SEGURIDAD SOCIAL
- Tipo
- Decreto
- Número
- 503/96
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 09/05/1996
- Publicación en el BO
- 13/05/1999
- Nombre
- Ratifícase el Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de La Rioja al Estado Nacional.
25/4/2019 Decreto Nacional 503/96 www.diarioprevisional.com.ar SEGURIDAD SOCIAL Decreto 503/96 Ratificar el Convenio de Sistema de Previsión Social de la Provincia de La Rioja al Estado Nacional. Bs. As., 9/5/96 VISTO el Expediente Nº 001-00072664 / 96 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, y CONSIDERANDO: La Ley de la PROVINCIA DE LA RIOJA Nº 6.154 ratifica el CONVENIO DE TRANSFERENCIA DEL SISTEMA DE PREVISIÓN SOCIAL AL ESTADO NACIONAL.Que por el Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento celebrado entre el ESTADO NACIONAL y los Estados Provinciales de la fecha 12 de agosto de 1993, en su punto 6 del Capítulo Segundo de la declaración, el ESTADO NACIONAL conviene en aceptar la transferencia De las Cajas de Jubilaciones Provinciales al SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES. Que el acta 4 inciso a) del Artículo 2 de la Ley Nacional Nº 24.241 dispone que se le presta asistencia obligatoriamente comprendida en el SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES las personas físicas mayores de DIECIOCHO (18) años de edad, funcionarios, empleados y dependientes de los Gobiernos y las Municipalidades Provinciales, una condición que previamente habían sido respetadas por el gobierno, mediante convenio con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.Que corresponde a la ratificación de la CONVENIO DE TRANSFERENCIA DEL SISTEMA DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIAL DE LA RIOJA. La Oficina de Administración del Ministerio de Estado de Economía y Comercio y Servicios Públicos de la Universidad de Estado de México (Ministerio de Estado de México). . ¿Qué es lo necesario? La fecha de inicio. La fecha de inicio. La transferencia de datos.Que el presente Decreto en el uso de las atribuciones conferidas a PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º? RÉGIMEN EL CONVENIO DE TRANSFERENCIA DEL SISTEMA DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA AL ESTADO NACIONAL Celebrado entre el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA y el GOBIERNO NACIONAL Y EL SERVICIO NACIONAL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, con fecha 29 de marzo de 1996 que forma parte integrante del presente Decreto como Anexo.Art º. 2º? Fíjase el PRIMER DIA del MES DE ABRIL de 1996 como fecha a partir de la cual: a) comenzarán a devengarse las publicaciones previsionales por parte de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. A este fin la PROVINCIA DE LA RIOJA se entregará el Anexo que corresponde al padrón de beneficiarios actuales. b) Usar una obligación de retener y transferir a la NACION los aportes personales y las contribuciones patronales por parte del GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA. archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Decretos / Decreto 503_96.html www.diarioprevisional.com.ar 1/2 "25/4/2019 Art. 3º? Autorízase al Señor MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL a suscribir las actividades complementarias previstas en la CLÁUSULA VIGESIMAQUINTA del CONVENIO DE TRANSFERENCIA que por el presente se ratifica.Decreto Nacional 503/96 www.diarioprevisional.com.ar art. 4º? LA SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se encuentran facultados para dictar, cada uno en el ámbito de su función, las normas aclaratorias e interpretativas del presente decreto. Art º. 5º? Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. ? RUCKAUF. ? Jorge A. Rodríguez. ? José A. Caro Figueroa. ? Carlos V. Corach. ? Domingo F. Cavallo. NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal). archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Decretos / Decreto 503_96.html www.diarioprevisional.com.ar 2/2 "
Sumarios
Sumario generado por IA
El Decreto 503/96 ratifica el Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de La Rioja al Estado Nacional, en cumplimiento del Pacto Federal y la Ley Nacional N° 24.241. Establece la transferencia de la administración de las cajas provinciales de jubilaciones, definiendo la fecha de inicio (1 de abril de 1996), las obligaciones de retención y transferencia de aportes y contribuciones, y las facultades del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para suscribir actividades complementarias y dictar normas aclaratorias. La norma también remite a la documentación complementaria y establece los mecanismos de comunicación y publicación del acuerdo.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este decreto oficializa que la provincia de La Rioja entregó su sistema de jubilaciones y pensiones al gobierno nacional, a partir del 1 de abril de 1996. Esto significa que las personas que estaban en la provincia, como empleados y jubilados, ahora pasan a ser parte del sistema nacional de seguridad social. Además, la provincia debe seguir enviando los aportes y contribuciones que corresponden a los trabajadores y empleadores, para que estos beneficios puedan pagarse correctamente. Es como si un club local entregara su caja de ahorros a un banco más grande, asegurando que todos los fondos y beneficios se manejen de manera centralizada y uniforme, con reglas claras y supervisión del gobierno nacional.
Autor: I.A.
Voces
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