MINISTERIO DE EDUCACION Y JUSTICIA
- Tipo
- Decreto
- Número
- 571/66
- Área
- MINISTERIO DE EDUCACION Y JUSTICIA
- Fecha de dictado
- 22/04/1966
- Publicación en el BO
- 26/04/1966
- Nombre
- Decláranse comprendidos en el artículo 66, párrafo 1º de la Ley Nº 18.037 (t.o. 1976) a los cargos desempeñados por docentes e investigadores dependientes de la Secretaría de Ciencias y Técnica.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y JUSTICIA Artículos incluidos en el artículo 66, párrafo 1º de la Ley Nº 18.037 (a 1976) y los cargos desempeñados por docentes e dependientes de la Secretaría de Seguridad y técnica.DECRETO Nº 571 Bs. As., 22/4/6 VISTO que la Ley Nº 18.037 en su artículo 66, párrafo primero? A 1976? La redacción de la redacción de la redacción de la redacción de la redacción de la redacción de la redacción de la redacción de las redes sociales. , departamentos, institutos y demás dependencias; y CONSIDERANDO: El segundo párrafo de la citada norma legal faculta al Poder Ejecutivo Nacional extensor de la ley a excepción de los cargos docentes o de investigación científica desempeñado en otros lugares o institutos oficiales de nivel universitario, científico o de investigación.Que en el mérito a estas normas se dictan los Decretos Nros. 558/81 y 1.231 / 84 por los principios de la Ley Nº 18.037 a los cargos desempeñados por los docentes e investigadores, los Museos Históricos Nacionales y la Escuela Nacional de Museología de la Comisión Nacional de Museos y Monumentos y Lugares Históricos (Decreto Nº 558/1981) y los cargos desempeñados por los docentes e investigadores de los Institutos Nacionales de Antropología, Nacional de Musicología, Museo "Roca"? Instituto de Investigaciones Históricas? ¿Y el Museo "Casa de Ricardo Rojas"? Instituto de Investigaciones, dependiente de la Secretaría de Cultura del Ministerio de Educación y Justicia (Decreto número 1.231 / 84).El Instituto Nacional de Investigaciones de las Ciencias Naturales, surgió en el docente personal y en los mismos que en el mismo se. Los trabajos están dentro de lo dispuesto en la norma legal consignada. Que en el sentido concordante con los resultados se han expedido la Secretaría de Ciencia y Técnica, la Secretaría de Seguridad Social y la Secretaría de la Función Pública. La presente medida es el uso de las atribuciones conferidas por el artículo 86, inciso 1º de la Constitución Nacional.Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º? Decláranse comprendidos en el artículo 66, párrafo primero, de la Ley Nº 18.037 (a 1976), los cargos desempeñados por los docentes y los miembros del Museo Argentino de Ciencias Naturales "Bernardino Rivadavia" y el Instituto Nacional de Investigaciones de las Ciencias Naturales, dependiente de La Secretaría de Ciencia y Técnica del Ministerio de Educación y Justicia. Art º. 2º? Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. ALFONSIN Carlos RS Alconada Aramburu Hugo M. Barrionuevo Manuel Sadosky
Sumarios
Sumario generado por IA
El Decreto Nº 571/86, dictado en virtud de la facultad del Poder Ejecutivo Nacional amparada por el artículo 66, párrafo primero, de la Ley Nº 18.037 (1976), establece la inclusión en dicho régimen previsional de los cargos desempeñados por docentes y miembros de instituciones científicas y museísticas dependientes de la Secretaría de Ciencia y Técnica del Ministerio de Educación y Justicia, excluyendo aquellos en cargos de investigación en instituciones universitarias o de investigación científica en otros ámbitos. La norma también hace referencia a la aplicación de los Decretos Nros. 558/81 y 1.231/84, que regulan los cargos en museos históricos y en institutos nacionales de investigación, y a la autoridad del Poder Ejecutivo para determinar dichas inclusiones, en consonancia con las atribuciones constitucionales del artículo 86, inciso 1º.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este decreto dice que ciertos docentes y empleados de museos y centros de investigación del Estado están cubiertos por la ley de seguridad social, siempre que no trabajen en cargos de investigación en universidades u otros institutos científicos. Es como si se ampliara la protección social a quienes trabajan en museos y centros de investigación oficiales, pero excluye a quienes hacen investigación en universidades. La decisión se basa en normas previas que regulan estos cargos y en la autoridad del gobierno para definir quiénes tienen derecho a beneficios previsionales, asegurando que estos empleados tengan acceso a jubilación y otros derechos sociales.
Autor: I.A.
Voces
- educación
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