Procedimiento para la gestión de la Jubilación Automática para Trabajadores en Relación de Dependencia
- Tipo
- Circular
- Número
- 176/09
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 25/09/2009
- Publicación en el BO
- 25/09/2009
- Nombre
- Procedimiento para la gestión de la Jubilación Automática para Trabajadores en Relación de Dependencia
ANSES 176"2009 - Año de Homenaje a Raúl Scalabrini Ortiz"Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad SocialANEXO IPROCEDIMIENTO PARA LA GESTION DE LA JUBILACIÓN AUTOMÁTICA PARA TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA.OBJETIVOImplementar un procedimiento automatizado para el otorgamiento de la jubilación, a través de la página web Institucional de esta Administración Nacional de la Seguridad Social.ALCANCEAbarca el universo de todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos:• Cumplir la edad jubilatoria (65 años los hombres y 60 años las mujeres) a partir del segundo semestre de 2009.• Contar como mínimo con 30 años de servicios en relación de dependencia.• Residir en el país al momento de solicitar la jubilación.Con excepción de aquellas personas que:• Hayan iniciado el trámite jubilatorio.• Se encuentren Jubiladas.• Registren al menos un período como aportante autónomo o monotributista.• Registren períodos aportados como Becario o Pasante.• Se encuentren incluidas dentro de los denominados Regímenes Especiales regulados por las Leyes Nº 22.731 y Nº 24.018, y los Decretos Nº 137/05 y 160/05.• Registren períodos con condiciones de servicios diferenciados.CIRCUITO1. El solicitante ingresa al portal institucional de ANSES, www.anses.gob.ar, en la solapa de Autopista de Servicios – opción "MI HISTORIA LABORAL".2. Ingresa con su CUIL y su Clave de la Seguridad Social a consultar su Historia Laboral. En caso de corresponder, el sistema le permitirá ingresar los períodos faltantes.3. El solicitante podrá realizar la Probatoria de Servicios e imprimir el resultado de la misma.4. Cumpliendo con los 30 años de servicios en relación de dependencia y con la edad jubilatoria, podrá solicitar la jubilación ingresando en el portal, dentro de la solapa de Autopista de Servicios - opción "ME QUIERO JUBILAR".5. El sistema:- Verifica si existe alguna solicitud anterior.- Verifica el tipo de actividad, la modalidad de contratación, la condición de los servicios y el tiempo trabajado.- Pone en conocimiento del solicitante que el domicilio que declaró debe ser el de residencia, el cual será utilizado para determinar el Banco donde percibirá sus haberes y el envío de notificaciones.- Muestra los datos personales y los servicios considerados para el otorgamiento de la jubilación con la información obtenida de HLAB, ADP y de esta opción web, y detalla las referencias para los cálculos a realizar según los parámetros establecidos.- Emite una constancia del inicio del trámite, determina el derecho y efectúa la liquidación del beneficio o rechaza la solicitud, indicando los pasos a seguir.6. A la semana del inicio del trámite podrá consultar en la web, en la Autopista de Servicios – Consultas, opción "Seguimiento de Expedientes", el estado del trámite.7. La aprobación de la solicitud queda sujeta a los controles internos que realiza esta Administración Nacional.8. Se notificará fehacientemente al domicilio declarado del solicitante y a su dirección de correo electrónico, si el beneficio ha sido acordado o rechazado. La notificación de acuerdo de beneficio se realizará mediante el formulario adjunto como Anexo II.ES COPIACINTHIA BRANCHICOORDINACIÓN PROTOCOLIZACIÓN---
Voces
- seguridad social
- norma
- derecho
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- afiliación
- cotización
- beneficios
- requisitos
- regulación
- protección social
- normativa
- obligaciones
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