MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS
- Tipo
- Decreto
- Número
- 613/00
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECUR
- Fecha de dictado
- 20/07/2000
- Publicación en el BO
- 23/07/2000
- Nombre
- Apruébase la estructura organizativa del citado Departamento de Estado.
26/4/2019 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS www.diarioprevisional.com.ar MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Decreto 613/2000 Aprendase la estructura organizativa del citado Departamento de Estado. Bs. As., 20/7/2000 VISTO la Ley de Ministerios (hasta 1992) modificada por la Ley Nº 25.233, la Ley Nº 25.237 y los Decretos Nº 993 de fecha 27 de mayo de 1991 (hasta 1995), Nº 1076 de fecha 25 de septiembre de 1996 y Nº 20 de fecha 13 de diciembre de 1999, y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 25.233 se modificó la citada Ley de Ministerios, sustituyó el número, los nombres y las competencias de los mismos. Que mediante el Decreto Nº 20/99 es el organigrama de la aplicación de la Administración Nacionalizada hasta el nivel de Subsecretarías.¿Qué es el artículo 4º de dicho decreto que las distintas jurisdicciones ministeriales y la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se refirieron a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS las estructuras organizativas de las unidades de nivel inferior a Subsecretaría hasta el primer nivel, para su evaluación por el señor jefe de gabinete de ministros y aprobación por el señor presidente de la nación. Que resulta necesario, a fin de concretar las metas políticas diagramadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y perfeccionar el uso de los recursos públicos e incrementar la calidad de la acción estatal, adaptar la estructura organizativa del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS a La realidad socio laboral actual.¿Cuál es la situación de la crisis del empleo? Las relaciones laborales deben ser adecuadas y conducidas dentro de un marco organizativo que favorezca su adaptación y modernización. Que por otra parte deben ser contemplados los requisitos de la seguridad social que se han visto ampliados en sus prestaciones y en la magnitud de los servicios que deben implementarse para satisfacer esos requisitos.Que también el grado máximo de compromiso de saneamiento y recuperación de los organismos del Estado asumido por el actual Gobierno impone el dictado de una norma que se organiza estructuralmente en un ministerio de procura de resultados que son colectivamente compartidos y socialmente valorados. Que, en este sentido, JEFE DE GABINETE DE MINISTROS ha considerado conveniente la cobertura de cargos vacantes en los términos del artículo 22 de la Ley Nº 25.237. Que el artículo 1º del Decreto Nº 1076/96 se refiere a la estructura del ex MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. Lo que se ha tomado en cuenta La intervención pública de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.El presente artículo se traduce en el uso de las facultades conferidas en los artículos 22, 1º parte, y 26 de la Ley Nº 25.237 y el artículo 99 inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º? Apruébase la estructura organizativa del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS, de conformidad con los Organigramas, Responsabilidad Primaria y Acciones, www.diarioprevisional.com.ar file: /// C: / Users / Danny / Documents / Trabajo / Decretos / Decreto 613_2000.html 1/9 "26/4/2019 Planta Permanente y Transitoria, que como Anexos I, IaIbIcId, Il, y III.a. y III.b. forman parte integrante del presente Decreto.www.diarioprevisional.com.ar MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS Art. 2º? EL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS aprueba la estructura organizativa de las aperturas inferiores a las que se aprueban en el presente. Mientras tanto, permanecen vigentes las unidades existentes con la asignación de los cargos correspondientes.Art º. 3º? Facilidad en el Ministerio de Trabajo, Trabajo y Formación de Recursos Humanos, por única vez, un Diseñador en forma transitoria, hasta el momento se sustenta en los procesos de selección personal que tendrá a su cargo las unidades organizativas que se vea, que se cambien. O Las que se encuentran vacantes, según el Decreto Nº 993/91 (hasta 1995). ¿Cuál es la excepción prevista en el artículo 22? Primera parte? de la Ley Nº 25.237. Art º. 4º? El gasto que se demostra el cumplimiento de la presente medida se puede cumplir con los créditos para el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS. Art º. 5º? Derógase el Decreto Nº 1076, de fecha 25 de septiembre de 1996.Art º. 6º? Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. ? DE LA RUA. ? Rodolfo H. Terragno. ? Alberto Flamarique. ? José L. Machinea. UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA RESPONSABILIDAD PRIMARIA Anexo II Control de mantenimiento adecuado Sistema de control interno integrado en la organización de la administración de la información, privilegiando las instrucciones dictadas de la economía, eficiencia y eficacia con el alcance previsto en el Título VI de la Ley 24.156 y Sus normas complementarias y modificatorias. 1. Elaborar el Planeamiento General de la Auditoría y obtener su aprobación. ACCIONES 2. Participar en la definición de normas y procedimientos de establecer normas y sistemas de control interno y realizar su seguimiento.3. Verificar el cumplimiento de las políticas, planos y procedimientos para el Ministerio. 4. Revisar y evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, de legalidad y financieros. 5. Determinar la confiabilidad de los datos que se utilizan en la elaboración de la información. 6. Producir informes sobre las actividades desarrolladas y, en su caso, formulario de recomendaciones y observaciones que corresponda. 7. Efectuar el seguimiento de las observaciones y recomendaciones efectuadas. 8. Actuar coordinadamente con la Sindicatura General de la Nación.DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS RESPONSABILIDAD PRIMARIA Entender en la elaboración de proyectos de normas jurídicas y asesorar a las dependencias del ministerio. Ejercer la representación del estado en juicio. Todo en las materias de su competencia. archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Decretos / Decreto 613_2000.html www.diarioprevisional.com.ar 2/9 "26/4/2019 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS www. diarioprevisional.com.ar ACCIONES 1. Supervisar el estudio, análisis y redacción de proyectos de normas jurídicas referidas al derecho del trabajo y la seguridad social.2. Asumir la representación y la defensa en el juicio de la Nación en la medida que la competencia del Ministerio, en su carácter de Delegación del Cuerpo de Abogados del Estado, proponiendo los funcionarios que actúen e impartiéndoles las instrucciones que fueren pertinentes. 3. Brindar asesoramiento sobre las normas aplicables y dictaminar en las cuestiones técnicas relacionadas con el cumplimiento de las funciones del ministerio y los organismos integrantes del mismo y asegurar la unidad de la doctrina legal vigente. 4. Dictaminar en las actividades en que se sustentan recursos administrativos contra actos emanados del ministerio, de los organismos dependientes o de los que actúan dentro de su jurisdicción.5. Intervenir en la elaboración, la celebración, la ejecución y la aplicación de convenios y acuerdos internacionales que se refieran al trabajo ya la seguridad social. 6. Intervenir en los convenios con los organismos de seguridad social de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires y en las gestiones de eventual incorporación de los mismos al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. 7. Intervenir en la elaboración de los proyectos de contratos, convenios y demás instrumentos de carácter jurídico originados en otros organismos del Ministerio. 8. Intervenir en todo el planteo que es ser sometido a la Procuración del Tesoro de la Nación, a la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas, a la Sindicatura General de la Nación, ya la Auditoría General de la Nación.9. Supervisar la gestión de las notificaciones y la gestión de la información.DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA RESPONSABILIDAD PRIMARIA Efectuar el control de las acciones que se realizan en la ciudad, optimizando la calidad de los servicios que presta el Ministerio. Entender en todos los actos vinculados con la gestión presupuestaria, económica, financiera y patrimonial, en la planificación y el diseño organizacional, en el diligenciamiento de la documentación y en la prestación de servicios de biblioteca de apoyo administrativo, de servicios generales de mantenimiento de La jurisdicción y la aplicación de las normas relativas a la seguridad dentro del ámbito del ministerio y los organismos descentralizados de la jurisdicción. Coordinar los diseños y desarrollos de los sistemas informáticos y su interrelación con los organismos rectores en la materia.ACCIONES 1. Coordinación y evaluación de la gestión operativa de las distintas unidades organizativas del Ministerio. 2. Coordinar los procesos tendientes a obtener eficiencia, eficiencia y economía en las distintas etapas de procesamiento de la información. 