CIRCULAR DAFyD Nº 33/13
- Tipo
- Circular
- Número
- 3313/13
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 16/05/2013
- Publicación en el BO
- 20/05/2013
- Nombre
- ASIGNACIONES FAMILIARES POR HIJO CON DISCAPACIDAD INCORPORACIÓN DE LA FIGURA DEL REPRESENTANTE PARA LA PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO PS.2.71 “DDJJ PARA LA TRAMITACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN PARA EL COBRO DE LA ASIGNACIÓN POR HIJO CON DISCAPACIDAD”
"2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 16 de mayo de 2013 CIRCULAR DAFyD Nº 33/13 ASIGNACIONES FAMILIARES POR HIJO CON DISCAPACIDAD INCORPORACIÓN DE LA FIGURA DEL REPRESENTANTE PARA LA PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO PS.2.71 "DDJJ PARA LA TRAMITACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN PARA EL COBRO DE LA ASIGNACIÓN POR HIJO CON DISCAPACIDAD" Por medio de la presente se informa a todas las dependencias, que se realizó la incorporación al Formulario PS.2.71 "DDJJ para la tramitación de la Autorización para el cobro de la Asignación por Hijo con Discapacidad" del campo REPRESENTANTE.la documentación De esta manera se habilita correspondiente a la tramitación de la Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad, pueda realizarla cualquier persona, mayor de 18 años, designada por el Titular.De igual forma se recuerda que dicho formulario deberá ser SIEMPRE cumplimentado y firmado por el titular.la opción para que www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La circular del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Nº 33/13 modifica el formulario PS.2.71, incorporando la figura del representante autorizado por el titular para gestionar la asignación familiar por hijo con discapacidad. La normativa permite que cualquier persona mayor de 18 años, designada por el beneficiario, pueda presentar la documentación en su nombre, siempre que el formulario sea firmado por el titular. Esta medida busca facilitar el trámite y acceso a la asignación, garantizando la participación del beneficiario en la gestión de su derecho, mediante la delegación de autoridad en un representante autorizado.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
La norma básicamente dice que ahora, para solicitar la asignación familiar por hijo con discapacidad, el beneficiario puede designar a otra persona mayor de 18 años para que gestione el trámite en su nombre. Antes, solo el propio beneficiario podía hacerlo, pero con esta modificación, si el beneficiario no puede o prefiere que otra persona lo haga por él, puede nombrarla en el formulario. Sin embargo, el formulario siempre debe estar firmado por el beneficiario, asegurando que la gestión sigue siendo autorizada por él. Es como si el beneficiario diera un poder a alguien para que gestione su trámite, facilitando así el acceso a este beneficio social sin que tenga que hacerlo personalmente en todos los casos.
Autor: I.A.
Voces
- asignaciones familiares
- seguridad social
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