ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Tipo
Decreto
Número
1244/98
Área
INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
Fecha de dictado
22/10/1998
Publicación en el BO
26/10/1998
Nombre
Establécese un beneficio mensual para el personal que acredite la condición de ex combatiente en las acciones bélicas desarrolladas en el teatro de operaciones del Atlántico Sur.

29/4/2019 Decreto 1244/98 del 22/10/98 www.diarioprevisional.com.ar ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL Decreto 1244/98 Establece un beneficio mensual para el personal que acredita la condición de ex combatiente en las acciones bélicas desarrolladas en el Teatro de operaciones del Atlántico Sur. Bs. As., 22/10/98 VISTO la Ley N ° 23.109 y su Decreto Reglamentario N ° 509 del 26 de abril de 1988, y CONSIDERANDO: Que en el marco de la ley de referencia se otorgará beneficios a los ex combatientes que participen en las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982.Que la Federación de Veteranos de Guerra de la República Argentina solicite el otorgamiento de un beneficio mensual a los ex combatientes incorporados a la Administración Pública Nacional, en las medidas implementadas en el sentido provincial y municipal. Que es la voluntad del Gobierno Nacional, por razones de justicia y reconocimiento, disposición de conformidad. Que la presente medida sea en uso de las atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo Nacional para el artículo 99, incisos 1 y 2 de la Constitución Nacional.Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 ° - Establecimiento de un complemento mensual equivalente a OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) de la asignación del mismo nivel del Agrupamiento General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, o de su equivalente equivalente del futuro ordenamiento normal y normativo que reemplace, para el personal de la Administración Pública Nacional que acredite la condición de excombatiente en las acciones bélicas desarrolladas en el teatro de operaciones del Atlántico Sur, entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982.(Artículo publicado por el art. 1 ° del Decreto N ° 819/2011 BO 23/6/2011) Art. 2 ° -El complemento del artículo anterior, no se convertirá en la base de cálculo para ningún otro Adicional, Suplemento o Bonificación ni Estará usted se convertirá en previsionales y asistenciales, resultando compatible con la percepción de cualquier otro beneficio que perciba el agente con prescindencia De la denominación o concepto atribuidos. Art º. 3 ° -Facúltase a la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS una dictar, dentro de sus respectivas Que fueren menester para la aplicación del presente Decreto.Art º. 4 ° -El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputará a las partes específicas del Presupuesto de cada Estado o Jurisdicción. Las respectivas jurisdicciones o entidades tienen las mismas características que las normas legales y reglamentarias que regulan la materia. Art º. 5 ° -Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. -MENEM. -Jorge A. Rodríguez. -Roque B. Fernández. archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Decretos / Decreto 1244_98.html www.diarioprevisional.com.ar 1/1 "

Sumarios

Sumario generado por IA

El Decreto 1244/98 establece un beneficio mensual complementario del 85% de la asignación del nivel correspondiente del Convenio Colectivo de Trabajo del Sector Público para ex combatientes de las acciones bélicas en el Atlántico Sur entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982. Este beneficio no será base de cálculo para otros adicionales ni previsionales, siendo compatible con otros beneficios percibidos. La normativa faculta a las secretarías correspondientes a dictar las medidas necesarias para su implementación y establece que el gasto será imputado a partidas específicas del presupuesto público.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este decreto reconoce a los ex combatientes de la Guerra de Malvinas otorgándoles un complemento mensual en su sueldo, equivalente al 85% de la asignación básica del nivel correspondiente en el sector público. Es como si se les diera un bono adicional para agradecerles su servicio. Este beneficio no afecta otros pagos o beneficios que ya reciban, y las secretarías de gobierno tienen la facultad de implementar las medidas necesarias para que se aplique. Además, el costo de este beneficio será cubierto con fondos del presupuesto público, asegurando que el Estado asuma esa inversión en reconocimiento a su servicio.

Autor: I.A.

Voces

  • beneficios
  • acciones belicas

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