ASIGNACIONES FAMILIARES

Tipo
Decreto
Número
1482/11
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
23/09/2011
Publicación en el BO
27/09/2011
Nombre
Establécense los rangos, topes y montos de las Asignaciones Familiares, contempladas en la Ley Nº 24.714.

https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/anF1WmVuTkJCU1E9 ASIGNACIONES FAMILIARES Decreto 1482/2011 Establécense los rangos, topes y montos de las Asignaciones Familiares, contempladas en la Ley Nº 24.714.Bs. As., 23/9/2011 VISTO el expediente Nº 024-99-81334421-8-796 del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley Nº 24.714 y sus modificatorias, y los Decretos Nros. 1245 de fecha 1º de noviembre de 1996, 795 de fecha 14 de agosto de 1997, 368 de fecha 31 de marzo de 2004, 1691 de fecha 30 de noviembre de 2004, 1134 de fecha 19 de septiembre de 2005, 33 de fecha 23 de enero de 2007, 1345 de fecha 4 de octubre de 2007, 1591 de fecha 2 de octubre de 2008, 1602 de fecha 29 de octubre de 2009, 1729 de fecha 12 de noviembre de 2009, 1388 de fecha 29 de septiembre de 2010 y 446 de fecha 18 de abril de 2011, y CONSIDERANDO: Que razones de justicia social ponen en la órbita del ESTADO NACIONAL la responsabilidad en la redistribución de la riqueza debiendo impulsar medidas que estén orientadas a proteger los intereses de la sociedad.Que es el ESTADO NACIONAL quien debe implementar políticas públicas destinadas a lograr equidad y solidaridad social que acompañen el crecimiento de la economía nacional y de esa manera favorecer a todos los sectores.Que el Sistema de Seguridad Social es una herramienta indispensable para la redistribución de los recursos dando cobertura a las contingencias sociales relacionadas a las cargas de familia, protegiendo de esa manera a los más necesitados.Que el Régimen de Asignaciones Familiares instituido por la Ley Nº 24.714 posibilita brindar la cobertura necesaria a aquellos beneficiarios con mayores cargas de familia, tendiendo al desarrollo de una política demográfica y educacional adecuada.Que a raíz de las distintas políticas adoptadas por el ESTADO NACIONAL ha mejorado progresivamente la situación económica en términos generales y como consecuencia de ello resulta posible y necesario incrementar los valores de las Asignaciones Universales por Hijo, Hijo con Discapacidad y Embarazo para Protección Social, las Asignaciones Familiares por Hijo, Hijo con Discapacidad y Prenatal y elevar los rangos y topes de remuneración establecidos en el citado régimen.Que por el artículo 19 de la Ley Nº 24.714 se faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a determinar la cuantía de las Asignaciones Familiares en ella establecidas, de acuerdo al desarrollo de la actividad Página 1 https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/anF1WmVuTkJCU1E9 económica, índice de costo de vida o de variación salarial y situación económica social de las distintas zonas, como así también incrementar los rangos y topes de las asignaciones familiares.Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL han tomado la intervención que les compete.Queda la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 19 de la Ley Nº 24.714.Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1º — Los rangos, topes y montos de las Asignaciones Familiares, contempladas en la Ley Nº 24.714 serán los que surgen de los Anexos I, II y III del presente Decreto.Art. 2º — Los montos de la Asignación Universal por Hijo, Hijo con Discapacidad y Embarazo para Protección Social contempladas en la Ley Nº 24.714 serán los que surgen del Anexo IV del presente Decreto.Art. 3º — El presente Decreto será de aplicación para las Asignaciones Familiares y Universales para Protección Social que se perciban a partir del mes de octubre de 2011.Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Carlos A. Tomada.ANEXO I Montos de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia y beneficiarios de la Ley de Riesgos del Trabajo ASIGNACIONES VALOR GRAL.ZONA 1 ZONA 2 ZONA 3 ZONA 4 FAMILIARES MATERNIDAD Sin tope de Remuneración Remuneración Bruta Página 2 https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/anF1WmVuTkJCU1E9 NACIMIENTO Remuneración entre $ 100,00. y $ 5.200,00 ADOPCION Remuneración entre $ 100,00. y $ 5.200,00 MATRIMONIO Remuneración entre $ 100,00. y $ 5.200,00 PRENATAL Remuneración entre $ 100,00. y $ 2.800,00 Remuneración entre $ 2.800,01. y $ 4.000,00 Remuneración entre $ 4.000,01. y $ 5.200,00 HIJO Remuneración entre $ 100,00. y $ 2.800,00 $ 600 $ 600 $ 600 $ 600 $ 600 $ 3.600 $ 3.600 $ 3.600 $ 3.600 $ 3.600 $ 900 $ 900 $ 900 $ 900 $ 900 $ 270 $ 270 $ 582 $ 540 $ 582 $ 204 $ 270 $ 406 $ 540 $ 540 $ 136 $ 270 $ 406 $ 540 $ 540 $ 270 $ 270 $ 582 $ 540 $ 582 Página 3 https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/anF1WmVuTkJCU1E9 $ 204 $ 270 $ 406 $ 540 $ 540 $ 136 $ 270 $ 406 $ 540 $ 540 $ 1.080 $ 1.080 $ 1.620 $ 2.160 $ 2.160 $ 810 $ 1.080 $ 1.620 $ 2.160 $ 2.160 $ 540 $ 1.080 $ 1.620 $ 2.160 $ 2.160 $ 170 $ 340 $ 510 $ 680 $ 680 Remuneración entre $ 2.800,01. y $ 4.000,00 Remuneración entre $ 4.000,01. y $ 5.200,00 HIJO CON DISCAPACIDAD Remuneración hasta $ 2.800,00 Remuneración entre $ 2.800,01. y $ 4.000,00 Remuneración superior a $ 4.000,00 AYUDA ESCOLAR ANUAL Remuneración entre $ 100,00. y $ 5.200,00 AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO CON DISCAPACIDAD Sin tope de Remuneración $ 170 $ 340 $ 510 $ 680 $ 680.Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Página 4 https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/anF1WmVuTkJCU1E9 Zona 4. Zona 1: Provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Venegas); Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano) en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su ejido urbano) en Salta.Zona 2: Provincia del Chubut.Zona 3: Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera) en Catamarca; Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi en Jujuy; Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su ejido urbano) en Salta.Zona 4: Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.Anexo II Montos de Asignaciones Familiares para beneficiarios de la Prestación por Desempleo ASIGNACIONES FAMILIARES VALOR GRAL.Prestación entre $ 100,00 y $ 5.200,00 $ 600 Prestación entre $ 100,00 y $ 5.200,00 $ 3.600 Prestación entre $ 100,00 y $ 5.200,00 $ 900 NACIMIENTO ADOPCION MATRIMONIO PRENATAL Prestación entre $ 100,00 y $ 2.800,00 $ 270 Prestación entre $ 2.800,01 y $ 4.000,00 $ 204 Página 5 https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/anF1WmVuTkJCU1E9 Prestación entre $ 4.000,01 y $ 5.200,00 $ 136 HIJO Prestación entre $ 100,00 y $ 2.800,00 $ 270 Prestación entre $ 2.800,01 y $ 4.000,00 $ 204 Prestación entre $ 4.000,01 y $ 5.200,00 $ 136 HIJO CON DISCAPACIDAD Prestación hasta $ 2.800,00 $ 1.080 Prestación entre $ 2.800,01 y $ 4.000,00 $ 810 Prestación superior a $ 4.000,00 $ 540 AYUDA ESCOLAR ANUAL Prestación entre $ 100 y $ 5.200,00 $ 170 AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO CON DISCAPACIDAD Sin tope de Prestación $ 170 ANEXO III Montos de Asignaciones Familiares para beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino ASIGNACIONES FAMILIARES VALOR GRAL.ZONA 1 CONYUGE Página 6 Haber hasta $ 5.200,00.$ 41 $ 82 https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/anF1WmVuTkJCU1E9 HIJO Haber hasta $ 2.800,00.$ 270 Haber entre $ 2.800,01 y $ 4.000,00 Haber entre $ 4.000,01 y $ 5.200,00 $ 204 $ 136 HIJO CON DISCAPACIDAD Haber hasta $ 2.800,00.$ 1.080 Haber entre $ 2.800,01 y $ 4.000,00 $ 810 Haber superior a $ 4.000,00 $ 540 AYUDA ESCOLAR ANUAL AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO CON DISCAPACIDAD $ 270 $ 270 $ 270 $ 1.080 $ 1.080 $ 1.080 Haber hasta $ 5.200,00.$ 170 $ 340 Sin tope de haber $ 170 $ 340 VETERANOS DE GUERRA DEL ATLANTICO SUR: Los Beneficiarios de esta Pensión Honorífica además de las asignaciones familiares antes detalladas, tienen derecho a las siguientes: ASIGNACIONES FAMILIARES VALOR GRAL.ZONA 1 Página 7 https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/anF1WmVuTkJCU1E9 NACIMIENTO MATRIMONIO ADOPCION PRENATAL Haber hasta $ 5.200,00 $ 600 $ 600 Haber hasta $ 5.200,00 $ 900 $ 900 Haber hasta $ 5.200,00 $ 3.600 $ 3.600 Haber hasta $ 2.800,00.$ 270 Haber entre $ 2.800,01 y $ 4.000,00 Haber entre $ 4.000,01 y $ 5.200,00 $ 204 $ 136 $ 270 $ 270 $ 270 Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, Pcia. de Buenos Aires.ANEXO IV Montos para beneficiarios de Asignaciones Universales para Protección Social ASIGNACIONES PARA PROTECCION SOCIAL VALOR GRAL.HIJO HIJO CON DISCAPACIDAD $ 270 $ 1.080 Página 8 https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/anF1WmVuTkJCU1E9 EMBARAZO $ 270 Fecha de publicacion: 27/09/2011 Página 9

