INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES

Tipo
Decreto
Número
181/06
Área
INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSION
Fecha de dictado
20/02/2006
Publicación en el BO
24/02/2006
Nombre
Establécese que el monto de la pensión prevista por la Ley Nº 26.008 es el equivalente al setenta por ciento de la cuantía dispuesta por el Decreto Nº 2809/93 para el "Adicional Remuneratorio por Servicios en la Antártida".

INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES Decreto 181/2006 Establécese que el monto de la pensión prevista por la Ley Nº 26.008 es el equivalente al setenta por ciento de la cuantía dispuesta por el Decreto Nº 2809/93 para el "Adicional Remuneratorio por Servicios en la Antártida".Bs. As., 20/2/2006 VISTO el Expediente Nº 7747/05 del Registro del Ministerio de Defensa, lo establecido por la Ley Nº 26.008, y CONSIDERANDO: Que por el Artículo 1º de la Ley mencionada en el VISTO se dispuso el otorgamiento de una pensión no contributiva, cuyo monto será equivalente al SETENTA POR CIENTO (70%) del "Adicional Remuneratorio por Servicios en la Antártida", establecido por el Artículo 2º inciso c) de la Ley Nº 23.547, en favor de aquellos hombres que integraron la primera expedición terrestre argentina que alcanzó el Polo Sur, el 10 de diciembre de 1965.Que el Artículo 6º de la Ley Nº 26.008, asimismo, establece que el PODER EJECUTIVO NACIONAL debe proceder a reglamentarla dentro de los NOVENTA (90) días de su promulgación.Que, en virtud de lo expuesto, corresponde determinar quienes están habilitados para solicitar el beneficio de que se trata y, también, establecer qué organismo será el competente para proceder a constatar que se verifiquen los extremos previstos por la mencionada Ley, encargarse de la liquidación y pago de la pensión del caso y dictar las normas complementarias necesarias para ello.Que, según surge del Expediente citado en el VISTO, el EJERCITO ARGENTINO, en su carácter de organizador, confirmó que la primera expedición terrestre argentina que alcanzó el Polo Sur, el 10 de diciembre de 1965, estuvo integrada por los VEINTINUEVE (29) hombres cuyos datos obran en el Anexo I del presente decreto Que, en atención a que todos los posibles beneficiarios son personal militar, resulta conveniente otorgar las competencias pertinentes al INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA.Que, asimismo, procede determinar el importe en pesos al que ascendería en la actualidad la pensión de que se trata.Que, en orden a ello, cabe tener presente las previsiones del Decreto Nº 2809 del 30 de diciembre de 1993, que con arreglo a lo normado por el Artículo 45 de la Ley Nº 23.697, fijó el valor del adicional establecido por el Artículo 2º de la Ley Nº 23.547 en la suma de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS ($ 3.300,00).Que, consecuentemente, en la actualidad, el importe de la pensión del caso resulta ser PESOS DOS MIL TRESCIENTOS DIEZ ($ 2.310,00), equivalente al SETENTA POR CIENTO (70%) del monto indicado en el considerando que antecede.Que, de conformidad con lo previsto por la Ley Nº 26.008, se deben efectuar las gestiones de orden presupuestario que permitan atender las erogaciones necesarias para efectivizar la pensión dispuesta.Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido en el Artículo 99, inciso 2 de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA y en el Artículo 6º de la Ley Nº 26.008.Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º ? Establécese que el monto de la pensión prevista por la Ley Nº 26.008 es el equivalente al SETENTA POR CIENTO (70%) de la cuantía dispuesta por el Decreto Nº 2809/93, para el "Adicional Remuneratorio por Servicios en la Antártida", establecido por el Artículo 2º inciso c) de la Ley Nº 23.547.Art. 2º ? El INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA será el organismo competente para proceder a constatar que se verifiquen los extremos previstos por la mencionada Ley, encargarse de la liquidación y pago de la pensión de que se trata y dictar las normas complementarias necesarias para ello.Art. 3º ? Entiéndanse como beneficiarios a los (29) integrantes de la primera expedición terrestre argentina que alcanzó el POLO SUR, el 10 de diciembre de 1965, cuyos datos obran en el Anexo I del presente decreto o, en su caso, a sus derechohabientes, de conformidad a lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 