E. González. - Roque B. Fernández.ANEXO ALICUOTAS APLICABLES PARA LAS REMUNERACIONES DEVENGADAS DESDE EL 1º DE FEBRERO DE 1999 HASTA EL 31 DE JULIO DE 1999 PARA LAS ACTIVIDADES DE PRODUCCION PRIMARIA E INDUSTRIA CATEGORIA 1 2 3 4 a) 8.51 7.90 7.30 6.69 b) 5.25 4.87 4.50 4.12 c) 1.05 0.97 0.90 0.82 d) 0.59 0.55 0.51 0.47 e) 5.00 5.00 5.00 5.00 TOTAL 20.40 19.29 18.21 17.10 5 6 7 8 9 10 11 6.08 5.47 4.86 4.26 3.65 3.04 2.43 3.75 0.75 3.37 3.00 2.62 2.25 1.87 1.50 0.67 0.60 0.52 0.45 0.37 0.30 0.42 0.38 0.34 0.30 0.25 0.21 0.17 5.00 5.00 5.00 5.00 5.00 5.00 5.00 16.00 14.89 13.80 12.70 11.60 10.49 9.40 a) Régimen Nacional de Jubilados y Pensionados para Trabajadores en Relación de Dependencia.b) Ex - Cajas de Subsidios Familiares.c) Fondo Nacional de Empleo.d) Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.e) Régimen de Obras Sociales.
Sumarios
Sumario generado por IA
El Decreto 96/99 establece una reducción progresiva de las contribuciones patronales a cargo de los empleadores sobre la nómina salarial destinada al Sistema Único de Seguridad Social, específicamente para las actividades de producción primaria e industria, en respuesta a la crisis financiera internacional. La normativa detalla las nuevas alícuotas aplicables para remuneraciones devengadas entre el 1 de febrero y el 31 de julio de 1999, manteniendo vigentes otras disposiciones complementarias y estableciendo la responsabilidad de la Administración Federal de Ingresos Públicos en la implementación y control del régimen. La medida busca mejorar la competitividad sectorial mediante la reducción de costos laborales, en línea con los artículos 2° y 3° de la Ley N° 5063 y en ejercicio de facultades constitucionales.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este decreto básicamente dice que el gobierno decidió reducir las contribuciones que los empleadores deben pagar al Estado por los salarios de sus empleados en los sectores de producción primaria e industria, durante un período específico en 1999. Esto significa que las empresas pagarán menos dinero en impuestos laborales en ese tiempo, con el objetivo de que puedan ser más competitivas y reducir sus costos. La medida ayuda a las empresas a ahorrar dinero en sus gastos laborales, facilitando su operación y potencialmente promoviendo la generación de empleo y la producción. La Administración Federal de Ingresos Públicos será la encargada de poner en marcha y controlar estos cambios, asegurando que se cumplan correctamente.
Autor: I.A.
Voces
- pensiones
- jubilacion
- seguridad social
- contribucion
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