ASIGNACIONES FAMILIARES
- Tipo
- Decreto
- Número
- 853/96
- Área
- ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
- Fecha de dictado
- 25/07/1996
- Publicación en el BO
- 29/07/1996
- Nombre
- Establécense montos diferenciados en relación con la Ayuda Educativa que perciben los trabajadores y beneficiarios del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, comprendidos en el régimen instituido por el Decreto N° 770/96, que tengan hijos que concurran regularmente a establecimientos de enseñanza primaria.
26/4/2019 Decreto 853/96 del 25/07/96 www.diarioprevisional.com.ar ASIGNACIONES FAMILIARES Decreto 853/96 Establecimiento de montos diferenciados en la relación con la Ayuda educativa que ha sido percibida por los trabajadores y los beneficiarios del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones , comprendidos en el régimen instituido por el Decreto N ° 770/96, que tengan hijos que concurran regularmente a los de enseñanza primaria.Bs. As., 25/7/96 VISTO el Decreto N ° 770 de fecha 15 de julio de 1996, que establece un nuevo régimen legal de Asignaciones Familiares, y CONSIDERANDO: Que mientras los Programas de Empleo y Capacitación Laboral revisten un carácter general, y están sujetos a su forma de financiamiento a los excedentes resultantes de la redistribución dispuesta por la norma que se reglamenta, la Ayuda Educativa a los hijos de los trabajadores a los menores , y de percepción directa. ¿Cuál es el fin de cumplir más eficazmente con la ayuda de los trabajadores de menores recursos?Lo que se refiere a la norma que se redacta, a la vez, a la redistribución de los ingresos a favor de los sectores de los menores recursos, y la concreción, al mismo tiempo, de una política demográfica y educativa adecuada. Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 99, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL.Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 ° -Los trabajadores y los beneficiarios del SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES (SIJP), comprendidos en el régimen de asignaciones familiares instituido por el Decreto N ° 770/96. hijos que concurran en un entorno de enseñanza primaria, percibirán un hijo una ayuda especial ese monto será PESOS CIENTO SESENTA ($ 160) para quienes reciben una remuneración mensual que no exceda de PESOS QUINIENTOS ($ 500), y PESOS CIENTO TREINTA ($ 130) para quienes percibieron una remuneración mayor a PESOS QUINIENTOS ($ 500) y hasta PESOS MIL ($ 1000).Art.2 ° -La ayuda a lo que se refiere al artículo anterior se hace efectiva al mes de marzo de cada año, y al mismo tiempo, el ciclo lectivo, y se responde a uno solo de los cónyuges. a más de un empleo. Art º. 3 ° -Comuníquese. publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese.-MENEM.- Jorge A. Rodríguez.- José A. Caro Figueroa.-Susana B. Decibe.- Domingo F. Cavallo. archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Decretos / Decreto 853_96.html www.diarioprevisional.com.ar 1/1 "
Sumarios
Sumario generado por IA
El Decreto 853/96 establece montos diferenciados en las asignaciones familiares por ayuda educativa para hijos en edad de enseñanza primaria, dirigidas a trabajadores y beneficiarios del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) bajo el régimen del Decreto 770/96. La normativa define cuantías específicas según niveles de remuneración y regula la periodicidad y condiciones de percepción, promoviendo una redistribución de recursos para sectores de menores recursos y apoyando políticas demográficas y educativas. La ayuda se otorga anualmente en marzo, respondiendo a un solo cónyuge y en un solo empleo.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este decreto dice que los trabajadores y beneficiarios de un sistema de jubilaciones que tengan hijos en edad escolar primaria recibirán una ayuda económica adicional. La cantidad varía según cuánto gane la familia: si el ingreso mensual es hasta 500 pesos, reciben 160 pesos; si gana más de 500 y hasta 1000 pesos, reciben 130 pesos. La ayuda se paga en marzo de cada año y solo se otorga a uno de los cónyuges, en un solo trabajo, para facilitar la distribución y apoyar a las familias con menores recursos en su educación y bienestar.
Autor: I.A.
Voces
- reduccion
- asignaciones familiares
- beneficios
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