26.008.Art. 4º ? Instrúyese al organismo competente a proceder a la liquidación y pago de los respectivos beneficios a partir del primer día del mes en que se acrediten ante el mismo los extremos pertinentes.Art. 5º ? Instrúyese al INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES para que determine el monto de los créditos necesarios para atender el pago de las pensiones derivadas de la aplicación de la Ley N° 26.008 que se reglamenta por el presente decreto y gestione la asignación de los mismos, impulsando, por intermedio del MINISTERIO DE DEFENSA, el dictado de la medida pertinente ante el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.Art. 6º ? Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. ? KIRCHNER. ? Alberto A. Fernández. ? Nilda Garré.BENEFICIARIOS DE LA LEY 26.008.1.- D. Jorge Edgar LEAL ? L.E. Nº 1.991.106 ANEXO I INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES 2.- D. Gustavo Adolfo GIRO ? L.E. Nº 6.473.222 3.- D. Ricardo Bautista CEPPI ? L.E. Nº 4.348.159 4.- D. Julio César ORTIZ ? L.E. Nº 6.957.820 5.- D. Jorge Raúl RODRIGUEZ - L.E. Nº 4.104.488 6.- D. Carlos Guido BULACIO - D.N.I. Nº 4.163.154 7.- D. Alfredo Florencio PEREZ L.E. Nº 4.829.444 8.- D. Roberto Umberto CARRIÓN - L.E. Nº 6.789.808 9.- D. Adolfo Oscar MORENO ? L.E. Nº 6.485.115 10.- D. Domingo ZACARIAS ? C.I. Nº 9.007.211 11.- D. Oscar Ramón ALFONSO ? L.E. Nº 4.243.882 12.- D. Adolfo Eugenio GOETZ ? D.N.I. Nº 4.878.995 13.- D. Ramón VILLAR - D.N.I. Nº 5.611.180 14.- D. Marcelo Enoc ALVAREZ ? D.N.I. Nº 6.771.038 15.- D. Leonardo Isabel GUZMAN ? L.E. Nº 6.663.266 16.- D. Pedro Angel ACOSTA ? D.N.I. Nº 6.033.584 17.- D. Hugo Orlando BRITOS ? L.E. Nº 4.147.954 18.- D. Miguel Angel THOMAS ? D.N.I. Nº 4.665.898 19.- D. Pedro Segundo ZONI ? L.E. Nº 7.218.833 20.- D. Rubén Carlos FERNANDEZ ? C.I. Nº 9.001.230 21.- D. Abel FARIAS ? D.N.I. Nº 4.163.148 22.- D. Edmundo Felipe SOSA ? L.E. Nº 4.184.785 23.- D. Rubén MAKINISTIAN ? L.E. Nº 5.175.338 24.- D. Julio Germán MUÑOZ- D.N.I. Nº 5.447.476 25.- D. Walter Darío PERALTA ? L.E. Nº 4.497.750 26.- D. Tomás Ramón DIAZ ? D.N.I. Nº 7.530.108 27.- D. César Bernardino CENTURION ? L.E. Nº 4.272.653 28.- D. Basilio FARIAS - D.N.I. Nº 5.607.577 29.- D. Ricardo Alberto ZAMBRANO ? L.E. Nº 6.546.965 Grupo Aéreo 1 Antártida que alcanzó el Polo Sur, el 19 de febrero de 1961 ANEXO I (Anexo incorporado por art. 2° de la Ley N° 26.907 B.O. 9/12/2013) Teniente Eduardo Julián CANOSA Alférez Héctor Ricardo GILOBERT Alférez Julio Florentino LUJAN - (fallecido) Suboficial Principal Rodolfo Francisco PACHECO Suboficial Ayudante Juan Carlos NASONI - (fallecido) Suboficial Ayudante Pedro Modesto RÍOS - (fallecido) Suboficial Ayudante Alfredo Luis VILLALBA DNI 6.496.008 DNI 6.871.344 DNI 3.059.576 DNI 6.463.194 DNI 6.483.764 DNI 6.469.752 DNI 5.896.156 Expediciones Terrestres "Invernal Antártica entre la Base Esperanza y la Base General San Martín" y "Expedición Antártica Terrestre por la Barrera de Hielos Filchtner" ANEXO II (Anexo incorporado por art. 2° de la Ley N° 26.907 B.O. 9/12/2013) Coronel (R.) Oscar Roberto SOSA (fallecido) Teniente Edgardo René PIUZZI Principal (R) Silvano CORVALÁN (fallecido) Principal (R) Jerónimo Mauricio ANDRADA Principal (R) Héctor Pablo HELGUETA (fallecido) DNI 4.828.380 DNI 5.934.955 DNI 4.333.108 DNI 4.183.313 DNI 3.365.662 INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES DNI 6.222.971 DNI 5.615.611 DNI 4.252.960 DNI 4.377.583 Suboficial Mayor (R.) Humberto Angel CARGNELO (fallecido) Suboficial Mayor (R.) Oscar Roberto RODRÍGUEZ Suboficial Principal (R.) Ramón Tito TORRES Sargento Roberto TAMASHIRO Primera Dotación Anual (1969/1970) de la Base Marambio de la Antártida Argentina, quienes continuaron en las mismas condiciones y hábitat las tareas iniciadas por la Patrulla Soberanía, fundadora de la mencionada Base ANEXO III (Anexo incorporado por art. 2° de la Ley N° 26.907 B.O. 9/12/2013) Suboficial Mayor (fallecido) Mario Rogelio GONZÁLEZ Suboficial Mayor (R) Miguel Angel PEDROZO Suboficial Principal (R) Segundo TEJERINA Suboficial Principal (R) Jacinto Liberato PERALTA Suboficial Ayudante (Rva) Juan Pantaleón GIL Suboficial Principal EA (R) Gabriel Horacio LUQUE Sargento Primero GN (fallecido) Alejandro VILLA Suboficial Primero PNA (fallecido) Horacio Paulino QUESADA DNI 6.488.412 DNI 7.967.338 LE 5.601.321 DNI 7.740.593 DNI 7.964.595 DNI 4.366.759 LE 4.241.337 LE 4.126.203