3. Coordinar el desarrollo, la administración y la actualización de los sistemas informáticos del Ministerio y establecer un sistema integral de información. 4. Asistir al Subsecretario en el análisis y la actualización del planeamiento estratégico de la Jurisdicción. 5. Programar, ejecutar y controlar los actos vinculados con la gestión contable, económica, económico- financiera y patrimonial de la Jurisdicción, elaborar el proyecto de presupuesto anual del Ministerio y controlar su ejecución.6. Gestionar en todo lo relacionado con los ingresos y egresos de fondos y valores, recepción, custodia y provisión de especies valorizadas y realización de compras y contrataciones. 7. Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y diseño organizacional. Elaborar y proponer las modificaciones de las estructuras organizativas. 8. Dentro de sus funciones, representación en el ministerio de organismos oficiales, privados o mixtos, en los asuntos relacionados con su misión específica y en el que se delegue al Subsecretario de Coordinación.archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Decretos / Decreto 613_2000.html www.diarioprevisional.com.ar 3/9 "26/4/2019 9. Supervisar la recepción, registro, distribución, archivo y Administración de toda la documentación que se encuentra en el Ministerio. www.diarioprevisional.com.ar MINISTERIO DE TRABAJO, EJEMPLO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS 10. Supervisar la elaboración de los decretos y las respuestas de la naturaleza no específica a la competencia de los demás . 11. Entender en el servicio de Biblioteca y fotocopiado de la Jurisdicción. 12. Entender en las Acciones de Seguridad una adoptarse en la Jurisdicción.13. Coordinar con las Fuerzas Armadas, las Fuerzas de Seguridad y las Fuerzas de Policía los apoyos necesarios y / o requisitos para el normal desarrollo de las actividades en el ámbito interno y externo del Ministerio y de sus autoridades. 14. Planificar, programar y controlar el mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles de la Jurisdicción y la prestación de los servicios generales de mayordomía y transporte de personas y bienes.DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y COMUNICACIONES RESPONSABILIDAD PRIMARIA Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal. Coordinación de la ejecución de las políticas que se establezcan en la materia de las comunicaciones, estableciendo los medios y las pautas uniformes tendientes a resaltar la imagen corporativa del Ministerio ya difundir las políticas de gobierno y los servicios prestados a la comunidad. Proponer el diseño organizacional y el rediseño de los procesos tendientes al mejoramiento de la calidad en la prestación de bienes y servicios de la Jurisdicción. ACCIONES 1. Mantener, actualizar y custodiar la base de datos de datos personales, generar las informaciones estadísticas y análisis pertinentes a los datos pertinentes a las autoridades.2. Coordinación y actualización del sistema de relevancia y evaluación de los puestos de trabajo. 3. Participar en los procesos de rediseño organizacional aplicando las herramientas para su implementación. Proponer las modificaciones de las estructuras organizativas que correspondan en su función. 4. Responder consultas, solicitudes y reclamos del personal. 5. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de búsqueda, selección e integración de personal, así como la evaluación de desempeño asistiendo a las autoridades intervinientes y comités de evaluación.6. Estudiar el desarrollo de la carrera en el ámbito personal y proponer las políticas y medidas pertinentes. 7. Coordinar y asistir técnicamente al proceso de capacitación de la planta del personal de la Jurisdicción. 8. Atender las relaciones con los representantes gremiales de la Jurisdicción e intervenir en la negociación de acuerdos o convenios con el personal. 9. Asistir técnicamente a la Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera. 10. Integrar y coordinar las acciones que se relacionan con las organizaciones orgánicas en lo concerniente a todas las actividades relacionadas con los medios masivos de comunicación.11. Coordinar las acciones que se ocupan las distintas unidades orgánicas de la ciudad en lo relativo a las publicaciones, el material de difusión y promoción y supervisar el diseño, la producción, la composición y el ejército de las piezas editoriales. 12. Supervisar la planificación de las campañas publicitarias y las actividades de promoción y difusión. 