SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Tipo
Decreto
Número
895/01
Área
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fecha de dictado
11/07/2001
Publicación en el BO
13/07/2001
Nombre
Establécese que el pago de las prestaciones que se encuentran a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social, se harán efectivas únicamente mediante depósito en Cajas de Ahorro Previsional abiertas a nombre de sus respectivos beneficiarios.

(Nota Infoleg: Norma abrogada por art. 9 ° del Decreto N ° 1220/2004 BO 16/9/2004 y demás dictada en su apropiada). SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Decreto 895/2001 Establece que el pago de las prestaciones se encuentre en la carga de la Administración Nacional de la Seguridad Social.Bs. As., 11/7/2001 VISTO la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que en el marco del SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES creado por la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias, EL ESTADO NACIONAL Las prestaciones allí establecidas. Que el Régimen Previsional Público registra un promedio de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL (3.500.000) beneficiarios y prestaciones por más de PESOS DIECISIETE MIL MILLONES ($ 17.000.000.000) anuales. La administración social de la seguridad social, a través de los distintos métodos o instrumentos.¿Cuál es la forma de instrumentar el pago genera numerosos inconvenientes para los usuarios y trae aparejado para la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL para las operaciones operativas y el control de los pagos, así como un significativo costo adicional para las comisiones que el presupuesto para la atención de la atención seguridad social y no se han reflejado en los beneficios para los destinatarios directos de dicho presupuesto. La situación de emergencia de la economía del estado nacional exige la adopción de las medidas de la economía de la administración de la administración y, en general, el gasto público, la conciliación de la preservación, en el caso, de la integridad de los derechos de los beneficiarios del sistema previsional.¿Cuáles son las circunstancias previas exigen la adopción de un método para el pago? . Que atentos al desarrollo de nuevos instrumentos bancarios como el sistema de pago de trabajadores activos, el conjunto de entidades bancarias cuenta con experiencia de pago a través de sistemas automáticos masivos de acreditación de fondos en cuentas bancarias individuales.La implementación de los pagos de los beneficios previsionales a través del sistema bancario implicaría transformar su condición actual de intermediario en el procedimiento, convirtiéndolo en verdadero gestor activo de nuevos derechos para los beneficiarios previsionales, ya que posibilitará situar a los beneficiarios en las condiciones en condiciones de acceder al Sistema financiero y crediticio formal.¿Qué es la banca? ¿Por qué? ¿Por qué? ¿Por qué? ¿Por qué? Una relación única de pago La posibilidad de retirar los fondos a través de la red bancaria y de cajeros automáticos.Que la canalización por el sistema bancario el pago por las prestaciones se incluye en un proceso de modernización los servicios que se brindan a los ciudadanos, representando una reducción de los costos de las actividades bancarias para la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y se inscribe en la La obligación de promover el desarrollo de la capacidad de los organismos públicos para cumplir con los requisitos de eficiencia, economía y eficacia en la prestación de los servicios a su carga. El servicio jurídico del Ministerio de Economía, Educación y Formación de Recursos Humanos ha tomado la decisión de competir. Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99, inciso 1, de la Constitución Nacional. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º? Las prestaciones previsionales se encuentran en un cargo de LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL se trata de hacer efectivas a través de su depósito en las Cajas de Ahorro Previsional se abre el nombre de sus clientes, se le asigna, se le asigna el nombre de BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Publicado en el presente decreto.Art º. 2º? La Administración Nacional de la Seguridad Social ejecutará las previsiones de este decreto en forma gradual y en un plazo máximo de TRES (3) meses contados desde la vigencia del presente. EL BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA establecerá las condiciones de funcionamiento de las cuentas respectivas. Art º. 3º? La operación de este decreto se implementa no se genera un costo para la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ni para sus beneficiarios. Art º. 4º? Facúltasa a la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EJEMPLO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS y dictar las normas complementarias del presente decreto.Art º. 5º? Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. ? DE LA RUA. ? Chrystian G. Colombo. ? Domingo F. Cavallo. ? Patricia Bullrich. (Nota informativa: Por el art. 1 ° del Decreto N ° 906/2003 BO 14/10/2003 se prorroga la suspensión de la aplicación del presente Decreto, a partir del 20 de junio de 2003 y por el término de CIENTO VEINTE (120 ) días, contados desde la fecha del dictado del Decreto de referencia. (Nota Infoleg: Por art. 1 ° del Decreto N ° 1067/2002 BO 21/6/2002 se suspende por el plazo de un (1) año la aplicación El presente decreto y otras normas dictadas en su producción, efectos de su revisión y reordenamiento operativo).

Sumarios

Sumario generado por IA

El Decreto 895/2001 establece la implementación de un sistema de pago de prestaciones previsionales mediante depósito en cuentas bancarias gestionadas por el Banco Central de la República Argentina, con el objetivo de modernizar la administración de pagos, reducir costos y facilitar el acceso de los beneficiarios al sistema financiero. La normativa contempla la gradualidad de la implementación en un plazo máximo de tres meses, sin costos adicionales para la Administración Nacional de la Seguridad Social ni para los beneficiarios, y faculta a la Secretaría de Seguridad Social a dictar normas complementarias. La medida responde a la necesidad de optimizar recursos, mejorar la eficiencia en la prestación de servicios y promover la inclusión financiera de los beneficiarios del sistema previsional público.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este decreto básicamente dice que los pagos de las jubilaciones y pensiones se harán a través de cuentas bancarias en lugar de otros métodos tradicionales. La idea es que, en lugar de pagar en efectivo o por otros medios, el dinero se deposite directamente en una cuenta bancaria del beneficiario, lo que facilita que puedan retirar el dinero en cajeros automáticos o por medio de la red bancaria. Esto ayuda a que el proceso sea más moderno, más barato y más seguro, además de que los beneficiarios pueden acceder fácilmente a sus fondos y a otros servicios financieros. La implementación será en unos tres meses y no generará costos adicionales para el Estado ni para los beneficiarios, y la Secretaría de Seguridad Social podrá dictar normas para completar el proceso.

Autor: I.A.

Voces

  • jubilacion
  • pensiones
  • beneficios
  • prestaciones

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