SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Tipo
Decreto
Número
478/98
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
30/04/1998
Publicación en el BO
03/05/1998
Nombre
Normas para la Evaluación, Calificación y Cuantificación del Grado de Invalidez de los Trabajadores Afiliados al mencionado Sistema.

SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Decreto 478/98 Normas para la Evaluación, Calificación y Cuantificación del Grado de Invalidez de los Trabajadores Afiliados al SistemaBs. As., 30/4/98 VISTO la Ley N ° 24.241 y sus modificatorias, el Decreto N ° 1290 de fecha 29 de julio de 1994 y el expediente N ° 1849/97 del registro de la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES, y CONSIDERANDO: El 15 de julio de 1994 N ° 24.241, momento a partir del cual se evaluaron las solicitudes de retiro por invalidez y las notas fijadas en el nuevo ordenamiento legal que el concepto de incapacidad genérica, en el reemplazo de la incapacidad específica que preveían las Leyes Nros. 18.037 y 18.038.Que las "Normas para la evaluación, calificación y cuantificación del grado de invalidez de los trabajadores afiliados al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones" (BAREMO) que se encuentran incorporadas como Anexo I del Decreto N ° 1290/94, son aplicadas por las Comisiones Médicas dependientes de la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES, entidad autárquica en la propiedad del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, para dictaminar en los casos en los que la situación actual es importante. Las citas se han convertido en un tema de la aplicación de las opiniones, las dificultades y las sugerencias de la experiencia acumulada durante el período de la aplicación de las normas.Que el estudio de esa problemática, las conclusiones arribadas en las deliberaciones de la Comisión Honoraria convocada al efecto, y los informes, los resultados de la Gerencia de Coordinación de Comisiones Médicas de la SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES, de los que dan cuenta las actuaciones en el visto, queda acreditada en la necesidad de modificar BAREMO contenido en el Anexo I del Decreto 1290/94. Que se presente en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 2, CONSTITUCION NACIONAL y de conformidad con lo previsto por el artículo 52 de la Ley N ° 24.241 y sus modificatorias.Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 °? Sustitúyese el Anexo I del Decreto N ° 1290 de fecha 29 de julio de 1994, que contiene las "NORMAS PARA LA EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y CUANTIFICACIÓN DEL GRADO DE INVÁLIDAZ DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS AL SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES (BAREMO)", por El Anexo I que forma parte integrante del presente decreto. Art º. 2 °? La normativa en la que se publicará el artículo anterior, se publicará en el boletín oficial y se publicará la solicitud de invalidez que se presentará a partir de esa fecha. Art º. 3 °? Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. ? MENEM. ? Jorge A. Rodríguez. ? Antonio E. González.(Nota informativa: Los anexos que forman parte de la presente pueden ser consultados en el Suplemento del Boletín Oficial del 7 de mayo de 1998.) archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Decretos / Decreto 478_98. html 1/1 "

Sumarios

Sumario generado por IA

El Decreto 478/98 modifica el Anexo I del Decreto 1290/94, que establece las Normas para la Evaluación, Calificación y Cuantificación del Grado de Invalidez de los Trabajadores afiliados al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. La actualización responde a la necesidad de perfeccionar los criterios y procedimientos de evaluación de invalidez, en línea con las recomendaciones de las comisiones médicas y los informes de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones. La normativa incorpora un nuevo baremo, que regula los requisitos y la metodología para determinar la incapacidad laboral y su grado, en concordancia con la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, y se publica oficialmente para su aplicación y consulta.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este decreto básicamente actualiza las reglas que usan las comisiones médicas para determinar si un trabajador tiene una invalidez que justifique un retiro por incapacidad. Es como si actualizaran las instrucciones de un examen médico para que sea más justo y preciso. La idea es que, con estas nuevas reglas, las evaluaciones sean más claras y confiables, ayudando a los trabajadores a acceder a sus derechos previsionales en caso de incapacidad laboral. La actualización también busca que las decisiones sean más consistentes y basadas en criterios técnicos actualizados, beneficiando a quienes necesitan acreditar su invalidez para obtener una jubilación o pensión.

Autor: I.A.

Voces

  • jubilacion
  • pensiones

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