13. Supervisar el desarrollo de las investigaciones en el mercado tendientes a conocer la imagen institucional, las necesidades, los hábitos y los comportamientos de los usuarios actuales y potenciales de los servicios que brinda la competencia.14. Unificar y establecer los criterios específicos en la organización de los eventos políticos, académicos y formativos, nacionales e internacionales que se realicen dentro del ámbito del ministerio. archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Decretos / Decreto 613_2000.html www.diarioprevisional.com.ar 4/9 "26/4/2019 15. Entender en lo relativo a las relaciones públicas inserta La aplicación de las normas de ceremonias y protocolo. www.diarioprevisional.com.ar MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS DIRECCIÓN DE SUMARIOS ADMINISTRATIVOS RESPONSABILIDAD PRIMARIA Promoción y dirección de la declaración de sumarios disciplinarios en el Ministerio.ACCIONES: 1. Llevar a cabo el análisis de las relaciones que se van a dar en el lugar de la promoción de las informaciones sumarias o sumarios administrativos disciplinarios y patrimoniales y asesorar sobre su viabilidad. 2. Ejecutar la instrucción de sumarios administrativos por razones disciplinarias, comprendiendo todas las diligencias y actos contemplados en las disposiciones legales vigentes. 3. Realice la instrucción de los sumarios o informaciones sumarias, los efectos de determinar la responsabilidad patrimonial en los artículos 130 y 131 de la Ley Nº 24.156, comprendiendo todas las diligencias y actos regulados en la Ley Precitada, Decretos Reglamentarios y normas complementarias .4. Elaborar proyectos de denuncias para establecer un funcionario público. DIRECCION NACIONAL DE NEGOCIACION COLECTIVA RESPONSABILIDAD PRIMARIA Gestionar las negociaciones colectivas de trabajo e intervenir en los conflictos colectivos de trabajo en el marco de la normativa vigente. ACCIONES 1. Convocar y constituir un requerimiento de parte interesada en las Comisiones Negociadoras de los convenios colectivos de trabajo.2. Prever que la antedicha constitución de cuentos cuerpos se integra con la representación empresarial de las pequeñas empresas cuando se trata del inicio de las colectivas en las actividades, ramas, sectores o grupos de empresas en cuyo sector el empleador coexistan organizaciones tanto excluye el régimen de la Ley 24.467 Como se incluye en el mismo, o Se refieran a Categorías, Servicios o Franjas de trabajo con Implante en ambos tipos de empresas. 3. Resolver los conflictos de representación que se encuentran con el motivo de la constitución de los relatos Comisiones Negociadoras. 4. Convocar y constituir las Comisiones Parátices de Interpretación del Convenio Colectivo de Trabajo.5. Homologar, registrar y proporcionar la publicación de los convenios colectivos de trabajo celebrados en el marco de las situaciones referidas en los puntos 1 y 2, sin perjuicio de las facultades conferidas en el mismo sentido a los órganos de mayor jerarquía. 6. Fijar las respectivas escalas salariales homologadas y determinar el salario promedio de cada convención colectiva de trabajo a fin de calcular la indemnización por la antigüedad y el despido por el artículo 245 de la Ley de Control de Trabajo. 7. Prestar asesoramiento y asistencia técnico-legal a las organizaciones sindicales de trabajadores y trabajadores, así como a los medios de comunicación, legitimados para negociar colectivamente, a los efectos de promover las colectivas ágiles y eficaces en el marco de la normativa vigente.8. Gestionar los procedimientos de reestructuración productiva y preventiva de crisis de la empresa. 9. Gestionar los procedimientos conciliatorios, mediatorios o arbitrarros voluntarios que correspondan en el marco de los conflictos colectivos de los intereses de los derechos humanos y los derechos de los servicios.archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Decretos / Decreto 613_2000.html www.diarioprevisional.com.ar DIRECCION NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES 5/9 "26/4/2019 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS www.diarioprevisional.com.ar RESPONSABILIDAD PRIMARIA Entender en la aplicación de las normas de los empleados . ACCIONES 1. Mantener el registro de Las Asociaciones Sindicales de Trabajadores y las Asociaciones Profesionales de Empleadores, debiendo constar, en ambos casos, la nómina de las autoridades respectivas.2. Fiscalizar la aprobación y modificación de los estatutos, los movimientos económico-financieros, la realización de asambleas, los congresos, los actos eleccionarios y toda la cuestión relativa al cumplimiento de las disposiciones legales, las reglamentarias o las estatutarias de las Asociaciones Sindicales de Trabajadores y expedidores, cuando sea necesario. , las certificaciones pertinentes. 3. Dictar los actos relativos a los encadenamientos sindicales. 