CIRCULAR DPAyT Nº 23/13
- Tipo
- Circular
- Número
- 23/13
- Organismo
- ANSeS
- Área
- MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Fecha de dictado
- 06/06/2012
- Publicación en el BO
- 10/12/2012
- Nombre
- CIRCUITO DE REMISIÓN DE EXPEDIENTES DE CUMPLIMIENTO A LA DIRECCIÓN GENERAL ANÁLISIS Y LIQUIDACIÓN DE SENTENCIAS JUDICIALES CON EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS DIGITALIZADOS
www.diarioprevisional.com.ar "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Buenos Aires, 06 de junio de 2013 CIRCULAR DPAyT Nº 23/13 CIRCUITO DE REMISIÓN DE EXPEDIENTES DE CUMPLIMIENTO A LA DIRECCIÓN GENERAL ANÁLISIS Y LIQUIDACIÓN DE SENTENCIAS JUDICIALES CON EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS DIGITALIZADOS REEMPLAZA A LA CIRCULAR DPAyT N° 04/13 La Dirección Procesos Administrativos y Técnicos informa el procedimiento a seguir para aquellos Expedientes de Cumplimiento de Sentencias indicados en CIRCULAR DPAyT Nº 24/12 ó aquella que en el futuro la reemplace, que deban ser remitidos a la Mesa de Entrada de la Dirección General Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales (DGAyLSJ) para ser trabajados. IMPORTANTE: Este procedimiento se aplicará a Juicios que se encuentren radicados en Juzgados de Capital Federal. El procedimiento que se deberá seguir es el siguiente: 1. La Dirección de Asuntos Contenciosos (DAC) verificará en ANME si el Expte. Administrativo está digitalizado, según se detalla en la Circular DPAyT Nº 02/13 ó aquella que en el futuro la reemplace. 1.1. Si el mismo se encuentra digitalizado, adjunta constancia de ANME y remite a DGAyLSJ, de acuerdo a la normativa vigente, indicando dicha novedad en el check list que conforma el profesional, sin necesidad de remitir físicamente el/los expedientes en cuestión.1.2. En caso de que no se encuentre digitalizado, la DAC verifica en ANME la radicación del Expte. y: 1.2.1. Si se encuentra en la DAC, y: 1.2.1.1. Si la fecha de notificación de sentencia firme para cumplimiento es anterior al 30/11/2012 inclusive, se remitirá el Expte. de Cumplimiento junto con el Administrativo en formato papel a la Mesa de Entradas de DGAyLSJ.1.2.1.2. Si la fecha de notificación de sentencia firme para cumplimiento es posterior al 30/11/2012, remitirá el Expte Administrativo al Archivo (oficina 14063020 Gestión Archivo) a fin de que lo digitalice y firme digitalmente. Una vez digitalizado, el Archivo deberá avisar por mail a la DAC, ésta continuará el procedimiento según punto 1.1 de la presente.Digitalización 1.2.2. Si se encuentra en el Archivo, la DAC remitirá mail a la casilla Solicitud de (ExpedientesdigitalizadosArchivoGeneral- Solicitud@anses.gob.ar), a fin de que el Archivo lo digitalice y firme digitalmente. Una vez digitalizado, el Archivo deberá avisar por mail a la DAC, ésta continuará el procedimiento según punto 1.1 de la presente.www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar "2013 ? Año del Bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813" Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social 1.2.3. Si se encuentra en una oficina distinta de las mencionadas anteriormente, la DAC solicitará al responsable del Área por correo electrónico, la remisión del mismo al Archivo en un plazo no mayor a 48hs (a la oficina 14063020 Gestión Archivo). El Archivo procederá a digitalizar y firmar digitalmente dicho Expte. Una vez digitalizado, el Archivo deberá avisar por mail a la DAC, ésta continuará el procedimiento según punto 1.1 de la presente.Nota: Para los casos en que se deban enviar expedientes en papel a la oficina14063020 Gestión Archivo para ser digitalizados, se solicita incluir en el lote una Nota indicando que se envían los mismos de acuerdo a lo vertido en la presente circular (DPAyT Nº 23/13) Se debe mandar a cumplir el expediente 024-20-99999999-1- Aclaración importante: En caso que el Expte. Administrativo tenga relacionados otros expedientes y/o actuaciones y cumpla con las condiciones para ser remitidos digitalmente, la totalidad de los expedientes deberán estar digitalizados.Casos hipotéticos: Caso 1 Jubilación: 150-001 sobre el beneficio 15-0-11111111-0. El expediente por el cual se solicitó la jubilación que otorgó el beneficio 15-0- 11111111-0 es 024-20-99999999-1-004-001. El expediente de reclamo administrativo es 024-20-99999999-1-357-001. Por lo tanto, a continuación de las fojas del expediente 024-20-99999999-1-150-001, se deberán adjuntar las constancias de digitalización de los expedientes 024-20- 99999999-1-357-001 y 024-20-99999999-1-004-001.Caso 2 Pensión: 001 sobre el beneficio 15-5-22222222-0. El expediente por el cual se solicitó la pensión que otorgó el beneficio 15-5- 22222222-0 es 024-27-11111111-9-007-001. El expediente de jubilación del cual deriva la pensión es 024-20-88888888-4-004- 001, beneficio 01-0-12345678-0. El expediente de reclamo administrativo es 024-27-11111111-9-146-001. Por lo tanto, a continuación de las fojas del expediente 024-27-11111111-9-150-001, se deberán adjuntar las constancias de digitalización de los expedientes 024-27- 11111111-9-146-001; 024-27-11111111-9-007-001y 024-20-88888888-4-004-001.Se debe mandar a cumplir el expediente 024-27-11111111-9-150- www.diarioprevisional.com.ar "
Sumarios
Sumario generado por IA
La circular establece el procedimiento para remitir expedientes de cumplimiento de sentencias judiciales a la Dirección General de Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales (DGAyLSJ), en el contexto de juicios radicados en Juzgados de Capital Federal. Se detalla la verificación de digitalización en ANME, diferenciando entre expedientes digitalizados y no digitalizados, y las acciones correspondientes según la fecha de notificación de la sentencia (antes o después del 30/11/2012). Además, regula la digitalización y firma digital de expedientes en diferentes oficinas, incluyendo la remisión por correo electrónico y la inclusión de notas en los lotes de envío. La normativa también especifica que, en caso de expedientes relacionados, todos deben estar digitalizados para su remisión conjunta, y proporciona ejemplos prácticos de remisión en casos de jubilaciones y pensiones, destacando la importancia de la digitalización completa para facilitar la gestión administrativa y judicial.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta circular es como un manual de instrucciones para que los empleados de la seguridad social sepan cómo enviar los expedientes de los casos judiciales a la oficina encargada de analizarlos y liquidarlos. Primero, verifican si el expediente ya está digitalizado en el sistema. Si lo está, solo avisan y lo envían electrónicamente. Si no, deben digitalizarlo, ya sea en la oficina de archivos o enviándolo por correo para que lo digitalicen. Además, si el expediente está relacionado con otros, todos deben estar en formato digital para enviarlos juntos. Esto es como cuando tienes que enviar varios documentos por internet en lugar de en papel, para que todo sea más rápido y seguro. La norma busca que todo el proceso sea más eficiente y que no se pierdan documentos, facilitando así la gestión de los casos judiciales relacionados con beneficios previsionales como jubilaciones y pensiones.
Autor: I.A.
Voces
- liquidacion
- beneficios
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