ASIGNACIONES FAMILIARES

Tipo
Decreto
Número
197/03
Área
MINISTERIO DE TRABAJO
Fecha de dictado
12/06/2003
Publicación en el BO
18/06/2003
Nombre
Duplícase por el término de noventa (90) días el monto de las asignaciones familiares, excepto las de pago único, que corresponde abonar a los trabajadores en relación de dependencia y a los beneficiarios de la Ley sobre Riesgos de Trabajo, del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones y del Seguro por Desempleo, con domicilio en los Departamentos de la Provincia de Santa Fe previstos en la zona de desastre declarada por el artículo 1º de la Ley Nº 25.735.

25/4/2019 ASIGNACIONES FAMILIARES www.diarioprevisional.com.ar ASIGNACIONES FAMILIARES Decreto 197/2003 Duplícase por el término de noventa (90) días el monto de las asignaciones familiares, excepto las de pago único, que usted responde a los trabajadores en La relación de dependencia y los beneficiarios de la Ley sobre Riesgos de Trabajo, Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones y Seguro por Desempleo, con domicilio en los Departamentos de la Provincia de Santa Fe, en la zona de desastre declarada por el artículo 1º de La Ley Nº 25.735.Bs. As., 6/6/2003 VISTO la Ley Nº 24.714, el Decreto Nº 278 de fecha 25 de marzo de 1999, el Decreto Nº 1103 de fecha 24 de noviembre de 2000, la Ley Nº 25.735 de declaración de zona de desastre en el lugar departamentos de la provincia de santa fe; CONSIDERANDO: ¿Qué es el artículo 19 de la Ley Nº 24.714 junto con el PODER EJECUTIVO NACIONAL en materia de asignaciones familiares, y un coeficiente de interés en el desarrollo, índices de costo de vida y situación económica social de las distintas áreas. Que la Ley Nº 25.735 ha declarado zona de desastre de los departamentos de la Provincia de Santa Fe.Que las recientes inundaciones han ocasionado graves perjuicios en las personas y en sus bienes por lo que se obtiene atinado implementar políticas tendientes a la situación de desastre aludida a través del aumento de las asignaciones familiares de pago mensual.Que la presente decisión se reconoce como antecedentes el Decreto Nº 278/99 se duplica el monto de la asignación por hijo y la asignación por hijo discapacitado que corresponde a los trabajadores en una relación de dependencia que se desempeñan en las Provincias de SANTA FE, CORRIENTES, ENTRE RIOS, MISIONES, FORMOSA y CHACO, y el Decreto Nº 1103/00 que se refiere al aumento de las asignaciones familiares de pagos a los proveedores de aquellos que se desempeñan en la localidad de Cañada de Gómez y zonas aledañas, que hubieran resultado Los efectos de la catástrofe hídrica ocurrida en esa zona. Que el presente decreto en el uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, y el artículo 19 de la ley 24.714.Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º? Duplícase por el término de NOVENTA (90) días el monto de las asignaciones familiares, excepto las de pago único, que corresponde a los trabajadores en la relación de la dependencia de los derechos del trabajo, el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones y el Seguro por Desempleo, todos ellos con domicilio en los departamentos de la Prov. de Santa Fe está previsto en la zona de desastre declarada por el artículo 1º de la Ley Nº 25.735. Art º. 2º? Delégase en la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) el dictado de las normas complementarias o aclaratorias que resultan para la implementación del presente Decreto.Art º. 3º? La medida en el artículo 1º tendrá efecto respecto a las asignaciones familiares correspondientes al mes siguiente. Art º. 4º? Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. ? KIRCHNER. ? Alberto A. Fernández. ? Carlos A. Tomada. archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Decretos / Decreto 197_2003.html www.diarioprevisional.com.ar 1/1 "

Sumarios

Sumario generado por IA

El Decreto 197/2003, en el contexto de la declaración de zona de desastre en los departamentos de Santa Fe por inundaciones, duplica por 90 días el monto de las asignaciones familiares para trabajadores en relación de dependencia, beneficiarios del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, y Seguro por Desempleo, domiciliados en dichas áreas. La medida se fundamenta en la potestad del Poder Ejecutivo conforme al artículo 19 de la Ley 24.714 y la ley 25.735, y busca mitigar los efectos socioeconómicos adversos derivados de la catástrofe, estableciendo además la delegación en la ANSES para la reglamentación complementaria. La implementación es retroactiva al mes siguiente a la publicación y tiene carácter temporal, con efectos específicos en las asignaciones de pago mensual, excluyendo las de pago único.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este decreto básicamente dice que, debido a las inundaciones en Santa Fe, el gobierno decidió aumentar temporalmente (por 90 días) el monto de las asignaciones familiares que reciben los trabajadores en esas zonas. Es como si, en una situación de emergencia, el Estado decidiera dar un extra en las ayudas familiares para ayudar a las familias afectadas a afrontar mejor la crisis. La medida busca aliviar las dificultades económicas provocadas por la catástrofe y es una acción rápida que se aplica desde el mes siguiente a su publicación. Además, deja en manos de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) la tarea de definir los detalles para poner en marcha esta ayuda adicional.

Autor: I.A.

Voces

  • asignaciones familiares
  • beneficios

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