4. Asesorar en el otorgamiento, denegación y / o cancelación de las personerías o inscripciones gremiales de las Asociaciones Sindicales de Trabajadores, así como su solicitud en la sede judicial, la suspensión o la cancelación de las citadas personerías o inscripciones.5. Dictar los actos relativos a la retención de las cuotas y las declaraciones establecidas a favor de las Asociaciones Sindicales de Trabajadores, debiéndose llevar a cabo el registro de los que son homologadas.DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO RESPONSABILIDAD PRIMARIA Entender y asegurar el ejercicio de las competencias del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS en todo el país articulando con los Estados Provinciales y la Ciudad de Buenos Aires. laboral, de empleo y de seguridad social, en el marco de la legislación vigente y de los convenios. Atender y gestionar la solución de los conflictos de trabajo, homologar los acuerdos de trabajo y el sentido de la vida. trabajo domésticoACCIONES 1. Gestionar y controlar la realización de todas las acciones que el MINISTERIO DE TRABAJO, EJEMPLO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS decida en los Estados Provinciales, brindándoles el apoyo administrativo y los servicios a través de las unidades organizacionales distribuidas en el interior del país 2. Ejercer el Servicio de Relaciones Federales coordinar la intervención del MINISTERIO DE TRABAJO, EJEMPLO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS en las jurisdicciones provinciales para el tratamiento de los conflictos de las relaciones colectivas. Asesoramiento, mediación o conciliación.3. Intervenir de conformidad con la ley vigente y las directivas emanadas de la autoridad competente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS, en la subestación de los procedimientos preventivos de crisis de las empresas, en los procesos de reconversión productiva y en cualquier Otro procedimiento que se establezca como medida de defensa del empleo. 4. Gestionar las tramitaciones que las asociaciones sindicales deban realizar desde las provincias ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS. 5. Coordinar la presencia del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS en el CONSEJO FEDERAL DE ADMINISTRACIONES DEL TRABAJO.6. Coordinación de la organización, producción y mantenimiento de las estadísticas, y la recopilación de normas socio-laborales en todo el territorio nacional. 7. Coordinar el proceso de gestión administrativa y técnica que se ejerce en cada una de las áreas de servicio para el cumplimiento de las instrucciones impartidas por las Secretarías y Subsecretarías que componen el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS. 8. Gestionar la solución de los conflictos individuales y plurindividuales del trabajo que se mantiene entre los trabajadores y los trabajadores.archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Decretos / Decreto 613_2000.html www.diarioprevisional.com.ar 6/9 "26/4/2019 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACION DE RECURSOS HUMANOS 9. La correspondencia 24.635 o el servicio de la misma forma que la organización y el derecho, y que se encuentra directamente en el lugar. DE TRABAJO, EJEMPLO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS. Www.diarioprevisional.com.ar 10. Ejercer las funciones del artículo 4º de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 139 de fecha 5 de marzo de 1990.DIRECCION NACIONAL DE INSPECCION FEDERAL DEL TRABAJO RESPONSABILIDAD PRIMARIA Entendedor en la ejecución del Servicio Federal del Trabajo y la Seguridad Social y el Servicio de Relaciones Federales del Trabajo para fiscalizar el cumplimiento de las normas laborales y de la Seguridad Social. Ejercer funciones de superintendencia, supervisión y capacitación de los servicios provinciales de inspección de trabajo y de coordinación y colaboración con los mismos. ACCIONES 1. Diseñar los planos y los programas necesarios para garantizar el cumplimiento de las competencias nacionales y provinciales en materia de inspección del trabajo.2. Coordinación con las administraciones provinciales del trabajo, la realización de las acciones conjuntas vinculadas a la inspección del trabajo y la seguridad social. 3. Proponer y coordinar las acciones que en la materia de la inspección del trabajo y la seguridad social se instrumentan con el acuerdo del Consejo Federal del Trabajo. 4. Brindar el soporte técnico para la implementación y el seguimiento de las acciones en la materia de la inspección del trabajo y la seguridad social se instrumentan con el Consejo Federal del Trabajo. 