Sumarios

Sumario generado por IA

El Decreto 1482/2011 regula la determinación de los rangos, topes y montos de las Asignaciones Familiares establecidas en la Ley N° 24.714, ajustándolos según variables económicas como el índice de costo de vida, la tasa salarial y la situación zonal. La normativa establece la publicación de estos valores en anexos específicos, diferenciando entre beneficiarios en relación de dependencia, beneficiarios de prestaciones por desempleo y el Sistema Previsional Argentino, además de definir los montos para asignaciones de protección social. La medida se fundamenta en la potestad del Poder Ejecutivo de ajustar periódicamente los montos de las asignaciones en función del desarrollo económico y social, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, particularmente del artículo 19 de la Ley N° 24.714.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este decreto básicamente dice que el gobierno ajusta cada año cuánto dinero reciben las familias en concepto de asignaciones familiares, como las que se dan por hijos, embarazo, adopción o discapacidad. Estos montos varían según la zona del país, la situación económica y el tipo de beneficiario. Por ejemplo, si tienes un hijo y trabajas en una zona con costos de vida más altos, la ayuda será mayor. También establece cuánto recibe una familia si está en situación de desempleo o si recibe una pensión por veteranos de guerra. En práctica, esto significa que cada año el gobierno revisa y actualiza estos valores para que las familias tengan un apoyo acorde a la realidad económica del país, asegurando que la ayuda sea justa y proporcional a las condiciones sociales y económicas.

Autor: I.A.

Voces

  • asignaciones familiares

Descargar PDF (requiere iniciar sesión)