CONVENIOS

Tipo
Decreto
Número
647/09
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
27/05/2009
Publicación en el BO
30/05/2009
Nombre
Apruébase el Acta Complementaria del Convenio de Transferencia de Previsión Social de la Provincia de Jujuy al Estado Nacional.

CONVENIOS Decreto 647/2009 Apruébase el Acta Complementaria del Convenio de Transferencia de Previsión Social de la Provincia de Jujuy al Estado Nacional.Bs. As., 27/5/2009 VISTO el Expediente Nº 024-99-81099829-2-796 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las Leyes Nº 24.241 y Nº 24.463, el Decreto Nº 868 de fecha 26 de julio de 1996, y CONSIDERANDO: Que con fecha 10 de octubre de 2007, se ha suscripto el ACTA COMPLEMENTARIA DEL CONVENIO DE TRANSFERENCIA DEL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY AL ESTADO NACIONAL entre el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY y la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).Que por la citada ACTA, el Estado Nacional se compromete a abonar mensualmente a la Provincia de Jujuy, a través de ANSES, un DOS PUNTO CINCO POR CIENTO (2.5%) del total de los haberes correspondientes a los beneficiarios de las jubilaciones y pensiones del Régimen Previsional Provincial comprendidos en la cláusula segunda del Convenio de Transferencia aprobado por Decreto Nº 868/96, en concepto de contribuciones con destino al Instituto de Seguros de Jujuy.Que atento la necesidad de garantizar las prestaciones médicas mínimas de los jubilados y pensionados atendidos por la entidad social provincial, habida cuenta de la crítica situación prestacional que atraviesa dicha Institución con dificultades para cubrir las contingencias médicas del sector más vulnerable de la sociedad, resulta indispensable materializar el compromiso asumido en la acta que se propone aprobar a los fines de asistir financieramente desde el Gobierno Nacional al Instituto de Seguros de Jujuy.Que, por lo expuesto, corresponde aprobar el ACTA COMPLEMENTARIA DEL CONVENIO DE TRANSFERENCIA DEL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY AL ESTADO NACIONAL suscripta el 10 de octubre de 2007 entre el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY y la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).Que en su calidad de Organismo responsable de la transferencia instrumentada por el ACTA de marras, procede facultar a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) para la elaboración de las disposiciones aclaratorias necesarias para la instrumentación de lo acordado.Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º ? Apruébase el ACTA COMPLEMENTARIA DEL CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY AL ESTADO NACIONAL suscripta el 10 de octubre de 2007 entre el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY y la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) en representación del PODER EJECUTIVO NACIONAL, cuya copia autenticada como Anexo forma parte integrante del presente decreto.Art. 2º ? Facúltase a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) a dictar las normas aclaratorias necesarias para la efectiva instrumentación del Acta que se aprueba por el artículo 1º del presente decreto.Art. 3º ? Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. ? FERNANDEZ DE KIRCHNER. ? Sergio T. Massa. ? Carlos A. Tomada.ACTA COMPLEMENTARIA DEL CONVENIO DE TRANSFERENCIA DEL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY AL ESTADO NACIONAL En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los días 10 del mes de octubre del año 2007, se reúnen el Sr. Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social, Dn. Sergio Tomás Massa, en representación del Gobierno Nacional, en adelante ESTADO NACIONAL, y el Sr. Gobernador de la Provincia de Jujuy, Dr. Eduardo Fellner, en representación de dicha provincia, en adelante LA PROVINCIA, en el marco del CONVENIO DE TRANSFERENCIA DEL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY AL ESTADO NACIONAL suscripto 31 de mayo de 1996, aprobado mediante Ley Provincial Nº 4903 de fecha de 3 de mayo de 1996 de la Provincia de Jujuy y Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 868/96 de fecha 26 de julio de 1996, quienes convienen en celebrar el presente instrumento, en los términos de las siguientes Cláusulas: PRIMERA: El ESTADO NACIONAL, a través de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), abonará mensualmente a LA PROVINCIA un DOS PUNTO CINCO POR CIENTO (2.5%) del total de los haberes correspondientes a los beneficiarios de las jubilaciones y pensiones del Régimen Previsional Provincial comprendidos en la cláusula segunda del CONVENIO DE TRANSFERENCIA precitado, en concepto de contribuciones con destino al Instituto de Seguros de Jujuy (Obra Social Provincial).SEGUNDA: La ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) dictará las normativas, instrumentará los procesos administrativos e informáticos y transferirá a LA PROVINCIA los recursos correspondientes al porcentaje establecido en la cláusula PRIMERA.TERCERA: El ESTADO NACIONAL y LA PROVINCIA convienen en que serán de aplicación supletoria, para todas las cuestiones emanantes del presente instrumento, las pautas acordadas en el CONVENIO DE TRANSFERENCIA señalado.CUARTA: El ESTADO NACIONAL y LA PROVINCIA acuerdan que el presente instrumento tendrá vigencia desde el 1º de agosto de 2007, debiendo ser ratificado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL y las autoridades provinciales, conforme a los procedimientos correspondientes.Previa lectura y ratificación, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.

Sumarios

Sumario generado por IA

El Decreto 647/2009 aprueba el Acta Complementaria del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Jujuy al Estado Nacional, suscripta en 2007, estableciendo que el Estado Nacional abonará un 2.5% de los haberes de jubilados y pensionados provinciales en concepto de contribuciones destinadas al Instituto de Seguros de Jujuy. La norma faculta a la ANSES a dictar las disposiciones aclaratorias necesarias para la implementación efectiva del acuerdo, en el marco de la transferencia de competencias y recursos prevista en el convenio original de 1996. La medida se fundamenta en la necesidad de garantizar prestaciones médicas mínimas a los beneficiarios y fortalecer la asistencia social en la provincia, en línea con las atribuciones constitucionales del Artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este decreto oficializa un acuerdo entre la Nación y la provincia de Jujuy para que el Gobierno Nacional envíe mensualmente un porcentaje (2.5%) de los haberes de jubilados y pensionados provinciales a la provincia, en concepto de contribuciones para su obra social. Esto ayuda a que los jubilados de Jujuy tengan mejor respaldo y prestaciones médicas, especialmente en una situación difícil del sistema de salud provincial. La ANSES, que es la entidad encargada de gestionar estos fondos, tiene la autorización para crear las reglas necesarias para que todo funcione correctamente. En términos sencillos, es como si el gobierno nacional ayudara a la provincia a cuidar mejor a sus jubilados, enviando dinero cada mes para que puedan recibir atención médica y beneficios sociales adecuados, asegurando que la transferencia de recursos y responsabilidades se realice de manera clara y efectiva.

Autor: I.A.

Voces

  • previsión
  • convenios

Descargar PDF (requiere iniciar sesión)