PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION
- Tipo
- Decreto
- Número
- 544/99
- Área
- PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION
- Fecha de dictado
- 24/05/1999
- Publicación en el BO
- 26/05/1999
- Nombre
- Instrúyese a su titular para llevar a cabo investigaciones administrativas tendientes al control de legalidad de las jubilaciones otorgadas y su eventual incompabilidad con el desempeño de cargos públicos o ejercicio de la actividad privada, provenientes de regímenes especiales contenidos en los Convenios de Transferencia de Cajas Previsionales Provinciales a la órbita de la Nación, así como de los regímenes especiales correspondientes al ámbito nacional.
CONVENIOS Decreto 534/99 Ratificar un Acta mediante el cual se modificará las cláusulas del Acuerdo de Sistema Provincial Provincial de San Juan al Estado Nacional, estableciendo el mismo aspecto de la interpretación del Régimen Docente y Respecto de la vigencia de las normas previsionales provinciales.Bs. As., 17/5/99 VISTO el Expediente Nº 001-00073833-047 / 98 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, y CONSIDERANDO: Que la Ley de la PROVINCIA DE SAN JUAN Nº 6861 aprueba el Acta de fecha 11 de diciembre de 1996, por la que se sustituyen las Cláusulas PRIMERA, CUARTA y OCTAVA Convenio de Transferencia del Sistema Previsional Provincial en el Estado NACIONAL, celebrado el 30 de enero de 1996, y que no está aprobado por Ley de la PROVINCIA DE SAN JUAN Nº 6696 y por el Decreto Nº 363 de fecha 3 de abril de 1996. En el informe anterior se publican los resultados anteriores.La información sobre el tema se menciona en el primer párrafo, el acorde con el procedimiento se establece en la Cláusula VIGESIMO CUARTA del Convenio de Transferencia referida. Que el presente decreto se use en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el art. 99 inc. 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º? El acta de la fecha 11 de diciembre de 1996, por la que se sustituyen las Cláusulas PRIMERA, CUARTA y OCTAVA del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional del Estado Nacional de la fecha 30 de enero de 1996, celebrada entre el Gobierno de la PROVINCIA DE SAN JUAN Y EL GOBIERNO NACIONAL A TRAVÉS DE LOS MINISTERIOS DEL INTERIOR, DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Y DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, que forma parte integrante del presente decreto. Art º. 2º? Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. MENEM. ? Jorge A. Rodríguez. ? Antonio E. González. ? Roque B. Fernández. ? Carlos V. Corach.??????? NOTA: El convenio anexo que forma parte integrante del presente decreto no se publica. El mismo puede ser consultado en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).
Sumarios
Sumario generado por IA
El Decreto 534/99 ratifica un acta del 11 de diciembre de 1996 que modifica las cláusulas primera, cuarta y octava del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional entre la Provincia de San Juan y el Estado Nacional, estableciendo la interpretación del Régimen Docente y la vigencia de las normas previsionales provinciales. La norma se fundamenta en las atribuciones del artículo 99, inciso 1, de la Constitución Nacional, y formaliza la incorporación del acta en el marco legal vigente, asegurando la continuidad y actualización del régimen previsional provincial en concordancia con el régimen nacional.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este decreto básicamente confirma que el acuerdo firmado en 1996 entre la provincia de San Juan y el gobierno nacional sobre cómo se administra la seguridad social de los docentes y otros beneficiarios sigue vigente y tiene validez legal. Es como si se aprobara oficialmente un acuerdo que ya existía, asegurando que las reglas y beneficios del sistema previsional provincial se mantengan claros y en línea con las normas nacionales. Para el afectado, esto significa que sus derechos previsionales y la interpretación de las normas que le afectan están respaldados por una decisión formal del Estado, garantizando la continuidad y coherencia en sus beneficios sociales.
Autor: I.A.
Voces
- jubilacion
- investigadores cientificos
- tesoro
Descargar PDF (requiere iniciar sesión)