5. Organizar y gestionar el régimen de controladores laborales.6. Proponer planos de fiscalización de servicios de inspección y programas de inspección de trabajo de seguridad social y desarrollar mecanismos e instrumentos de auditoría de los sistemas de inspección de trabajo. 7. Monitorear el desarrollo y la ejecución de los planos nacionales o programas específicos de inspección. 8. La evaluación de los resultados de la ejecución de los planos y los programas de inspección laboral, y el fin de producir recomendaciones tendientes a optimizar la eficiencia de los servicios y la utilización de los recursos disponibles. 9. Llevar a cabo acciones de capacitación permanente en el personal de los servicios nacionales y provinciales de trabajo y prestar asistencia técnica a los servicios de inspección provinciales que así lo requieran.10. La información suministrada por las administraciones provinciales del trabajo, se refiere a los servicios de inspección a fin de determinar su capacidad de trabajo a la organización internacional del trabajo. 11. Procesar y actualizar la información necesaria para el desarrollo de las funciones de la Autoridad Central y la Superintendencia de Inspección del Trabajo y de la Seguridad Social. 12. Elaborar y proponer acciones de difusión y asesoramiento en el cumplimiento de la normativa laboral, como medio para prevenir y erradicar el fraude laboral.DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS DE SEGURIDAD RESPONSABILIDAD SOCIAL PRIMARIA Asistir en el diseño de las políticas de seguridad social y la programación de la seguridad social, la fin de optimizar la asignación de los recursos y aportar la información prospectiva y la evaluación de decisiones por parte de las instancias superiores del sistema. ACCIONES 1. Asesorar, asistir y participar en la formulación de las políticas institucionales, jurídicas, legislativas y de gestión de la seguridad social.archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Decretos / Decreto 613_2000.html www.diarioprevisional.com.ar 7/9 "26/4/2019 2. Elaborar proyectos de creación y mejora de regímenes de prestaciones de la Seguridad Social y analizar v la factibilidad de Todos los Proyectos Referidos a la materia Que se presenten en la Jurisdicción. www.diarioprevisional.com.ar Ministerio de Trabajo, EMPLEO Y FORMACION dE RECURSOS HUMANOS 3. Implementar la Función de monitoreo Estratégico del conjunto de las variables significativas e Instituciones del Sistema de Seguridad Social. 4. Prestar Servicios Relacionados con la Competencia asignada una OTRAS áREAS de la Administración Pública y desarrollar Programas de Cooperación Internacional.5. Desarrollar estudios estratégicos, cálculos actuariales, evaluaciones prospectivas y sistemas de información orientados a la consolidación de los procesos de integración regional, principalmente del MERCOSUR. DIRECCION NACIONAL DE CAPACITACION LABORAL Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESPONSABILIDAD PRIMARIA Diseñar, desarrollar e implementar las formas de emplear la fuerza de trabajo promoviendo la Capacitación Laboral y la . Fortalecer y optimizar la oferta de Capacitación Laboral a fin de mejorar su adecuación a los nuevos requisitos tecnológicos y productivos. Coordinar con otras áreas las políticas de Formación de Recursos Humanos.ACCIONES 1. Dirigir y ejecutar programas, proyectos, medidas e incentivos relacionados con la Capacitación Laboral y la formación continua de los Recursos Humanos en el contexto del mercado laboral. 2. Dirigir estudios y realizar propuestas de programas y planos relacionados con la Capacitación Laboral y la capacitación continua de los Recursos Humanos. 3. Supervisar la coordinación de las oficinas públicas y privadas que prestan servicios de capacitación para el mercado del trabajo. 4. Realizar el control administrativo y presupuestario de los programas implementados de Capacitación Laboral. 5. Coordinar con otros Ministerios estudios, investigaciones y acciones tendientes a la instalación de un Sistema Nacional de Certificación y acreditación de competencias.DIRECCION GENERAL DE ESTUDIO Y FORMULACIÓN DE POLÍTICAS DE EMPLEO RESPONSABILIDAD PRIMARIA Ejecutar estudios e investigaciones sobre el funcionamiento del mercado del trabajo y la economía orientada a la redacción de las políticas de empleo la optimización de la oferta y la demanda de empleo. ACCIONES 1. Realizar investigaciones, estudios y proyectos tendientes a analizar la información referente al desarrollo del mercado de trabajo, la economía y la normativa laboral nacional y extranjera. 2. Proyectar políticas de empleo de mediano y largo plazo. 