SISTEMA PUBLICO DE REPARTO
- Tipo
- Decreto
- Número
- 178/02
- Área
- DIRECCION DEL SISTEMA UNICO DE REGISTRO LABORAL
- Fecha de dictado
- 24/01/2002
- Publicación en el BO
- 28/01/2002
- Nombre
- Prorróganse hasta el 31 de diciembre de 2002 las disposiciones contenidas en el Decreto N° 449 de fecha 23 de abril de 2001.
SISTEMA PUBLICO DE REPARTO SISTEMA PUBLICO DE REPARTO Decreto 178/2002 Prorróganse hasta el 31 de diciembre de 2002 las disposiciones contenidas en el Decreto N° 449 de fecha 23 de abril de 2001.Bs. As., 24/1/2002 VISTO los Decretos N° 449 de fecha 23 de abril de 2001 y N° 85 de fecha 27 de diciembre de 2001, y CONSIDERANDO: Que por la primera de las normas mencionadas en el Visto se estableció la cancelación en cuotas de los haberes retroactivos de primeras liquidaciones o rehabilitaciones de cualquier tipo de jubilación o pensión, correspondientes al Sistema Público de Reparto a cargo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, ya sean de beneficios nacionales o provenientes de algunos de los sistemas previsionales, municipales o provinciales transferidos al Estado Nacional por imperio del Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento, celebrado el 12 de agosto de 1993, ratificado por el Decreto N° 14/94.Que por la segunda de las normas mencionadas en el Visto se declaró en estado de emergencia al SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES, respecto de las prestaciones previsionales a cargo del Estado Nacional, por el plazo de un año, a partir de su publicación, lo que ocurrió el 31 de diciembre de 2001 Que esta última medida se fundó en la grave crisis económica y social que afecta a la Nación Argentina, por lo que resulta necesario prorrogar, por el mismo lapso las disposiciones del referido Decreto N° 449/01.Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS ha tomado la intervención que le compete.Que el presente se dicta en uso de las facultades del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° ? Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2002 lo dispuesto por el Decreto N° 449 de fecha 23 de abril de 2001, así como las normas dictadas en su consecuencia.Art. 2° ? Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. ? DUHALDE. ? Alfredo N. Atanasof.
Sumarios
Sumario generado por IA
El Decreto 178/2002 prorroga hasta el 31 de diciembre de 2002 las disposiciones del Decreto 449/2001, que establecieron la cancelación en cuotas de haberes retroactivos de jubilaciones y pensiones del Sistema Público de Reparto administrado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Además, extiende la declaración de emergencia del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones por un año, en respuesta a la crisis económica y social que afecta a Argentina, permitiendo la continuidad de las medidas de emergencia y la suspensión de pagos en condiciones específicas. La prórroga se fundamenta en la necesidad de mantener la estabilidad del sistema previsional en un contexto de crisis, y se dicta en ejercicio de las facultades constitucionales del Poder Ejecutivo.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este decreto básicamente dice que las reglas que estaban en vigor desde abril de 2001 para pagar en cuotas los atrasos en jubilaciones y pensiones, y que estaban en emergencia por la crisis, se extienden hasta fin de 2002. Es como si se diera más tiempo para seguir pagando en partes y mantener la ayuda social en medio de una situación difícil. Para una persona jubilada o pensionada, esto significa que las condiciones especiales para pagar atrasos y la emergencia en el sistema siguen vigentes, ayudando a evitar problemas mayores en sus beneficios durante ese período complicado.
Autor: I.A.
Voces
- prorroga
- sistema de reparto
- jubilacion
- pensiones
Descargar PDF (requiere iniciar sesión)