SALUD PUBLICA
- Tipo
- Decreto
- Número
- 1271/98
- Área
- SALUD PUBLICA
- Fecha de dictado
- 23/10/1998
- Publicación en el BO
- 02/11/1998
- Nombre
- Reglamentación de la Ley 23.753, que contiene previsiones sobre aspectos relevantes de la prevención de la diabetes y de distintos problemas derivados de la atención de pacientes diabéticos.
29/4/2019 Decreto 1271/98 del 23/10/98 www.diarioprevisional.com.ar SALUD PUBLICA Decreto 1271/98 Reglamentación de la Ley 23.753, que contiene previsiones sobre los aspectos relevantes de la prevención de la diabetes y de los problemas Derivados de la atención de pacientes diabéticos. Bs. As., 23/10/98 BO: 2/11/98 VISTO el Expediente N ° 2002-4252 / 96-0 del registro del MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL, y CONSIDERANDO: Que por el mismo tramita la reglamentación de la Ley 23.753, que contiene previsiones sobre aspectos relacionados con la prevención de la diabetes y los problemas relacionados con la atención de los pacientes diabéticos. Que resulta necesario dictar la correspondiente reglamentación a efectos de posibilitar su aplicación en el más breve plazo posible.Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS DEL MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL ha tomado nota de la intervención de su competencia. Que se haga en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 2) de la CONSTITUCION NACIONAL. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 ° - EL MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL, POR EL INTERMEDIO DE LA SECRETARIA DE PROGRAMAS DE SALUD Y LAS ÁREAS TÉCNICAS DE SU SERVICIO QUE CORRESPONDEN, ACTUARÁ Ley 23.753 y del presente Decreto reglamentario. Art º. 2 ° -El MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL promover, por la vía que corresponda, la adhesión de las provincias y, eventualmente, otras jurisdicciones, el régimen de la ciudadanía, la Ley y la presente Reglamentación.Art º. 3 ° -La autoridad de aplicación dispondrá a través de las distintas jurisdicciones las medidas se ajustará a los requisitos indispensables para un tratamiento adecuado, según lo establecido en El Programa Nacional de Diabetes y las normas técnicas aprobadas por la autoridad competente en el orden nacional.Art º. 4 ° -El aprovisionamiento de los medicamentos y los demás elementos de los mismos. área estatal en las distintas jurisdicciones.Art º. 5 ° -El MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL instará a las distintas jurisdicciones para lograr la cobertura del CIEN POR CIENTO (100%) de la demanda en el caso de la insulina y los elementos necesarios para su aplicación y una cobertura progresivamente creciente- nunca inferior a SETENTA POR CIENTO (70%) - para los demás elementos establecidos en el mencionado Programa y las normas técnicas correspondientes. Art º. 6 ° - EL MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL instará a las jurisdicciones que prevén situaciones de emergencia que afecten a la cadena de producción, distribución o dispensación de insulina, establezcan las medidas de excepción que estimen para el servicio en el artículo 3 ° de la presente reglamentación.archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Decretos / Decreto 1271_98.html www.diarioprevisional.com.ar 1/2 "29/4/2019 Decreto 1271/98 del 23/10/98 Art. 7 ° -Son competentes, para el cumplimiento de lo establecido en el artículo 3 ° de la Ley 23.753, las comisiones médicas creadas por la Ley 24.241 modificadas por la Ley 24.557. Se incorporan las comisiones médicas en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL para intervenir en cualquier controversia de los previstos en el artículo 4 ° de la Ley 23.753. www.diarioprevisional.com.ar Art. 8 ° -Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archivese. -MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Alberto J. Mazza.-Antonio E. González. Archivo: /// C: / Usuarios / Danny / Documentos / Trabajo / Decretos / Decreto 1271_98.html www.diarioprevisional.com.ar 2/2 "
Sumarios
Sumario generado por IA
El Decreto 1271/98 reglamenta la Ley 23.753, estableciendo las directrices para la prevención y atención de la diabetes, incluyendo la cobertura de medicamentos esenciales como la insulina. Determina la responsabilidad del Ministerio de Salud y Acción Social en la coordinación, provisión y regulación de recursos, promoviendo la adhesión provincial y la implementación de medidas de emergencia en la cadena de suministro. Además, designa a las comisiones médicas, creadas por la Ley 24.241 y modificadas por la Ley 24.557, como órganos competentes para resolver controversias relacionadas con la cobertura y atención de pacientes diabéticos, en línea con las normativas nacionales y técnicas aprobadas.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este decreto básicamente dice que el gobierno, a través del Ministerio de Salud, tiene la responsabilidad de asegurarse de que las personas con diabetes tengan acceso a los medicamentos necesarios, como la insulina, y que todos los niveles del gobierno trabajen juntos para cumplir con esto. También establece que si hay problemas o disputas sobre quién debe proveer o pagar estos medicamentos, las comisiones médicas, que ya existen por otras leyes, serán las encargadas de resolver esas controversias. En resumen, busca garantizar que los diabéticos reciban la atención y medicamentos adecuados, y que haya mecanismos claros para solucionar problemas si surgen.
Autor: I.A.
Voces
- previsión
- salud
- prevención
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