ASIGNACIONES FAMILIARES
- Tipo
- Decreto
- Número
- 1282/13
- Área
- ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
- Fecha de dictado
- 29/08/2013
- Publicación en el BO
- 02/09/2013
- Nombre
- Decreto Nº 614/2013. Modificación.
https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/dWpIOUJuTWY4Vjg9 ASIGNACIONES FAMILIARES Decreto 1282/2013 Decreto Nº 614/2013. Modificación.Bs. As., 29/8/2013 VISTO la Ley Nº 24.714 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 1.667 y 1.668, ambos de fecha 12 de setiembre de 2012 y 614 de fecha 30 de mayo de 2013, y CONSIDERANDO: Que a través de la Ley Nº 24.714 y sus modificatorias se instituyó con alcance nacional y obligatorio un Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada y pública nacional, los titulares del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), de pensiones no contributivas por invalidez, de la Ley de Riesgos del Trabajo y de la Prestación por Desempleo.Que el Decreto Nº 614 del 30 de mayo de 2013 estableció los rangos, topes y montos de las asignaciones familiares para los titulares de derecho incluidos, entre otros, en los incisos a) y b) del artículo 1° de la Ley Nº 24.714 y sus modificatorias.Que el ESTADO NACIONAL debe impulsar políticas públicas que acompañen el crecimiento económico y de esa manera favorecer a todos los sectores de la sociedad.Que es política permanente del PODER EJECUTIVO NACIONAL instrumentar medidas dirigidas a fortalecer el poder adquisitivo de los trabajadores y de sus familias.Que el Sistema de Seguridad Social es una herramienta indispensable para la redistribución de los recursos dando cobertura a las contingencias sociales relacionadas a las cargas de familia como es el caso de las prestaciones por asignaciones familiares previstas en la Ley Nº 24.714 y sus modificatorias.Que dicho incremento resulta conveniente a fin de adecuarlo a las mejoras salariales evidenciadas en el mercado laboral evitando la pérdida de las prestaciones por el incremento de los salarios.Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado por el artículo 19 de la Ley Nº 24.714 y sus modificatorias para determinar la cuantía, rangos y topes de las asignaciones familiares.Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente.Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 19 de la Ley Nº Página 1 https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/dWpIOUJuTWY4Vjg9 24.714 y sus modificatorias.Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Modifícase el artículo 1° del Decreto Nº 614/13, el cual queda redactado del siguiente modo: "El límite de ingresos mínimo y máximo aplicable a los titulares de los incisos a) y b) del artículo 1° de la Ley Nº 24.714 y sus modificatorias, correspondientes al grupo familiar referido en el artículo 1° del Decreto Nº 1.667/12, será de PESOS DOSCIENTOS ($ 200.-) y PESOS TREINTA MIL ($ 30.000.-) respectivamente." Art. 2° — Modifícase el artículo 2° del Decreto Nº 614/13, el cual queda redactado del siguiente modo: "La percepción de un ingreso superior a PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-) por parte de uno de los integrantes del grupo familiar excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aún cuando la suma de sus ingresos no supere el tope máximo establecido en el artículo 1° del presente." Art. 3° — Sustitúyese el tope de PESOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS ($ 16.800) en los Anexos I, II y III del artículo 4° del Decreto Nº 614/13 por PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) de conformidad con lo previsto en el artículo 1° del presente.Art. 4° — Las modificaciones establecidas en materia de asignaciones familiares serán de aplicación para las asignaciones familiares de los titulares de los incisos a) y b) del artículo 1° de la Ley Nº 24.714 y sus modificatorias, que se perciban a partir de septiembre de 2013.Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Carlos A. Tomada.Fecha de publicacion: 04/09/2013 Página 2
Sumarios
Sumario generado por IA
El Decreto 1282/2013, en concordancia con la Ley 24.714 y sus modificatorias, regula los límites de ingresos para la percepción de asignaciones familiares en Argentina, estableciendo topes mínimos y máximos y condicionando el derecho a dichas asignaciones en función del ingreso per cápita del grupo familiar. La normativa busca fortalecer el poder adquisitivo de los trabajadores mediante la modificación de los rangos de ingresos y la exclusión del beneficio ante ingresos superiores a ciertos umbrales, en el marco de la política pública de redistribución social y protección social del Estado. La autoridad competente, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, ajusta los límites y condiciones para la percepción de las asignaciones familiares, garantizando la implementación de políticas de protección social y fortalecimiento del sistema de seguridad social.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Este decreto básicamente dice que para recibir las asignaciones familiares (que son ayudas económicas para las familias de los trabajadores), el ingreso del grupo familiar no debe ser demasiado alto. Es como si pusieran un límite de dinero que una familia puede ganar para seguir siendo elegible para estas ayudas. Además, si alguna persona en la familia gana más de 15.000 pesos, toda la familia pierde ese beneficio. La idea es que estas ayudas lleguen a quienes realmente las necesitan, y el gobierno ajusta estos límites para asegurarse de que las políticas sociales funcionen bien y ayuden a los sectores más vulnerables. En términos simples, si tu ingreso familiar es menor a cierto monto, puedes recibir ayuda, pero si supera ese monto, ya no calificas para la asistencia.
Autor: I.A.
Voces
- asignaciones familiares
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