3. Asistir en la coordinación con otras áreas del Gobierno Nacional en los proyectos referidos a políticas laborales y sociales. 4. Coordinar acciones de revelamientos estadísticos de la Secretaría.5. Participar en las negociaciones con los organismos de crédito y de coordinación Internacional para la instrumentación de acciones de intermediación y regulación del mercado de trabajo.DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE EMPLEO RESPONSABILIDAD PRIMARIA Diseñar, desarrollar e implementar propuestas, programas y acciones que facilitan la inserción laboral y mejoran las condiciones de empleabilidad y la optimización del sistema de prestaciones para el desempleo un archivo: /// C: / Users / Danny / Documentos / Trabajo / Decretos / Decreto 613_2000.html www.diarioprevisional.com.ar 8/9 "26/4/2019 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS desocupados. Supervisar el desarrollo de los servicios Organizar y administrar el Sistema Único del Registro Laboral creado por la Ley Nº 24.013.www.diarioprevisional.com.ar 1. Dirigir, ejecutar y evaluar programas, proyectos, medidas e incentivos relacionados con la generación y conservación del empleo. ACCIONES 2. Dirigir, ejecutar y evaluar los sistemas de prestaciones por desempleo. 3. Realizar el control administrativo y presupuestario de los programas de empleo. 4. Dirigir el Sistema Único del Registro Laboral creado por la ley Nº 24.013. 5. Coordinar la red de servicios de empleo.DIRECCION NACIONAL DE COORDINACIÓN DE GERENCIAS DE EMPLEO Y CAPACITACIÓN LABORAL RESPONSABILIDAD PRIMARIA Coordinación con las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral Las acciones de supervisión de los programas de empleo y de capacitación laboral. Desarrollar acciones tendientes al fortalecimiento de las capacidades de gestión de las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral. 1. Coordinar con las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral, la supervisión de la ejecución de los programas de empleo y capacitación laboral. ACCIONES 2. Promover el diseño de estructuras de información derivadas de los resultados de las acciones de supervisión de los programas de empleo y capacitación laboral.3. Verificar el cumplimiento de las normas de funcionamiento administrativo de las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral. 4. Desarrollar acciones tendientes al fortalecimiento de las capacidades de gestión de las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral. archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Decretos / Decreto 613_2000.html www.diarioprevisional.com.ar 9/9 "
Sumarios
Sumario generado por IA
El Decreto 613/2000 aprueba la estructura organizativa del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos, en línea con la Ley de Ministerios y sus modificaciones, incluyendo la reorganización de unidades y cargos, y la derogación del Decreto 1076/96. La norma establece la distribución de responsabilidades y funciones de las distintas direcciones y unidades, como la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Control de Mantenimiento, Recursos Humanos y Comunicaciones, Sumarios Administrativos, Negociación Colectiva, Inspección Federal del Trabajo, Políticas de Seguridad, Capacitación Laboral, Estudios de Empleo, Promoción de Empleo, Coordinación de Gerencias y otras. Además, regula aspectos presupuestarios, control interno, representación legal, negociación colectiva, inspección laboral, formulación de políticas de seguridad social, capacitación y estadísticas, con el objetivo de modernizar y optimizar la gestión estatal en el contexto socio-laboral actual, incluyendo la atención a la crisis del empleo y la ampliación de prestaciones sociales.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este decreto básicamente organiza cómo funciona y quién hace qué en el Ministerio de Trabajo. Es como un mapa que muestra qué áreas existen, qué responsabilidades tienen y cómo deben trabajar juntas para mejorar la gestión del empleo, la seguridad social, la inspección laboral y la atención a la crisis del empleo. Por ejemplo, crea unidades para asesorar en leyes, controlar el cumplimiento de normas, negociar convenios colectivos, supervisar inspecciones y diseñar políticas sociales. También establece que el Ministerio debe adaptarse a los cambios sociales y económicos, usando recursos públicos de manera eficiente y moderna. Para un trabajador o un abogado, esto significa que el Estado tiene un plan organizado para cuidar los derechos laborales, promover el empleo y asegurar que las leyes se cumplan, todo en un marco de mayor eficiencia y transparencia.
Autor: I.A.
Voces
- empleo
- formacion
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