PRESUPUESTO

Tipo
Decreto
Número
751/98
Área
INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
Fecha de dictado
23/06/1998
Publicación en el BO
25/06/1998
Nombre
Autorízase la colocación de Bonos de Consolidación Proveedores en Moneda Nacional para cumplir con lo dispuesto por el Decreto N° 35/98 y Bonos de Consolidación Previsional en Moneda Nacional para atender las obligaciones dispuestas en la Acordada N° 56 del 8.11.91 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

26/4/2019 Decreto 751/98 del 23/06/98 www.diarioprevisional.com.ar Autorízase la colocación de Bonos de Consolidación Proveedores en Moneda Nacional para cumplir con lo dispuesto por el Decreto N ° 35/98 y Bonos de Consolidación Previsional en Moneda Nacional para atender las obligaciones de la Ley N ° 56 del 8.11.91 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.PRESUPUESTO Decreto 751/98 Bs. As., 23/6/98 BO: 26/06/98 CONSIDERANDO: VISTO el Expediente N ° 080-002294 / 97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y EL PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el año 1998 Por la Ley N ° 24.938, distribuida por la Decisión Administrativa N ° 6 de fecha 6 de enero de 1998, y Que por el Decreto N ° 35 del 8 de enero de 1998 se dispuso que los créditos abiertos a las Provincias, conforme al Decreto N ° 1023 del 7 de julio de 1995, devengarán los intereses desde el 1 de abril de 1991 hasta el 24 de abril de 1995 inclusive, los que serán cancelados por la SECRETARIA DE HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, mediante la entrega de Bonos de Consolidación Proveedores en Moneda Nacional,Que por la Acordada N ° 56 del 8 de noviembre de 1991 de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION se trata del reconocimiento de las deudas originadas en las diferencias salariales del personal de PODER JUDICIAL DE LA NACION extensivas al personal en pasividad. Que la Ley N ° 24.938, por la que se aprueba el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el ejercicio fiscal de 1998, en su artículo 8 ° ha previsto el concepto y el monto total de los Bonos de Consolidación al colocar en el referido Fiscal, conforme Lo detallado en la Planilla N ° 9 anexa al mismo, sin embargo, se ha contemplado la entrega de Bonos a las Provincias, ya se han establecido en la Acordada N ° 56 del 8 de noviembre de 1991.Que el artículo referido, asignaciones específicas de Bonos a colocarse por los conceptos dispuestos por los Leyes Nros. 24.043, 24.070, 24.073, 24.130, y 24.411 y un monto global para la ley N ° 23.982, en función de las proyecciones de las obligaciones pendientes en el momento de la configuración del proyecto de Presupuesto. ¿Qué es lo que en el momento anterior? ¿Qué es lo anterior?Que resulta necesario el dictado de esta norma excepcional, que autoriza la colocación de Bonos de Consolidación Proveedores en Moneda Nacional para cumplir con lo que quiere en el Decreto N ° 35 del 8 de enero de 1998 y Bonos de Consolidación Previsional en Moneda Nacional para atender las obligaciones Dispuestas en la Acordada N ° 56 del 8 de noviembre de 1991 de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. Que resulta necesario autorizar a ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL a instrumentar el pago en Bonos de Consolidación Previsional en Moneda Nacional como parte de la Acorde N ° 56 de 8 de noviembre de 1991 de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION.QUE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS ha tomado en cuenta la intervención que le competirá. Que la presente medida se dicte en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL.Por ello, file: /// C: / Users / Danny / Documents / Trabajo / Decretos / Decreto 751_98.html www.diarioprevisional.com.ar 1/2 "EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS www.diarioprevisional .com.ar Decreto 751/98 del 23/06/98 26/4/2019 DECRETA: Artículo 1 ° -Autorízase, adicionalmente a lo dispuesto en el artículo 8 °, Planilla Anexa N ° 9 de la Ley N ° 24.938 de PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el ejercicio 1998, la entrega de Bonos de Consolidación Proveedores en Moneda Nacional para cancelar las obligaciones por el Decreto N ° 35 del 8 de enero de 1998, por hasta un VALOR NOMINAL DE PESOS DOSCIENTOS MILLONES (VN $ 200.000 .000),y la entrega de Bonos de Consolidación Previsional en Moneda Nacional para cancelar las obligaciones establecidas para la Acordada N ° 56 del 8 de noviembre de 1991 de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, por hasta un VALOR NOMINAL DE PESOS TREINTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL (VN $ 32.800.000).Art º. 2 ° -Como parte de lo dispuesto por el artículo 1 ° del presente Decreto, modificase el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el ejercicio de 1998, de acuerdo al detalle en las planillas y en el presente artículo que forma parte integrante del mismo. Art º. 3 ° -Déjase El sistema de gestión de pagos en Bonos de Consolidación Previsional en Moneda Nacional dispuesta como parte de la Acordada N ° 56 del 8 de noviembre de l991, se realizará a través de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Por medio de las prácticas de pago en Bonos de Consolidación Previsional. Art º. 4 ° -Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.Art º. 5 ° -Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. -MENEM. -Jorge A. Rodríguez. -Roque B. Fernández. -Antonio E. González. -Raúl E. Granillo Ocampo. -Jorge Domínguez. -Guido Di Tella. -Alberto J. Mazza. -Carlos V. Corach. -Susana B. Decibe. NOTA: Este Decreto se publica en las planillas anexas al artículo 2 °. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767 Capital Federal). archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Decretos / Decreto 751_98.html www.diarioprevisional.com.ar 2/2 "

Sumarios

Explicación asistida por IA

Este decreto básicamente dice que el gobierno puede emitir bonos en pesos para pagar ciertas deudas que tiene con provincias y con la justicia, relacionadas con diferencias salariales y otros compromisos. Es como si el Estado usara estos bonos, en lugar de dinero en efectivo, para saldar esas deudas. Además, se ajusta el presupuesto para incluir estos pagos y se indica quién será responsable de gestionar estos bonos. La idea es que, en vez de pagar en efectivo, el gobierno utilice estos bonos como una forma de cumplir con sus obligaciones, facilitando así la gestión financiera y la continuidad de los pagos pendientes.

Autor: I.A.

Sumario generado por IA

El Decreto 751/98 autoriza la emisión de Bonos de Consolidación en Moneda Nacional destinados a cancelar obligaciones financieras del Estado relacionadas con intereses devengados desde 1991, específicamente para cubrir deudas con provincias y el Poder Judicial, en cumplimiento de la Ley N° 24.938 y la Acordada N° 56 de la Corte Suprema. La norma detalla los límites presupuestarios, las modalidades de pago y la modificación del presupuesto nacional para 1998, estableciendo además la gestión de estos bonos a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, en el marco de las facultades constitucionales del Poder Ejecutivo.

Autor: Inteligencia Artificial

Voces

  • bonos
  • presupuesto

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