Sumarios

Sumario generado por IA

El Decreto 181/2006 establece que la pensión no contributiva prevista por la Ley N° 26.008 equivale al 70% del 'Adicional Remuneratorio por Servicios en la Antártida' definido por el Decreto N° 2809/93, para los beneficiarios que integraron la primera expedición argentina al Polo Sur en 1965. La normativa determina la competencia del Instituto de Ayuda Financiera para el Pago de Retiros y Pensiones Militares, dependiente del Ministerio de Defensa, para verificar, liquidar y pagar la pensión, además de definir el monto actualizado en pesos. La ley también especifica quiénes son beneficiarios y establece procedimientos presupuestarios y administrativos para la implementación del beneficio, incluyendo la identificación de los beneficiarios y la gestión de recursos necesarios.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este decreto dice que los militares que participaron en la primera expedición argentina al Polo Sur en 1965 y cumplen ciertos requisitos recibirán una pensión mensual equivalente al 70% de lo que se les pagaba en concepto de un adicional por servicios en la Antártida, que en la actualidad equivale a aproximadamente 2.310 pesos. La responsabilidad de gestionar y pagar esta pensión recae en un organismo del Ministerio de Defensa, que verificará quiénes cumplen con los requisitos, calculará el monto y se encargará de entregarlo. En términos simples, si tú fuiste parte de esa expedición histórica, el Estado te reconoce con una pensión que representa el 70% de un pago adicional que recibían por estar en la Antártida, y el organismo competente se encargará de asegurarse de que recibas ese dinero en tu cuenta, una vez que se verifiquen los requisitos y se gestionen los fondos necesarios.

Autor: I.A.

Voces

  • pensiones
  • pagos
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